Publicado en BOJA el calendario de fiestas locales en Andalucía para 2022

Publicado en BOJA el calendario de fiestas locales en Andalucía para 2022

El BOJA de 3 de mayo de 2021 publica el Decreto 152/2021, de 27 de abril, por el que se determina el calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022.

 En su artículo 1 establece las Fiestas Laborales propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022.

Para el año 2022 se declaran fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter retribuido y no recuperable:

– el 6 de enero, Epifanía del Señor

– el 28 de febrero, Día de Andalucía,

– el 14 de abril, Jueves Santo.

El art. 2 establece el Calendario de Fiestas Laborales para el año 2022:

CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES PARA ANDALUCÍA 2022

• 1 de enero (sábado)

• 6 de enero (jueves)

• 28 de febrero (lunes)

• 14 de abril (jueves)

• 15 de abril (viernes)

• 2 de mayo (lunes)

• 15 de agosto (lunes)

• 12 de octubre (miércoles)

• 1 de noviembre (martes)

• 6 de diciembre (martes)

• 8 de diciembre (jueves)

• 26 de diciembre (lunes

En el artículo 3 se regulan las Fiestas Locales.

La propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se comunicará a la

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La propuesta de cada municipio se hará mediante certificado del correspondiente

Acuerdo del Pleno o, en su caso, de la Junta de Gobierno Local con delegación expresa de aquél, que deberá adjuntar a la comunicación.

Fuente:

Haz clic para acceder a BOJA21-082-00002-7292-01_00191175.pdf

Aprobado el calendario laboral de Andalucía para 2022: días festivos y puentes

Aprobado el calendario laboral de Andalucía para 2022: días festivos y puentes

El Gobierno de Andalucía ha aprobado el calendario laboral de Andalucía 2022, que establece doce días festivos de ámbito nacional y autonómico con carácter retribuido y no recuperable. A estos doce días se han de añadir con posterioridad dos de carácter local a propuesta de cada municipio.

Para el año 2022 se establecen como días festivos en Andalucía, coincidiendo con festivos nacionales, el 6 de enero, Epifanía del Señor, y el 14 de abril, Jueves Santo, por ser festividades tradicionales en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía.

A estos días elegidos como fiestas de ámbito autonómico, se añaden las fiestas de ámbito nacional correspondientes a Año Nuevo, 1 de enero; Viernes Santo, 15 de abril; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Día de la Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Día de Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución, 6 de diciembre; Día de la Inmaculada, 8 de diciembre, y Día de Navidad, 25 de diciembre.

Días festivos en Andalucía en 2022

Las fiestas correspondientes a los días 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, y 25 de diciembre, Día de Navidad, por coincidir con domingo, se trasladan al lunes inmediato posterior, es decir, 2 de mayo y 26 de diciembre, respectivamente.

  • 1 de enero (sábado)
  • 6 de enero (jueves)
  • 28 de febrero (lunes)
  • 14 de abril (jueves)
  • 15 de abril (viernes)
  • 2 de mayo (lunes)
  • 15 de agosto (lunes)
  • 12 de octubre (miércoles)
  • 1 de noviembre (martes)
  • 6 de diciembre (martes)
  • 8 de diciembre (jueves)
  • 26 de diciembre (lunes)

A estas doce fiestas laborales se deben añadir aún las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del Decreto que establece el calendario laboral 2022 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Ver calendario:

https://www.calendarioslaborales.com/calendario-laboral-sevilla-2022.htm

Fuente:

https://www.diariodesevilla.es/andalucia/Aprobado-calendario-laboral-Andalucia-2022_0_1568844285.html

Calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021

Calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021

El número de domingos y festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público en 2021 en la Comunidad Autónoma Andaluza será:

– catorce días en el año 2021

Serán los siguientes:

– 3 de enero, domingo.

– 1 de marzo, lunes.

– 1 de abril, jueves.

– 2 de mayo, domingo.

– 4 de julio, domingo.

– 16 de agosto, lunes.

– 1 de noviembre, lunes.

– 28 de noviembre, domingo.

– 5 de diciembre, domingo.

– 8 de diciembre, miércoles.

– 12 de diciembre, domingo.

– 19 de diciembre, domingo.

– 26 de diciembre, domingo.

Permuta de hasta dos de los domingos y festivos de apertura comercial autorizada para el año 2021. (art.4)

En aplicación de lo establecido en el apartado 3 del artículo 19 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, todas las Corporaciones Locales de Andalucía, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán solicitar la permuta de hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario para 2021 por otros, en atención a las necesidades comerciales de su término municipal,

MUNICIPIOS CON DOMINGOS Y FESTIVOS SUSTITUIDOS Y AUTORIZADOS, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS MUNICIPALES, PARA LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES AL PÚBLICO DURANTE EL 2021

 

Mairena del Aljarafe (Sevilla) 4 de julio 23 de enero
San Juan de Aznalfarache (Sevilla) 1 de agosto 10 de enero
Sevilla 1 de agosto 10 de enero

Fuente:

  • Orden de 27 de mayo de 2020, por la que se modifica la de 12 de julio de 2019:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2020/106/BOJA20-106-00004-5602-    01_00173000.pdf

  • Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, que modifica, en su artículo 19, los arts. 19 y 20 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.

https://www.boe.es/ccaa/boja/2020/004/b00002-00095.pdf

Más información:

https://aprocom.org/orden-de-27-de-mayo-de-2020-por-la-que-se-modifica-la-de-12-de-julio-de-2019-se-establece-el-calendario-de-domingos-y-festivos-en-los-que-los-establecimientos-comerciales-podran-permanecer-abiertos/