El 25 de agosto se publicó la convocatoria para la concesión de subvenciones correspondiente al año 2026, a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes para la activación del comercio minorista.

La finalidad de estas subvenciones es el apoyo a las entidades asociativas de comerciantes de la ciudad de Sevilla (Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes) en la realización de proyectos que contribuyan a mejorar la competitividad del pequeño comercio frente a otros formatos y a reforzar el papel dinamizador del tejido asociativo local, zonal o sectorial.

Se considerarán subvencionables aquellos gastos realizados como:

  • La realización de acciones promocionales tales como campañas, acciones de Street marketing, concursos, acciones de destockaje, promociones en puntos de venta, degustaciones u otras, cuya finalidad sea promover las ventas directas, fidelizar y atraer a los consumidores.
  • Actividades de dinamización y/o animación de zonas comerciales promovidas por las entidades beneficiarias y que tengan por finalidad el fomento de una zona comercial, la incentivación del consumo, la difusión de la imagen de la calidad del comercio de proximidad o la difusión de la ciudad de Sevilla como destino de compras.
  • Realización de acciones de comunicación y/o publicidad dirigidas al fomento de una zona comercial, a la incentivación del consumo en un ámbito determinado o sector de actividad o a la difusión de la imagen de la ciudad de Sevilla como destino de compras.
  • Acciones dirigidas a la creación o mejora de la imagen corporativa de la entidad así como acciones para la consolidación de dicha imagen (bolsas, papel para envolver regalos, etiquetas u otros elementos de packaging así como material de merchandising).
  • Prestación de servicios a la clientela como, por ejemplo, servicios comunes de reparto a domicilio, tarjetas de fidelización de clientes, bonificación de ticket de aparcamiento, etc.
  • Prestación de servicios a las entidades asociadas. Serán subvencionables aquellos gastos externos realizados con la finalidad de ofrecerles asesoramiento para la mejora de su competitividad, en materias relacionadas con el cumplimiento de la normativa comercial, la implantación de nuevas tecnologías, la implementación de estrategias de marketing digital, etc.
  • Acciones formativas. Se subvencionará la organización por las entidades beneficiarias de jornadas y seminarios formativos en áreas de especial interés para el comercio: atención al cliente, fidelización, escaparatismo, idiomas, técnicas de merchandising, uso de redes sociales para incrementar las ventas, gestión de páginas blog, comercio electrónico, entre otros.

La cuantía máxima de las ayudas para cada tipo de beneficiario tendrá los siguientes límites:

  • Asociaciones de comerciantes: 10.000 euros.
  • Federaciones de comerciantes: 20.000 euros.
  • Confederaciones de comerciantes: 30.000 euros.

El periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será el comprendido entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027.

Solicitudes y documentación.

Las solicitudes de subvenciones incluidas en la presente convocatoria se presentarán conforme al modelo incluido en el Anexo I de la convocatoria y resto de documentación establecida en el punto 9 de la misma.

La presentación de las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación exigida en la convocatoria, se realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla: https://www.sevilla.org/sede-electronica.

El plazo para solicitar estas subvenciones es desde 26 de agosto y hasta el próximo 15 de septiembre de 2026.

Fuente:

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