El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, en el que establece el plan de rescate a la hostelería, comercio y turismo

Destacan tres medidas:

  • la rebaja del 50% del alquiler de locales de grandes tenedores
  • Los arrendadores podrán incluir como gasto deducible la rebaja al arrendatario
  • Se podrán aplazar las deudas tributarias durante seis meses con tres de carencia de intereses

Se trata de una serie de medidas fiscales y reducciones en las cotizaciones sociales para los el turismo, la hostelería y el comercio, que suponen:

– rebajas fiscales,

-moratoria de pagos

– reducciones y exoneraciones de los pagos a la Seguridad Social.

  1. REBAJA ALQUILERES DE LOCALES COMERCIALES.
  1. A) GRANDES TENEDORES

En el caso de que el arrendador sea un gran tenedor, con 10 o más locales, si no llega a un acuerdo entre las partes, el inquilino podrá optar, mientras dure el estado de alarma (ahora mismo hasta el mes de mayo) y hasta cuatro meses después de la finalización del mismo:

– entre una quita del 50%,

– o alternativamente un aplazamiento del pago

El pago aplazado de estas rentas se podrá realizar durante un periodo de dos años a contar desde la finalización de la moratoria.

El inquilino tendrá de plazo hasta el 31 de enero para la solicitud.

2) RESTO DE ARRENDADORES.

Para el resto de arrendadores de locales, los que no son grandes tenedores, se establece un incentivo fiscal para que las personas físicas que alquilan a estos sectores acuerden voluntariamente rebajas en la renta arrendaticia correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2021

Se podrá computar como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario la cuantía de la rebaja de la renta acordada durante esos meses.

2) MEDIDAS LIQUIDEZ Y SOLVENCIA

  1. A) PRESTAMOS ICO

Se amplía la carencia de los préstamos avalados por las líneas ICO y por las sociedades de garantía recíproca de las distintas comunidades autónomas con reafianzamiento de CERSA, así como de su periodo de amortización.

Se crea un nuevo tramo en la línea de avales del ICO para pymes y autónomos del sector turístico, hostelería y actividades anexas dotada con 500 millones de euros y con hasta un 90% de garantía.

Esta medida afectará a las agencias de viajes, el transporte discrecional y el sector de alojamiento, al elevarse la garantía pública de los avales en 10 puntos respecto a la línea ICO Covid-19.

  1. B) APLAZAMIENTO EN EL PAGO 
  2. a) El Gobierno permite aplazar durante seis meses, con tres de carencia de intereses, las deudas tributarias en declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive, de modo que en lugar de ingresar en abril se ingresarían las deudas en octubre.
  3. b) Otra medida que recoge este real decreto es aumentar la reducción en la tributación por el sistema de módulosen el IRPF del 5% actual al 20% con carácter general para 2020. Sin embargo, para los sectores como el caso de la hostelería, el comercio y el turismo esa reducción en la tributación por módulos llegará al 35%.

De hecho, las reducciones del 20% con carácter general y del 35% para el turismo, la hostelería y el comercio, también se aplicarán en la tributación del régimen simplificado del IVA correspondiente a la cuota devengada de 2020 y a la primera cuota trimestral de 2021.

  1. c) Otras medidas tributarias son lareducción del número de períodos impositivos afectados por la renuncia al método de estimación objetiva en el IRPF; la exención prevista para las retribuciones en especie del servicio de comedor de empresa, aplicable el consumo de comida para el teletrabajo, de forma que podrán utilizar un vale comida pidiendo comida a su domicilio.

3) ACTIVIDADES PROTEGIDAS

  1. a) La norma refuerza la protección de actividades como el comercio al por mayor de bebidas, restaurantes y puestos de comidas y establecimientos de bebidas, que pasarán a formar parte de las actividades CNAE protegidas en la última prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).

De esta forma, las exenciones de cuotas a la Seguridad Social previstas a las empresas de estos sectores que han prorrogado sus ERTE tanto con su actividad suspendida como reiniciada podrán alcanzar hasta el 85%.

La inclusión de estos sectores en el listado CNAE responde a que la tasa de cobertura de los trabajadores todavía amparados por los ERTE es superior al 15% de los afiliados en su código de CNAE y su tasa de recuperación desde primeros de mayo es inferior al 65%.

  1. b) Asimismo, la norma extiende las bonificaciones a los trabajadores fijos discontinuos, aplicables además de a las empresas encuadradas en el sector del turismo, también al comercio y la hostelería, siempre que estén vinculadas al sector turístico.

El decreto mantiene las bonificaciones del 50% por extensión del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos desde el mes de abril hasta el mes de octubre de 2021 complementariamente al periodo ya previsto en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 de los meses de febrero, marzo y noviembre. Estas bonificaciones serán compatibles con las exoneraciones de las cuotas de la Seguridad Social que, eventualmente, pudieran ser aplicables.

  1. c) Por último, el plan flexibiliza requisitos para el mantenimiento de los incentivos regionales (proyectos de inversión empresarial que están en vigor o en fase de mantenimiento del empleo y las inversiones).
  2. d) Además, en las medidas regulatorias también se amplía la moratoria para presentar concurso de acreedores.

4) IVA SANITARIO CONTRA EL COVID

Finalmente, se ha aprobado la aplicación del IVA a un tipo del 0% a las pruebas de diagnóstico in vitro, como las PCR, así como a las entregas de vacunas contra la COVID-19. La supresión de este gravamen se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.

Asimismo, ya se rebajó del 21% al 4% el IVA de las mascarillas quirúrgicas desechables. La rebaja de este gravamen se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2021,

Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2020/12/23/pdfs/BOE-A-2020-16823.pdf

 

Más información en la web de Aprocom:

 

https://aprocom.org/wp-content/uploads/2020/12/23-DIC-PLAN-REFUERZO-COMERCIO-HOSTELERIA.pdf