Con fecha 29 de agosto de 2025 se publicó en el BOP de Sevilla núm. 166 el extracto de la Resolución nº 5889 del Teniente de Alcalde Delegado de Cartuja, Parques Innovadores, Movilidad, Economía y Comercio de 25-08-2025 (adoptada por delegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla mediante acuerdo de 4-10-2024) por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al apoyo y mantenimiento de establecimientos de la ciudad de Sevilla afectados por actuaciones de ejecución de obra de la Línea 3 de metro.

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al apoyo, mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios ubicados en el área de afectación directa de las obras de infraestructura de infraestructuras de movilidad correspondientes a la línea 3 de

Metro (Tramos 1 y 2), con la finalidad de contribuir a la recuperación, reestructuración y revitalización de las actividades económicas de los negocios ubicados en el perímetro de afectación directa de dichas obras.

En concreto las áreas de afectación directa de estas obras son dos y se encuentran situadas en los ámbitos geográficos que se señalan a continuación:

  • Zona A. Plaza Franquicia número 1, Calle Telegrafista número 4, Calle Valija numero 1 (esquina con C/Telegrafista, 4) y Calle Parque de Grazalema número 5, donde las obras se iniciaron el 1 de octubre de 2024.
  • Zona B. Avenida de los Agricultores 29, donde las obras se iniciaron el 1 de diciembre de 2024.

Conceptos subvencionables.

Se considerarán subvencionables aquellos gastos realizados por las entidades que reúnan las condiciones para resultar beneficiarias conforme al apartado 5, asociados en todo caso al funcionamiento de la actividad desarrollada en el área de afectación de las obras definida en el apartado 2.

En concreto:

  • Gastos de alquiler del establecimiento en el que se desarrolle la actividad.
  • Gastos derivados de la contratación de servicios externos: gestoría, seguridad, vigilancia y limpieza.
  • Gastos derivados de la contratación de seguros de responsabilidad civil, incendio, robo o accidentes asociados a la actividad desarrollada en el establecimiento afectado. Solo será subvencionable la parte correspondiente al periodo subvencionable señalado en el apartado6.3 según prorrata del plazo de vigencia de la póliza.
  • Gastos de suministros de electricidad, telefonía fija y cuota de internet siempre que correspondan al establecimiento afectado por las obras.
  • Cuota de autónomo.
  • Cuota patronal a la Seguridad social correspondiente al personal que presta sus servicios en el establecimiento afectado por las obras.

Cuantía de las ayudas

Se fija el importe de las ayudas conforme a lo siguiente:

Zona A. Plaza Franquicia número 1, Calle Telegrafista número 4, Calle Valija numero 1 (esquina con C/Telegrafista, 4) y Calle Parque de Grazalema número 5, donde las obras se iniciaron el 1 de octubre de 2024, hasta 3.600 euros

Las ayudas podrán alcanzar el importe de 4.500 euros para los establecimientos que estén dados de alta en algunos de los siguientes grupos y epígrafes IAE que se encuentren en la Zona A de afectación:

  • epígrafes comprendidos en el Grupo 671. Servicios en restaurantes, siempre y cuando disponga de licencia de terraza de veladores.
  • epígrafes comprendidos en el Grupo 672. En cafeterías, siempre y cuando disponga de licencia de terraza de veladores.
  • epígrafes comprendidos en el Grupo 673. De cafés y bares con y sin comida, siempre y cuando disponga de licencia de terraza de veladores.
  • epígrafe 691.2. reparación de vehículos automóviles, bicicletas y otros vehículos.

Zona B. Avenida de los Agricultores 29, donde las obras se iniciaron el 1 de diciembre de 2024, hasta 2.800 euros.

Las ayudas podrán alcanzar el importe de 3.500 euros para los establecimientos que estén dados de alta en algunos de los siguientes grupos y epígrafes IAE que se encuentren en la Zona B de afectación:

  • epígrafes comprendidos en el Grupo 671. Servicios en restaurantes, siempre y cuando disponga de licencia de terraza de veladores.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a dicha publicación, por lo que podrán presentarse las solicitudes del 1 al 19 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

Fuente:

https://www.sevilla.org/servicios/economia/ayudas-y-subvenciones/subvenciones-en-regimen-de-concurrencia-competitiva-destinadas-al-apoyo-y-mantenimiento-de-establecimientos-de-la-ciudad-de-sevilla-afectados-por-actuaciones-de-ejecucion-de-obra-de-la-linea-3-de-metro

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