El 5 de mayo se publicó en el BOJA la Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones de modalidad B previstas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.

Las bases reguladoras de la modalidad B de las subvenciones que ahora se convocan están contenidas en la Orden de 3 de octubre de 2024. (BOJA 9 octubre 2024)

Gastos subvencionables (págs.10 y 11 de la Orden de 3 de octubre de 2024)

  1. Se considerarán gastos subvencionables aquéllos que hayan sido contraídos dentro del periodo de ejecución. El plazo de ejecución de los gastos subvencionables será el comprendido entre el día siguiente al de la presentación de la solicitud y hasta el plazo máximo de seis meses tras la notificación de la resolución de concesión

Podrán incluir uno o varios de los siguientes gastos:

  • º Software de contabilidad, facturación, relaciones con proveedores y otros módulos (ERP).
  • º Software de gestión y/o automatización de almacenes.
  • º Software de gestión de las relaciones con clientes potenciales y existentes (CRM) y otras actuaciones de fidelización de clientes.
  • º Aplicaciones digitales de gestión y ofimática accesibles desde cualquier dispositivo. 5.º Aplicaciones o soluciones de ciberseguridad.
  • º Software de ventas.
  • º Diseño, implementación y elaboración de contenido de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos u otra información necesaria orientadas para la venta.
  • º Diseño e implementación de páginas web o tienda online que permita al negocio poner en venta sus productos o servicios.
  • º Adquisición del terminal de punto de venta (TPV) y accesorios complementarios como: escáner de código de barra, impresora de recibos y etiquetas, balanza digital y otros.
  • º Adquisición de equipamiento digital orientado a digitalizar los puntos de venta o mejoras en el sistema de producción: Cartelería digital, escaparate virtual y escaparate web de Gestión Dual, probador inteligente, sistemas de click & collect, cajas de autoservicio, etiquetas RFID y códigos QR, sistemas de pago digital, puntos de venta móviles, pantallas led multifunción, cajones inteligentes, gestores digitales de cobro de efectivo, sistemas de conteo de personas y equipamiento informático (hardware).
  • º Consultoría para diseñar e implementar una estrategia de omnicanalidad que permita mejorar la relación entre la empresa y el cliente.
  • º Consultoría para la elaboración de una estrategia de comunicación y marketing online, y su implementación.
  • º Contratación de servicios enfocadas a optimizar los canales digitales del negocio para mejorar el posicionamiento online (SEO, SEM) facilitando a los clientes encontrar el negocio de manera ágil, hasta un año de servicio en su caso.
  • º Contratación de servicios de plataformas para la inclusión de los productos y servicios de la empresa en marketplace.
  • º Contratación de servicios de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes, hasta un año de servicio en su caso. 16.º Contratación de servicios de gestión de las redes sociales o de diseño de una estrategia de redes sociales hasta un año de servicio en su caso.

Se adjunta Circular con toda la información y las normativas.

El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones será de un mes, a contar desde el día 6 mayo.

Para cualquier aclaración o si necesitan les pongamos en contacto con proveedores colaboradores (páginas web, redes sociales, software y hardware, pantallas digitales..), contacten con nosotros.


RESOLUCION 25 ABRIL SUBVENCIONES DIGITALIZACION
CIRCULAR SUBVENCIONES DIGITALIZACION
EXTRACTO CONVOCATORIA SUBVENCIONES DIGITALIZACION
comercios-subvencionables
_ORDEN 3 OCTUBRE BOJA 9 OCT 2024 mod B PAGS 10 Y 11
APROCOM
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