- Convocatoria
Resolución de 22 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, BOJA 187, de 29 septiembre 2025.
- Objetivo
El objetivo de esta convocatoria de subvenciones es la realización de actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a empresas con sede social en Andalucía
- Destinatarios
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria, empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas. (ver punto 4, in fine de esta Circular)
- Conceptos subvencionables
- La realización de actividades lúdicas, culturales y deportivas para menores de 12 años de edad o a personas dependientes que se realicen en horarios no escolares o de prestación de servicios ya reconocidos por otra normativa, así como en períodos vacacionales que posibiliten la conciliación de las personas trabajadoras de la empresa solicitante.
- La realización de actividades de información, divulgación y sensibilización en materia de igualdad en el ámbito laboral y de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, dirigidas a las personas trabajadoras de la empresa solicitante.
En el supuesto de solicitar la subvención la realización de actividades de información, divulgación y sensibilización se establece que la empresa tenga, además, un número máximo de 49 personas trabajadoras contratadas
- Cuantías
El importe de la subvención a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada proyecto o actividad, del 100% del presupuesto aprobado.
La cuantía máxima asciende a:
- 6000 euros por actividad para la realización de actividades lúdicas, culturales y deportivas
- 2000 euros por actividad para la realización de actividades de información, divulgación y sensibilización
- Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables.
El plazo de ejecución de las actividades deberá estar comprendido desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión
Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo que figura como Anexo I
Las solicitudes y la documentación adjunta (art.9, pág. 3 de la Convocatoria) se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/23227.html
- Plazo de presentación de solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA, es decir desde el 30 de septiembre al 13 de octubre inclusive.
Fuente:
Resolución de 22 de septiembre de 2025, BOJA 29 septiembre.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2025/187/1
Anexo I.
RESOLUCION BOJA 29 SEPT EXTRACTO RESOLUCION BOJA 29 SEPT