El BOE publica todos los festivos del calendario laboral de Andalucía para 2021

El BOE publica todos los festivos del calendario laboral de Andalucía para 2021

El BOE publica el calendario laboral 2021: habrá 11 festivos nacionales, dos menos que en 2020, y dos grandes puentes. A los días festivos nacionales, hay que sumar los festivos autonómicos y locales.

El calendario laboral de 2021 recoge un total de 11 días festivos nacionales, dos menos que en 2020, de los que solo 8 se celebrarán de forma conjunta en toda España, el mismo número que este año, según la resolución de la Dirección General de Trabajo  publicada en BOE el 2 de noviembre de 2020.

En este sentido, hay importantes novedades, ya que el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado cuáles serán los días festivos nacionales y autonómicos para 2021. Este calendario del BOE incluye los festivos nacionales no sustituibles, sustituibles y los festivos de cada Comunidad Autónoma.

De esta forma, según el BOE, Andalucía trasladará su festividad autonómica, el 28 de febrero, al día 1 de marzo, al caer el Día de Andalucía en domingo. Se presenta así un interesante puente para los andaluces.

Además, en Andalucía se acatarán el resto de festivos nacionales, tanto los sustituibles como los no sustituibles, siendo festivos los días 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Día de Reyes), 1 de abril (Jueves Santo), 2 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (Día de los Trabajadores), 16 de agosto (por el 15 de agosto, domingo, Día de la Asunción), 12 de octubre (Día de la Hispanidad), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución), 8 de diciembre (Día de la Inmaculada) y 25 de diciembre (Navidad).

Todos los festivos de Andalucía en 2021

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • 6 de enero (Día de Reyes)
  • 1 de marzo (por el 28 de febrero, domingo, Día de Andalucía)
  • 1 de abril (Jueves Santo)
  • 2 de abril (Viernes Santo)
  • 1 de mayo (Día de los Trabajadores)
  • 16 de agosto (por el 15 de agosto, domingo, Día de la Asunción)
  • 12 de octubre (Día de la Hispanidad),
  • 1 de noviembre (Todos los Santos),
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución),
  • 8 de diciembre (Día de la Inmaculada)
  • 25 de diciembre (Navidad)

Dos grandes puentes

El calendario laboral oficial para 2021 permitirá celebrar dos grandes puentes (si el coronavirus lo permite para entonces). El primero sería el del 12 de octubre, que caerá en martes y eso permitirá encadenar cuatro días de descanso que se encadenarán con el fin de semana.

El segundo tendrá un día más y será el del 6 de diciembre, día de la Constitución, que cae en lunes, y el 8 de diciembre, día de la Inmaculada, en miércoles.

 

Fuente:

 

https://www.boe.es/boe/dias/2020/11/02/pdfs/BOE-A-2020-13343.pdf

El Consejo de Gobierno aprueba el calendario de fiestas laborales en Andalucía para 2021

El Consejo de Gobierno aprueba el calendario de fiestas laborales en Andalucía para 2021

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se determina el calendario de fiestas laborales en Andalucía correspondiente al año 2021, que establece doce festividades de ámbito nacional y autonómico con carácter retribuido y no recuperable. A estos doce días se han de añadir dos de carácter local a propuesta de cada municipio.

Así, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la comunidad autónoma, para el año 2021 se establecen como días festivos en Andalucía, coincidiendo con festivos nacionales, el 6 de enero, Epifanía del Señor, y el 1 de abril, Jueves Santo, por ser festividades tradicionales en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía.

A estos días elegidos como fiestas de ámbito autonómico, se añaden las fiestas de ámbito nacional correspondientes a Año Nuevo, 1 de enero; Viernes Santo, 2 de abril; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Día de la Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Día de Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución, 6 de diciembre; Día de la Inmaculada, 8 de diciembre, y Natividad del Señor, 25 de diciembre.

En relación con las fiestas correspondientes a los días 28 de febrero -Día de Andalucía- y 15 de agosto -Día de la Asunción de la Virgen- por coincidir con domingo, se trasladan al lunes inmediato posterior, es decir, 1 de marzo y 16 de agosto, respectivamente.

