El día 10 de julio se publicó la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.

Esta Ley modifica el art.7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

A partir del día 11/07/2021 se disminuye a 1.000€ (antes 2.500 €) el importe máximo de pago en efectivo en las operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.

Las operaciones realizadas antes de la entrada en vigor (11/07/21) también están afectadas por dicho límite para pagos posteriores a la fecha de entrada en vigor.

Fuente:

https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/10/pdfs/BOE-A-2021-11473.pdf