INFORME COMERCIO INTERIOR 2016

  • La presente publicación constituye un compendio de información y análisis evolutivo del comercio interior a nivel nacional y en las comunidades autónomas.

1 INTRODUCCIÓN.

Con objeto de facilitar los principales indicadores comerciales a cierre del 2016, la Dirección General de Comercio Interior evalúa el posicionamiento del sector comercial y la evolución que se ha producido durante el año 2016.

El comercio minorista supone el 5,0% del PIB a precios básicos de la economía española y tiene un fuerte impacto en el mercado de trabajo, con un número de ocupados de 1.913.400, lo que supone el 10,3% del total de ocupados.

En esta publicación se recopilan los datos más significativos del comercio, hasta diciembre del año 2016, salvo en lo relativo a comercio electrónico que, por razón de las fuentes consultadas, tan sólo permite incorporar los datos publicados hasta el segundo trimestre de 2016.

 

El presente informe analiza los siguientes indicadores del comercio minorista:

  • Demanda interna en España, según la Contabilidad Nacional trimestral.
  • Locales comerciales y empresas según el Directorio Central de Empresas.
  • Las ventas del comercio, según el Índice de comercio al por menor.
  • Índices de Precios de Consumo.
  • Índice de ocupación del comercio minorista.
  • Ocupados, según la Encuesta de Población Activa.
  • Afiliados a la Seguridad Social.
  • Paro registrado.

Puede continuar leyendo:

http://www.mineco.gob.es/stfls/mineco/prensa/ficheros/noticias/2017/170421_Infome_Comercio_Interior_2016.pdf

Ordenanza Municipal de Publicidad

Ordenanza Municipal de Publicidad

  • Publicada en el B.O.P. nº 102 de fecha 5 de mayo de 2008

logo-ayuntamiento-sevillaEs objeto de esta Ordenanza el establecimiento de la normativa sustantiva y procedimental por la que ha de regirse la ordenación de las instalaciones publicitarias visibles desde el espacio público.

En esta Ordenanza, se consideran instalaciones publicitarias no sólo las que exhiban mensajes comerciales sino también las identificativas, informativas, señalizadoras o cualesquiera otras portadoras de comunicaciones.

El ámbito de aplicación de esta Ordenanza se circunscribe al término municipal y se concreta en todas las instalaciones publicitarias que se ubican en el mismo y en las distintas modalidades que se regulan.

https://www.sevilla.org/urbanismo/documentos/pdf/normativa/09.OrdenanzaPublicidad.pdf

Cambio de base de cotización Régimen de Autónomos

Cambio de base de cotización Régimen de Autónomos

logo-ministerioempleoA través de este servicio podrá solicitar el incremento o la modificación de su base de cotización.

A quién va dirigido

Trabajadores en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Qué permite realizar

  • Solicitar que mientras esté dado de alta en este Régimen Especial, su base de cotización se incremente automática y anualmente en el mismo porcentaje en que se aumenten las bases máximas de cotización en este Régimen.
  • Modificar la base de cotización, en el Régimen Especial indicado.
  • Obtener un justificante de la solicitud realizada.

A tener en cuenta

El plazo durante el cual se puede efectuar el cambio de base de cotización a través de este servicio es el comprendido entre el 1 de enero y el 30 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de noviembre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

El trabajador autónomo podrá realizar tantas solicitudes como desee, siendo únicamente la última petición realizada dentro de los plazos indicados, la que será tenida en cuenta, con los efectos previstos.

 

Podrá elegir cualquier base de cotización de las comprendidas entre aquella por la que venía cotizando y el límite máximo que les sea de aplicación, de acuerdo en todo caso con lo dispuesto en la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.

La nueva base surtirá efecto desde el día 1 de enero del año de la solicitud.

Si accede con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad en este servicio, la validación del acceso se complementará con el envío de un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro, código que deberá introducir para poder acceder.

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/SolCamBasesCoti2k9/index.htm

ALERTCOPS: Aplicación de seguridad ciudadana para dispositivos móviles

ALERTCOPS: Aplicación de seguridad ciudadana para dispositivos móviles

alertcopsGracias a la colaboración entre APROCOM y la Policía Nacional en el Plan Comercio Seguro, la Policía Nacional nos informa de una aplicación que pueden descargar fácilmente en su dispositivo móvil.

Desde ella, una vez registrados, pueden poner en conocimiento de los cuerpos policiales cualquier situación que pueda afectar a su seguridad ciudadana, tanto personal como por su profesión.

Alicación ALERTCOPS