De este modo, la relación queda como sigue:

  • 1 de enero (viernes)
  • 6 de enero (miércoles)
  • 1 de marzo (lunes)
  • 1 de abril (jueves)
  • 2 de abril (viernes)
  • 1 de mayo (sábado)
  • 16 de agosto (lunes)
  • 12 de octubre (martes)
  • 1 de noviembre (lunes)
  • 6 de diciembre (lunes)
  • 8 de diciembre (miércoles)
  • 25 de diciembre (sábado)

A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del Decreto que establece el calendario laboral 2021 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Fuente: http://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/destacadosportada/consejodegobierno/153483/ConsejodeGobierno/festivoslaborales/2021/puentes/calendario/Andalucia/JuntadeAndalucia/GobiernodeAndalucia

Orden de 27 de mayo de 2020, por la que se modifica la de 12 de julio de 2019, se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de dos de esos días para el año 2021.

Orden de 27 de mayo de 2020, por la que se modifica la de 12 de julio de 2019, se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de dos de esos días para el año 2021.

El Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, ha modificado el artículo 19 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, estableciendo en su apartado 1 que el número de domingos y festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público en la Comunidad Autónoma Andaluza será:

– doce días en el año 2020

– catorce días en el año 2021

– dieciséis días a partir del año 2022.

Para la determinación de estos domingos y festivos de apertura autorizada, se deberá atender de forma prioritaria al atractivo comercial de los días para las personas consumidoras, de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. a) La apertura de al menos un día festivo cuando se produzca la coincidencia de dos o más días festivos continuados
  2. b) La apertura en los domingos y festivos correspondientes a los periodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales.

Se entenderá que los períodos tradicionales de rebajas son dos, el de rebajas de invierno, que comprende desde el 7 de enero al 7 de marzo, y el de rebajas de verano, que comprende desde el 1 de julio al 31 de agosto; todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

  1. c) La apertura en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la Comunidad Autónoma, previo informe de la Consejería competente en materia de turismo.
  2. d) La apertura en los domingos y festivos de la campaña de Navidad, que comprenderá desde el domingo posterior al cuarto jueves de noviembre al 24 de diciembre, y de Reyes, que comprenderá del 26 de diciembre al 5 de enero

Por otra parte, el artículo 19.3 dispone que las Corporaciones Locales, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán permutar hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario anual regional por otros en atención a las necesidades comerciales de su término municipal.

Por todo ello, la presente orden modifica la de 12 de julio de 2019, en lo referente al calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podían permanecer abiertos al público durante el año 2020, ampliándolo en dos días más; del mismo modo, establece el citado calendario para el año 2021, en aplicación de los criterios legalmente establecidos; y, por último, faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de dos de esos días para el año 2021, previa consulta al Consejo Andaluz de Comercio

Domingos y días festivos que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2020. (art. 1)

Los domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2020 serán los siguientes:

– 5 de enero, domingo.

– 5 de julio, domingo.

– 15 de agosto, sábado.

– 6 de septiembre, domingo.

– 12 de octubre, lunes.

– 2 de noviembre, lunes.

– 29 de noviembre, domingo.

– 7 de diciembre, lunes.

– 8 de diciembre, martes.

– 13 de diciembre, domingo.

– 20 de diciembre, domingo.

– 27 de diciembre, domingo.»

Domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021. (art.3)

Los domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 serán los siguientes:

– 3 de enero, domingo.

– 1 de marzo, lunes.

– 1 de abril, jueves.

– 2 de mayo, domingo.

– 4 de julio, domingo.

– 16 de agosto, lunes.

– 1 de noviembre, lunes.

– 28 de noviembre, domingo.

– 5 de diciembre, domingo.

– 8 de diciembre, miércoles.

– 12 de diciembre, domingo.

– 19 de diciembre, domingo.

– 26 de diciembre, domingo.

Permuta de hasta dos de los domingos y festivos de apertura comercial autorizada para el año 2021. (art.4)

En aplicación de lo establecido en el apartado 3 del artículo 19 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, todas las Corporaciones Locales de Andalucía, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán solicitar la permuta de hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario para 2021 por otros, en atención a las necesidades comerciales de su término municipal, conforme a los criterios establecidos en el apartado 4 del mencionado artículo 19. 2.

Dicha solicitud de permuta se realizará a la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad y se podrá presentar desde la fecha en la que surta efectos la presente Orden (5 junio 2020) hasta el 1 noviembre 2020).

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2020/106/BOJA20-106-00004-5602-01_00173000.pdf

MUNICIPIOS CON DOMINGOS Y FESTIVOS SUSTITUIDOS Y AUTORIZADOS, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS MUNICIPALES, PARA LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES AL PÚBLICO DURANTE EL 2021

 

Mairena del Aljarafe (Sevilla) 4 de julio 23 de enero
San Juan de Aznalfarache (Sevilla) 1 de agosto 10 de enero
Sevilla 1 de agosto 10 de enero
APROCOM
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