Hoy se ha publicado en BOE el R D. 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Dicha normativa aprueba la Reforma laboral consensuada estos meses por los agentes sociales y el Gobierno.
Entra en vigor mañana 31 de diciembre de 2021, excepto la vacatio legis relativa al Contrato formativo y al contrato de duración determinada, para dar tiempo a las empresas a su adaptación.
Los puntos que comprende son once:
– CONTRATO FORMATIVO: entrará en vigor el 31 de marzo de 2022.
– CONTRATO DE DURACIÓN DETERMINADA: entrará en vigor el 31 de marzo de 2022
– COMPROMISO DE REDUCCIÓN DE LA TASA DE TEMPORALIDAD
– CONTRATO FIJO-DISCONTINUO
– CONTRATACIÓN INDEFINIDA.
– ERTES
– MECANISMO RED DE FLEXIBILIDAD Y ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO
– PRIORIDAD APLICATIVA DEL CONVENIO DE EMPRESA: Se mantiene la prioridad aplicativa del convenio de empresa salvo en materia salarial.
– ULTRACTIVIDAD: en defecto de pacto, cuando hubiera transcurrido el proceso de negociación sin alcanzarse un acuerdo, se mantendrá la vigencia del convenio colectivo
– LEY DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN EL ORDEN SOCIAL
– PRÓRROGA DEL SMI DE 2021
Pueden ampliar toda la información en el Informe ejecutivo elaborado por CEOE y en la fuente oficial, BOE núm. 313 de 30 diciembre 2021:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/30/pdfs/BOE-A-2021-21788.pdf
BOE 30 DIC 21 RD LEY REFORMA LABORAL CEOE INFORME EJECUTIVO RDL REF LABORAL