La Confederación Provincial de Comercio, Servicios y Autónomos de Sevilla (Aprocom), la patronal hostelera (AHS) y la Asociación de Hoteles de Sevilla y provincia han coincidido al calificar como «acierto» la medida del Ayuntamiento hispalense de retrasar al día 5 de diciembre, víspera del puente festivo de la Constitución, el encendido del alumbrado navideño en las calles.
Para el presidente de Aprocom, Tomás González, es una medida que «beneficia a todas las partes» y, además, «se da cumplimiento al ahorro energético impulsado por el Gobierno local». «Hemos conseguido recortar más por el final que por el principio, ajustándose así al horario comercial, y alargar el tiempo en el que las luces estarán encendidas los fines de semana y festivos».
En este sentido, se reducirá una hora la iluminación: se encenderá a las 18,30 horas y se apagará a las 22,00 horas. Mientras, en los fines de semana y festivos permanecerá hasta las 23,00 horas, y en los festivos del 24, 31 y 1 se mantendrá hasta la una de la madrugada. Además, la empresa adjudicataria de la iluminación navideña ha incrementado la eficiencia energética en la tecnología LED empleada, lo que permitirá un ahorro aproximado de un 30% en el gasto de la factura de electricidad.
Además de reducir el tiempo del alumbrado navideño y el horario en días laborables, el Ayuntamiento va a usar tecnología con la que rebajar aún más el gasto de electricidad y, en consecuencia, la factura. En concreto, esta decisión, que las asociaciones consultadas han considerado razonable atendiendo a la coyuntura energética, retrasa el encendido del 25 de noviembre inicialmente previsto al día 5 de diciembre, en vísperas del Puente de la Inmaculada.
En los días laborables, se reducirá una hora la iluminación, ajustándose así al horario comercial: se encenderá a las 18,30 y se apagará a las 22,00 horas. Mientras, en los fines de semana y festivos se encenderá a las 18,30 y permanecerá hasta las 23,00 horas, y en los festivos del 24, 31 y 1 se mantendrá hasta la una de la madrugada.
Escucha las declaraciones del Presidente de Aprocom en este audio:
El Banco Sabadell ha lanzado una nueva Campaña para el comercio de proximidad. Gracias al convenio de colaboración que tenemos firmado, incluye unas condiciones preferentes que complementan y mejoran las condiciones de la oferta principal.
Desde Banco Sabadell quieren acompañar a los negocios de la zona con una oferta de productos y servicios especializados, destacando el nuevo TPV Smart.
Entre las condiciones especiales para los asociados, se encuentran:
Cuenta Sabadell Negocios PRO, con la bonificación del 10% cuota profesional para nuevos clientes, y con un máximo 50 euros anuales.
La comisión de mantenimiento es de 15 euros por trimestre (siendo la estándar de 25 € por trimestre), con transaccionalidad 7,5 euros por trimestre (siendo la estándar de 12,5€ por trimestre).
El servicio jurídico es de 20+IVA por año (estándar 40 + IVA)
Financiación empresas/autónomos con precio diferenciado y bonificado frente al estándar.
Autorenting, con un panel de vehículos con precios diferenciados.
-TPV Smart: Tpv de última generación, con una tasa de descuento del 0,35% sin importe mínimo por operación, siendo la comisión mantenimiento del 7€ al mes a partir del 6º mes, independiente del tipo cuenta.
-Tarjeta ingresadora: Gratuita siempre.
Esta campaña contará además con sorteos y premios directos a los clientes y a los comercios. Del 14 de noviembre al 31 de diciembre de 2022 se sortearán 200 compras diarias (de hasta 3.000 € diarios) entre todos los clientes que hayan pagado con su tarjeta en los comercios con TPV de Banco Sabadell. Además, Banco Sabadell sorteará 5 premios de 1.500 € entre los comercios que sean clientes del Banco.
Con estas medidas y la adopción de una tecnología LED aún más eficiente se persigue conseguir un ahorro del 30 % y hacer frente así a la crisis energética.
Se traslada la decisión a las asociaciones de hoteles, hostelería y comerciantes, que la consideran una medida razonable ante la actual situación energética.
