La Junta de Andalucía, en relación a las ayudas a la solvencia empresarial, ha ampliado el plazo para que las empresas y autónomos puedan justificar hasta el 31 de mayo el pago de las deudas acogidas a estos incentivos.
Esta justificación se realiza a través del Sistema de Justificación de Ayudas SJA con certificado digital https://ws142.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/sja-interesados-ac/autenticacion
El Consejo de Gobierno aprobó el 15 marzo un decreto ley que incluye la modificación de otros anteriores, entre los que se encuentra el que fijaba las bases reguladoras de las ayudas a la solvencia empresarial, con el objetivo de permitir a las empresas y autónomos poder justificar hasta el 31 de mayo el pago de las deudas acogidas a estos incentivos, y no se vean perjudicadas por la dificultad que conlleva la tramitación de la normativa, fijada por el Estado.
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, encargada de gestionar estos incentivos, cerró la convocatoria de estas ayudas financiadas con fondos estatales con un total de 52.870 resoluciones favorables que, posteriormente, debían justificar las pérdidas o rendimientos negativos y los costes fijos incurridos.
Pese a que se ha intentado automatizar al máximo la gestión de la tramitación de estas subvenciones, de gran complejidad en cuanto a requisitos, con la puesta en marcha de un nuevo sistema de justificación de ayudas corporativo y el uso de nuevo software de procesamiento inteligente de documentos, el alto volumen de documentación (más de 1,3 millones) hace aconsejable fijar hasta el 31 de mayo el periodo de justificación para no perjudicar a los beneficiarios.
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