Le recordamos lo indicado respecto a los festivos de feria en el convenio colectivo de comercio.

Según el convenio colectivo, en Sevilla capital, así como en localidades donde no celebre feria, los festivos son todas las tardes de los días de Feria y el Sábado completo, a lo que se le tiene que sumar la mañana del miércoles (al ser festivo).

Por tanto, serían festivos la tarde del martes, jueves y viernes y los días completos de miércoles y sábado.

En las localidades donde se celebre feria los festivos son las tardes del jueves y viernes y el sábado completo de la semana de feria de dicha localidad.

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