Se persigue el objetivo principal de reducir el consumo de luz y contribuir así a las medidas adoptadas a nivel nacional e internacional para hacer frente a la actual crisis energética, al tiempo que se compatibiliza con el necesario impulso a los negocios y al empleo en la campaña navideña
En concreto, esta decisión, que las asociaciones consultadas han considerado razonable atendiendo a la situación energética, supone:
el retraso del encendido del 25 de noviembre inicialmente previsto al día 5 de diciembre, en vísperas del Puente de la Inmaculada.
en los días laborables, se reducirá una hora la iluminación, ajustándose así al horario comercial: se encenderá a las 18.30 y se apagará a las 22.00 horas.
en los fines de semana y festivos se encenderá a las 18.30 y permanecerá hasta las 23.00 horas,
en los festivos del 24, 31 y 1 se mantendrá hasta las 1.00 horas de la madrugada.
Además, la empresa adjudicataria de la iluminación navideña ha incrementado la eficiencia energética en la tecnología LED empleada.
Al tener en cuenta la reducción del periodo del alumbrado y de los horarios en días laborables y la nueva tecnología LED aún más eficiente, la bajada del consumo y, en consecuencia, de la factura de electricidad rondará el 30 por ciento para las próximas Navidades.
El Ayuntamiento pretende que, “sin restar impulso al comercio de Sevilla durante la temporada navideña, clave a su vez para la reactivación económica y del empleo, contribuir a la reducción general del consumo de energía y, por tanto, a reducir aún más las emisiones de dióxido de carbono”, ha dicho el delegado de Hábitat Urbano y Cohesión Social, Juan Manuel Flores.
Con todas esas medidas el consumo estará aproximadamente en torno al 30 por ciento menos que durante la Navidad pasada.
“Es un ejercicio de responsabilidad, en línea con el mensaje de ahorro que se está trasladando a toda la ciudadanía europea, y que es compatible con el necesario empuje a la actividad de los negocios y, por tanto, al empleo generado en la campaña de Navidad”, según ha dicho por su parte del delegado de Economía, Comercio y Turismo, Francisco Páez.
El Gobierno presentó el pasado 29 de septiembre un paquete de medidas fiscales que irán incluidas en los próximos Presupuestos Generales del Estado, acompañado de otras propuestas que tendrán una vía de tramitación independiente.
Son tres los impuestos que se tocan: IRPF, Sociedades y la creación de un nuevo “impuesto de solidaridad de las grandes fortunas”.
Impuesto de Sociedades para pymes
Esta medida afecta a aquellos empresarios que tienen una empresa que facture menos de un millón de euros y que tendrán a partir del próximo año una rebaja del tipo que se aplica del impuesto sobre Sociedades. De manera general, este impuesto está en España en el 25%, salvo para la banca y los hidrocarburos, que está en el 30%. Ahora, estas pequeñas empresas tendrán un tipo general del 23%.
Comenzará a aplicarse en 2023 y tendrá un carácter permanente y no temporal como otras medidas.
Impuesto de Sociedades para grupos de empresas
Esta decisión afecta al 0,2% de compañías que tributan en régimen de grupo consolidado, es decir, aquellas que tienen sociedades filiales.
Se trata de un ajuste técnico sobre su contabilidad que mermará sus beneficios fiscales por las pérdidas. Al obtener el resultado de un grupo, se restan las pérdidas que obtienen las sociedades que en él se engloban a los beneficios que tienen las que alcanzan un resultado positivo. Durante el próximo año, sin embargo, solo podrán restarse el 50% de las pérdidas que obtengan.
Únicamente tendrá un año de vigencia, 2023.
Autónomos
Algo más de 1,4 millones de autónomos se van a ver beneficiados por algunas de las dos medidas que afectan a sus declaraciones:
una medida temporal que supone una rebaja en el rendimiento neto de módulos.
además, se aprueba un aumento en los gastos deducibles de difícil justificación para aquellos que declaren en el régimen de estimación directa simplificada. Hasta ahora el límite era del 5% y se aumenta al 7%.
Esta medida será de aplicación temporal durante 2023.
