El BOJA publica hoy 17 de enero de 2023 la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Sevilla, publicada en BOJA de hoy.

La declaración de una Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) en el municipio de Sevilla significa que los comercios de más de 300 m2 situados en el Casco Antiguo, Triana y Nervión podrán abrir sin limitación de horario alguna durante Semana Santa y los meses de abril, mayo, junio, agosto, septiembre y octubre. Ello en virtud de la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística, y de forma indefinida mientras se mantengan las circunstancias que han motivado esta decisión del Gobierno andaluz.

Anteriormente, en diciembre de 2018, la Junta ya declaró una ZGAT en Sevilla. Estuvo vigente hasta el pasado año 2022, pero su ámbito era sólo el Casco Antiguo y Triana (calle Betis, calle Pureza, calle San Jacinto-zona peatonal y Plaza del Altozano) y su duración, Semana Santa, el domingo anterior y tres domingos posteriores.

La ZGAT de 2023 del municipio de Sevilla es la siguiente:

-Ámbito territorial:

• Distrito Casco Antiguo.
• Distrito Triana.
• Distrito Nervión.

– Períodos:

• Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos incluidos.
• Meses de abril, mayo, junio, agosto, septiembre y octubre.

– Vigencia: indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la declaración.

Los supuestos de hecho que obligan a la Junta de Andalucía a declarar al menos una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales (en
adelante ZGAT) en el municipio de Sevilla no han cambiado. Son los siguientes:
– es un municipio con más de 100.000 habitantes, en total 684.234 habitantes en el año 2021
– ha registrado más de 600.000 pernoctaciones, en total 5.546.851 pernoctaciones de media de los años 2017, 2018 y 2019, según datos del Instituto Nacional de Estadística.

El Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, establece en su artículo 13 que «1. En los municipios de más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en el año inmediato anterior más de 400.000 pasajeros, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística conforme a lo previsto en los artículos 2 y 3 del Decreto 2/2014, de 14 de enero.

El Decreto 2/2014, de 14 de enero, establece en su artículo 2 que: «Se podrá declarar en un municipio, una o varias zonas de gran afluencia turística,
cuando se cumpla en la zona o zonas a declarar alguno de los siguientes criterios:
– Haber sido declarada Patrimonio de la Humanidad o contener uno o varios bienes inmuebles de Interés cultural integrados en el patrimonio histórico artístico.”

El municipio de Sevilla posee 132 Bienes de Interés Cultural (BICs) declarados y repartidos por todo su término municipal, destacando la Catedral de Sevilla, El Real Alcázar y El Archivo de Indias que han sido declarados Patrimonio de la Humanidad, por la Decisión 11 COM VIIA del Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO.

– Albergar la celebración de un gran evento deportivo o cultural, de carácter autonómico, estatal o internacional, calificado como tal por las autoridades deportivas o culturales.»

La Semana Santa y la Feria de Abril de Sevilla están declaradas Fiestas de Interés Turístico Internacional por Resolución de la Secretaría de Estado de 16 de febrero de 1980 (BOE núm. 41).

Por tanto, procede declarar la ZGAT durante la Semana Santa, durante la celebración de la Feria de Abril, y en los meses que mayor número de pernoctaciones registra el municipio de Sevilla, que son abril, mayo, junio, agosto, septiembre y octubre. procede declarar la ZGAT en aquellas zonas en las cuales se concentran la mayoría de los BICs y alojamientos turísticos del municipio.

-En el caso de los BICs, están situados en el Distrito Casco Antiguo, en el Distrito Triana y en el Distrito Nervión el 78,04 % de los BICs.
-En cuanto a los alojamientos turísticos y según datos obtenidos del Registro de Establecimientos Turísticos de Andalucía, el Distrito Casco Antiguo, el Distrito Triana y el Distrito Nervión poseen el 82,47% de las plazas del municipio.

En base a lo cual procede declarar la libertad horaria en estas zonas que son las que presentan mayores porcentajes, excluyendo el resto del municipio al presentar porcentajes menos significativos y estar estos dispersos a lo largo del municipio

Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Sevilla.

BOJA: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/10/BOJA23-010-00007-660-01_00275706.pdf

Zona Gran Afluencia Sevilla 2023