El director general de Comercio de la Junta de Andalucía, Raúl Perales, presentó en la Delegación de Economía de la Junta en Sevilla las nuevas ayudas para pymes comerciales de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio que se van a publicar en estos días.

Estas ayudas, que pueden alcanzar los 21.000 euros, tienen como objetivos modernizar las empresas mediante su digitalización y la incorporación de las TIC y apoyar sus proyectos de expansión y crecimiento, para mejorar su competitividad.

Se trata de acciones para impulsar el comercio interior en las que obra gran importancia el asociacionismo comercial para fortalecer este sector.

Estos incentivos para pymes comerciales constan de dos líneas:

  • TIPO A:  Proyectos de incorporación o actualización de tecnologías de la información y comunicación, con un importe máximo de 6.000 Euros:

Estos incentivos se podrán solicitar para mejoras como la implantación de ‘software’ destinado a contabilidad, facturación, almacén o automatización de ventas; la adquisición e implantación de equipamientos informáticos y ‘hardware’ como ordenadores o terminales de punto de venta, y el desarrollo de actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en Internet o a través de las nuevas tecnologías….

También se incluyen proyectos relacionados con el diseño e implantación de tiendas ‘online’, páginas web con información corporativa y catálogos de productos y aplicaciones para móviles

    • Comercio electrónico
      • Comunicación, publicidad o marketing digital con uso de TICs
      • Página web o app
      • Tienda online
    • TICs en la gestión
      • Implantación de software
      • TPV
      • Hardware de sobremesa, siempre vinculado a otra de las actuaciones
    • Gastos de consultoría:
  • implantación de la Ley Orgánica de Protección de Datos
  • Migración de datos.
  • No subvencionables los gastos de dominio o alojamiento de la web.

Para el acceso a estas ayudas se exige que la empresa ejerza actividad comercial en Andalucía con un establecimiento permanente de al menos seis meses de antigüedad.

  • TIPO B: Proyectos de actualización, diversificación o expansión de la actividad comercial, con un importe máximo de 15.000 Euros:

Respaldan iniciativas como la ampliación y reforma del establecimiento; la apertura de segundos puntos de venta con mantenimiento de los preexistentes; la adquisición de equipamiento y mobiliario comercial del establecimiento; y las actuaciones de innovación y modernización de imagen corporativa, interiorismo y escaparatismo.

    • Ampliación y reforma del establecimiento existente o la apertura de un segundo punto de venta
    • Abrir una nueva línea comercial
    • Adquisición de mobiliario para el establecimiento existente o la apertura de un segundo.
    • Innovación y modernización de la imagen corporativa, interiorismo y escaparatismo No es válida una mera modernización sino una actualización.
    • Por ejemplo, estarán cubiertos gastos como mano de obra, equipamiento o materiales pero no las reparaciones o los honorarios del arquitecto.

En este caso, se exige que la empresa ejerza actividad comercial en Andalucía, con un establecimiento permanente de al menos tres años ininterrumpidos de antigüedad.

Ambas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y pueden llegar a cubrir hasta el 75 por ciento de las inversiones.

Requisitos:

  • Es requisito imprescindible estar inscrito en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía, antes de que se abra el plazo de solicitud de la subvención. Por ello, el comerciante que no lo esté puede hacerlo incluso hasta el día antes a la convocatoria de las ayudas,

El siguiente enlace accede a dicho registro:

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaycomercio/areas/comercio/interior/paginas/acceso-registro-comerciantes-y-actividades-comerciales.html

  • También es requisito imprescindible pertenecer al CNAE 09 Grupo 47, Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas, farmacias y estancos. Las ópticas pueden solicitarlas si sólo venden material de óptica, y no prótesis.
  • Presentación telemática con firma digital en la página web de la Consejería de Comercio. Toda la documentación a aportar se hará en la plataforma de la Consejería de Comercio.
  • La Consejería colgará en la web una Guía de solicitud explicando el procedimiento una vez que se abra el plazo de solicitud.
  • Es necesario adjuntar a la solicitud un presupuesto proforma de las acciones que se quieren subvencionar, teniendo en cuenta que el IVA recuperable no será subvencionado. No hay, por tanto, que aportar documentación, ello se hará en la justificación.
  • También es imprescindible presentar los Anexos VI y VII, que no son subsanables.
  • Criterios de valoración:
  • Inscripción en Asociación de Comerciantes (20 puntos)
  • Creación de empleo: se entiende también como tal el mantenimiento de empleo (renovación de puestos de trabajo en los 12 meses). Se acredita mediante certificado de la Seguridad Social.
  • Creación de empleo femenino o de menores de 35 años
  • Implantación de planes de empleo según la Ley de Igualdad
  • Implantación de criterios de discapacidad
  • Implantación de criterios medioambientales.
  • En el anexo de solicitud habrá que describir los criterios de valoración, posteriormente no se podrán modificar y es necesario tener un certificado que los acredite.
  • En el supuesto de solicitar ambos tipos de proyectos, se presentará una única solicitud. Cada empresa podrá ser beneficiaria de un proyecto de cada línea.
  • Plazo de 30 días para la presentación de la correspondiente solicitud.
  • En el supuesto de que la pyme comercial tenga dos o más establecimientos es importante que todos estén inscritos en el Registro de Comercio con el domicilio social de cada uno. Se podrá presentar el proyecto tipo A para un establecimiento y el Tipo B para el otro.
  • Necesario aportar fotos del estado del establecimiento antes y después de la actualización del local.
  • Serán acciones subvencionables aquellas realizadas desde el día posterior a la entrega de la solicitud, hasta 6 meses después de la fecha de la resolución definitiva.
  • El pago del montante concedido se realizará posteriormente a la justificación. No hay pago anticipado, sino una vez realizadas las acciones y pagadas por parte de la pyme comercial.
  • Los criterios para la asignación de presupuesto se realizarán por provincias según el censo del Registro de comerciantes.
  • Las notificaciones no se realizarán de manera individualizada, sino a través de la página web dela Junta de Andalucía.
  • Necesaria la aceptación expresa de la subvención en un plazo de 10 días desde la publicación de la concesión.

Bases ayudas modernización pymes comerciales

Aprocom

Departamento de Proyectos.