Existen otras modificaciones fiscales que afectan a IRPF de rentas del capital, IRPF del trabajo, el Impuesto de solidaridad..
Desde Emasesa nos informan acerca de la entrada en vigor del Bando de alerta por sequía.
“Tras el verano y como apuntaban las predicciones, el nivel de los embalses que abastecen a Sevilla y su área metropolitana ha descendido a niveles que han derivado en la activación de la ALERTA POR SEQUÍA y la publicación de bandos municipales en cada uno de los Ayuntamientos abastecidos en los que se insta a la ciudadanía, organismos, empresas y demás colectivos sociales a un uso racional, responsable y solidario del agua.
Este bando implica la supresión de los consumos de agua potable para uso ornamental, recreativo y cualquier otro que no sea esencial, además de definir las posibles limitaciones. Con ello, pretendemos disuadir los usos insolidarios y alargar las reservas de agua para evitar los tradicionales cortes en el suministro que se han tenido que aplicar en anteriores sequías, de manera que no afecte al consumo humano y se garantice la actividad productiva.
Es tarea de todos seguir concienciando a la población de la necesidad de disminuir el consumo a los 90 litros por persona y día, o lo que es lo mismo, alcanzar el reto de consumo sostenible Objetivo 90. Con la ayuda de la ciudadanía y la transformación digital en la que ya estamos inmersos, estoy seguro de que cada vez estaremos más cerca de conseguirlo.
Os recuerdo que nos tenéis a vuestra entera disposición a través del mail objetivo90@emasesa.com y aprovecho para daros las gracias por vuestra inestimable ayuda en la labor de concienciación. “
La Orden de 3 de junio de 2022 (BOJA 109 de 9 junio) estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía mediante la futura convocatoria de subvenciones a la creación de empleo.
El BOJA núm. 190 de 3 de octubre publica la Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022, de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de junio de 2022.
Se abre, pues, el periodo de solicitudes de incentivos desde el día siguiente a la publicación del extracto en BOJA (4 de octubre de 2022) hasta el 18 de noviembre de 2022.
Requisitos de los solicitantes
Podrán solicitar esta ayuda las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las entidades privadas sin personalidad jurídica, con actividad en Andalucía.
Conceptos subvencionables
La cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado, a jornada completa, con una persona desempleada.
Cuando la persona contratada se encuentre en el grupo de edad de 45 o más años, la cuantía de la subvención será de 4.500 euros
Cuando la persona contratada esté incluida en los Grupos de cotización I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice con una persona joven de hasta 30 años, la cuantía de la subvención será de 5.000 euros.
Cuando concurran ambos supuestos a la vez, la cuantía será de 5.500 euros.
Las cuantías establecidas se incrementarán un 10%, cuando la persona contratada sea mujer, o cuando sea una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
Cuando concurran a la vez ambos supuestos el incremento será del 20%.
Cuantía de la subvención.
De conformidad con lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras, la cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado, a jornada completa, con una persona desempleada.
Cuando la persona contratada se encuentre en el grupo de edad de 45 o más años, la cuantía de la subvención será de 4.500 euros.
Cuando la persona contratada esté incluida en los Grupos de cotización I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice con una persona joven de hasta 30 años, la cuantía de la subvención será de 5.000 euros. Cuando concurran ambos supuestos a la vez, la cuantía será de 5.500 euros.
Las cuantías establecidas en los apartados anteriores se incrementarán un 10%, cuando la persona contratada sea mujer, o cuando sea una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Cuando concurran a la vez ambos supuestos el incremento será del 20%.
En el supuesto que la contratación indefinida se formalice a jornada parcial, o el contrato sea fijo discontinuo a jornada completa, la cuantía de la subvención será el 50% de la cantidad resultante de lo establecido en los apartados anteriores. Si el contrato fijo discontinuo se suscribe a jornada parcial, la cuantía de la subvención será un 25% de dicha cantidad resultante.
Periodo de contratación
El inicio de la actividad laboral de las contrataciones deberá tener lugar en el período comprendido entre el día 1 de abril de 2022 y el día final del plazo de presentación de solicitudes.