Zonas afectadas en el Casco Antiguo
El sistema se implantará en la zona de tráfico restringido del Casco Antiguo comprendida entre Paseo de las Delicias, Paseo de Colón, Reyes Católicos, Marqués de Paradas, San Laureano, Torneo, Resolana, Parlamento Andaluz, Muñoz León, Ronda de Capuchinos, María Auxiliadora, Recaredo, Menéndez y Pelayo, Avenida del Cid, Palos de la Frontera y Avenida de Roma.
Los objetivos de este plan son evitar el desplazamiento de vehículos buscando aparcamientos o para atravesar el conjunto histórico, ordenar la carga y descarga, proteger el valor cultural y patrimonial de la zona, consolidar la prioridad peatonal, ciclista de y vehículos de movilidad personal, reducir el número de vehículos, impulsar y favorecer el uso del transporte público, generar áreas peatonales más habitables y saludables y facilitar el aparcamiento de residentes y personas autorizadas.
Área afectada en Triana
En el caso de Triana, el área quedará configurada por las siguientes calles entre el Puente de Isabel II y el Puente de San Telmo: Betis, Pureza, Rodrigo Triana, Pelay Correa y sus vías transversales.
Con el Plan Sevilla Respira se intentará evitar el uso de este conjunto histórico de Triana como zona de tránsito o bolsa de aparcamientos para no residentes ni autorizados; ordenar la carga y descarga, proteger el valor patrimonial y cultural de la zona y establecer una prioridad peatonal y ciclista.
Los criterios exactos de regulación de vehículos se fijarán a lo largo del mes de julio tras culminar el análisis de las propuestas recibidas. No obstante, el Plan de Movilidad Urbana Sostenible aprobado por el Pleno fija una serie de mínimos que se concretarán en la regulación final que se difundirá en el mes de julio antes de iniciar un periodo amplio de información, divulgación y adaptación de la ciudadanía y que incluye por el momento a:
- Residentes: personas residentes empadronados en calle ubicada en la zona de tráfico restringido, que pondrán gestionar una lista con un número determinado de vehículos adicionales.
- Aparcamientos privados: Los propietarios o arrendatarios de aparcamientos privados ubicados en la zona restringida con posibilidad de modificación de la matrícula de forma directa por el usuario con unas condiciones predeterminadas.
- Aparcamientos públicos: las autorizaciones para sus usuarios, quedarán vinculadas a la estancia en el aparcamiento, siempre que en el mismo existan plazas libres. Se considerarán usuarios de rotación, reservas y abonados. o Carga y descarga: Dentro de los horarios establecidos en las ordenanzas.
- Otros servicios de transporte de mercancías: El resto de servicios de mercancías de carácter especial como farmacias, combustibles (butano o propano) supermercados, etcétera, tendrán una regulación específica.
- Hoteles y apartamentos turísticos: tramitarán las autorizaciones para sus huéspedes, quedando vinculada la autorización al vehículo de la persona con estancia en el hotel o apartamento como huésped.
- Centros educativos: Tramitarán las autorizaciones según las características propias de cada centro educativo o Servicios Públicos (taxis, VTC, ambulancias, etc.): serán autorizados para la realización de servicios con origen o destino en el interior de la zona restringida.
- Servicios ocasionales: para las personas que requieran de permisos ocasionales de acceso a ciertas zonas, en determinados momentos y para vehículos concretos.
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