En relación a la convocatoria de subvenciones destinadas a la creación de empleo mediante la contratación indefinida, hoy se han publicado en BOJA unas modificaciones.

Por un lado, la Orden de 11 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 3 de junio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía.

Se modifica el Cuadro Resumen de la Orden de 3 de junio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía, en sus apartados: 1; 2.a); 4.a).2.º2.a) y c); 4.a).2.º3; 5.a).1; 5.b).1.º; 10.b); 12; 14.a).6; 22.b).3.º2; 26.c) y 27.

Para facilitar el conocimiento y localización de las modificaciones citadas por las entidades interesadas, se inserta en la orden de forma íntegra el cuadro resumen con las modificaciones efectuadas, que sustituye al publicado con anterioridad

Por otra parte, la Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se modifican determinados aspectos de la Resolución de 28 de septiembre de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022, de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de junio de 2022.

Se amplía hasta el 2 de diciembre de 2022 el plazo de presentación de solicitudes

Las modificaciones introducidas por la Orden de 11 de noviembre se aplican con efectos retroactivos a los procedimientos iniciados en el ámbito de la convocatoria efectuada mediante Resolución de 28 de septiembre de 2022, respecto de los expedientes que no tengan resolución expresa.

De otro lado, anteriormente ya se había excluido el requisito de que la persona contratada estuviera previamente desempleada.

Fuente:

  • Orden 11 noviembre:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/218/BOJA22-218-00015-18249-01_00271476.pdf

  • Resolución 11 noviembre:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/218/BOJA22-218-00003-18250-01_00271478.pdf

Puede encontrar la información acerca de estas ayudas en nuestra web:

https://aprocom.org/convocatoria-de-la-junta-de-andalucia-de-subvenciones-a-la-creacion-de-empleo/