El 8 de mayo de 2020 se aprobaron las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas al apoyo y mantenimiento de microempresas de la Ciudad de Sevilla 2020 (COVID-19)
Hoy en BOP número 21 se ha publicado la convocatoria para poder solicitarlas.
CARACTERÍSTICAS:
1.º BENEFICIARIOS:
- Forma Jurídica: personas físicas o personas jurídicas o sociedades civiles o comunidades de bienes,
- Han de estar constituidas a fecha 1 de marzo de 2020.
- Han de reunir estos requisitos:
MICROEMPRESAS:
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- Todas aquellas empresas que no cuenten en su plantilla con más de 6 trabajadores por cuenta ajena.
- Domicilio fiscal y local de actividad en el término municipal de Sevilla
- Que se hayan visto obligadas a cerrar sus establecimientos, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Estado de Alarma)
- Haberse mantenido en alta en el régimen de la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente y en Hacienda hasta el momento de la presentación de la solicitud
- Que su volumen de negocio no supere los 250.000 euros en cómputo anual. En caso de que el volumen de negocio declarado, no correspondiese al año completo, el límite se establecerá proporcionalmente al tiempo durante el cual se hayan generado dichos ingresos
2. EXCLUSIONES: no podrán ser beneficias.
- Quienes hayan recibido ayudas para la misma finalidad
- Quienes hayan resultado beneficiarias en la convocatoria pública de subvenciones de apoyo a la empresa sevillana del año 2018.
3. OBJETO
Dos tipos de actuaciones:
- Línea 1: ayuda a la cobertura de gastos fijos soportados (arrendamiento de local, arrendamientos, leasing y/o renting de equipamientos gestoría, seguros, suministros como, electricidad, agua, telefonía fija, cuota de internet, etc., con un máximo de tres mensualidades…)
- Línea 2: mantenimiento, innovación, modernización y/o transformación digital (Equipos informáticos, Hardware, Bienes de equipo de procesos y auxiliares (maquinaria). También inversión para adaptarse a las nuevas exigencias de seguridad, como pantallas o mamparas separadoras u otros equipos o medidas de protección.
4. CUANTÍA.
La cuantía máxima de las ayudas para cada línea serán las siguientes:
- Línea 1: El importe de estas ayudas podrá alcanzar hasta el 100% del importe total de los conceptos subvencionables, con el límite de 1.000 € por beneficiario
- Línea 2: El importe de las ayudas podrá alcanzar hasta el 80% del importe total de los conceptos subvencionables, con el límite de 500 € por beneficiario.
Las cuantías totales de las líneas son:
- Línea 1: cobertura de gastos fijos. inicial de 800.000 euros.
- Línea 2: mantenimiento, innovación, modernización y/o transformación digital 200.000 euros.
- No se requiere cuantía de gasto mínimo o inversión en ninguna de las dos líneas
- Las líneas son compatibles, pueden solicitarse ambas
5. PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación en BOP. Por tanto, el plazo empieza mañana día 28/05 y termina el 6/06
6. FORMA DE PRESENTACION
Las solicitudes de las ayudas incluidas en la presente convocatoria se presentarán exclusivamente de forma telemática.
Los formularios de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por los solicitantes, estarán en la página Web del Ayuntamiento de Sevilla https://www.sevilla.org/.
Tras rellenar la solicitud, el Ayuntamiento enviara por sms un mensaje al número móvil que hayan indicado en la solicitud para poder firmar dicha solicitud
Aprobada la resolución de concesión de la subvención, se abonará el 100 % sin necesidad de justificación y de una sola vez.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones, (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
Fuente: BOP num.21 de 27 mayo:
https://www.dipusevilla.es/system/modules/com.saga.sagasuite.theme.diputacion.sevilla.corporativo/handlers/download–bop.pdf?id=51c5442b–9f3f–11ea–b8420050569fe27b
27 MAYO CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE AYUDAS A MICROPYMES Y AUTÓNOMOS (BOP núm. 21, 27 mayo) BOP 27 MAYO CONVOCATORIA SUBVENCIONES PAG 15- 16