En el BOJA extraordinario núm. 89 de 3 de noviembre se publicó la modificación de la convocatoria de ayudas a la solvencia empresarial.

Los principales cambios son:

  • las pymes podrán compensar pérdidas contables o rendimientos negativos
  • las subvenciones cubrirán también nóminas, seguros sociales y cuotas de autónomos.
  • En el caso de que el solicitante haya incluido costes laborales y cotizaciones de la seguridad social y a la vez se hubieran concedido previamente las ayudas al mantenimiento del empleo, se procederá de oficio a minorar la cuantía consignada en el listado de costes laborales.

Se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 15 de noviembre de 2021.

Puede consultar los boletines oficiales:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/589/BOJA21-589-00007-17655-01_00201380.pdf

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/588/BOJA21-588-00001-17453-01_00201186.pdf