Tras las últimas publicaciones en BOJA extraordinario núm. 81 de 29 de septiembre, todos los Distritos Sanitarios de la provincia de Sevilla pasan a Nivel 1.

  1. Las principales novedades para el nivel 1 son las contenidas en la Orden de 29 de septiembre:
  • Los ciudadanos en general y los titulares de actividades en particular han de adoptar las medidas y prudencia necesarias para evitar la propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Asimismo, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
  • En el nivel 1 el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será conforme al aforo autorizado en los mismos, manteniendo el uso obligatorio de mascarilla, una ventilación adecuada y evitando aglomeraciones
  • Modificaciones en cuanto a la celebración de ceremonias civiles: los asistentes han de estar sentados, cumpliéndose en todo caso la medida de distancia interpersonal establecida y el aforo máximo, que deberá publicarse en lugar visible.
  • Establecimientos de hostelería con música el consumo fuera o dentro del local se hará sentado en una mesa, o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas para que entre clientes de diferentes grupos haya como mínimo 1,5 metros o, en su caso, entre clientes situados en la barra, si el consumo en barra se permitiera. En el nivel 1 se permitirá el consumo en mesa alta sin necesidad de estar sentados, respetando el número máximo de comensales por mesa.

El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 5:00 horas, sin admisión de nuevos clientes ni servicio desde las 4:30 horas, salvo que exista normativa

  • Medidas para la práctica deportiva: Se podrá ocupar el máximo del aforo autorizado para la práctica deportiva, manteniendo la mayor distancia interpersonal posible, así como el resto de medidas preventivas
  • Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos profesionales, sin superar en ningún caso el aforo establecido y manteniendo la distancia interpersonal y el uso de mascarilla. No se podrá superar en ningún caso el 85% del aforo.

En el caso de que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación de este se ajustará a lo previsto en esta orden para los establecimientos de hostelería y restauración, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal entre las mismas de 1,5 metros

Estas medidas surtirán efectos desde el 30 de septiembre.

  1. Por otro lado, la Resolución de 29 de septiembre, que establece que todos los Distritos Sanitarios de la provincia de Sevilla pasan a Nivel 1, estará en vigor desde las 00:00 horas del día 30 de septiembre de 2021 hasta las 00:00 horas del día 1 de octubre de 2021. El 30 de septiembre se estudia qué distritos pasaran a Nivel de alerta 0.

Fuente:

  • Orden de 29 de septiembre de 2021, por la que se modifica la Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/581/BOJA21-581-00007-15621-01_00199380.pdf

  • Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se prorrogan en la provincia de Sevilla los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/581/BOJA21-581-00006-15612-01_00199370.pdf