24 Feb 2022 | Noticias
El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Delegación de Gobernación, Fiestas Mayores y Área Metropolitana, ha presentado hoy el cartel de las Fiestas de Primavera de 2022, una obra alegórica de las celebraciones de la ciudad de la pintora María Tapia que está llena de color y que pretende lanzar un mensaje de optimismo en el año del regreso de las festividades más importantes, siempre que la situación sanitaria lo permita.
El alcalde de Sevilla, Antonio Muñoz, ha presidido hoy, junto al delegado de Gobernación, Fiestas Mayores y Área Metropolitana, Juan Carlos Cabrera, la presentación de este cartel que cada año encarga el Ayuntamiento de Sevilla
Durante la presentación, a la que han acudido numerosas entidades representativas de la vida social y económica de la ciudad, y en la que Aprocom ha estado representada por su Secretaria General Mercedes Núñez, el alcalde ha considerado que la autora “nos ofrece en este cartel un anuncio con mayúsculas de lo que está por venir, lleno de color, de optimismo y de invitación a vivir intensamente todo lo que nuestra ciudad nos brinda cada primavera”.
Por su parte la autora, que ha dado al cartel el título de ‘Alegorías’, ha explicado el proceso creativo y ha destacado que ha querido “lanzar un mensaje de esperanza e ilusión al espectador, indicando que ‘ESTA PRIMAVERA’ la ciudad volverá a disfrutar de sus Fiestas de Primavera de la forma que merece tras dos años de pandemia”
Volver a vivir las fiestas de Sevilla
La presentación del cartel en un abarrotado Salón Colón la ha abierto el delegado de Fiestas Mayores, Gobernación y Área Metropolitana, Juan Carlos Cabrera, quien ha mostrado su ilusión por volver a recuperar las tradiciones y fiestas de la ciudad: «Es una alegría estar aquí para presentar el cartel de las Fiestas de Primavera».
Por su parte, el alcalde, Antonio Muñoz, ha cerrado el acto congratulándose por contar con un gran cartel: «Hay que disfrutar de esta primavera con lo cinco sentidos. Es difícil encontrar en el mundo una ciudad en la que se concentren tantas emociones en tan poco tiempo. Este cartel refleja lo que nos encontraremos este año. Que podamos tener las mejores fiestas de primavera disfrutando con sentido común y siendo responsables».
A partir del 4 de marzo, el patio central del Ayuntamiento acogerá la muestra Proceso, cartel y convivencias, en la que se podrá ver cómo ha sido todo el proceso creativo y de desarrollo de la pintura realizada por María Tapia para las Fiestas de Primavera de Sevilla.
https://www.sevilla.org/actualidad/noticias/la-pintora-maria-tapia-realiza-para-el-cartel-de-las-fiestas-de-primavera-de-2022-una-obra-alegorica-de-las-celebraciones-de-la-ciudad-llena-de-color-que-pretende-lanzar-un-mensaje-de-optimismo
23 Feb 2022 | Noticias
El BOE num. 46 de hoy 23 de febrero publica el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022.
El Gobierno cerró con los sindicatos y sin el apoyo de la patronal el acuerdo para subir el salario mínimo a los 1.000 euros al mes frente a los 965 en los que estaba estipulado.
La subida del salario mínimo no cuenta con el apoyo de la patronal, que prefiere esperar para consolidar la recuperación económica. En un comunicado, CEOE y CEPYME han rechazado la medida puesto que consideran que el contexto económico está marcado por la «incertidumbre».
Esta subida tiene carácter retroactivo y se cobrará desde el 1 de enero y serán las 14 pagas estipuladas.
¿A quién afecta la subida del SMI?
La subida del SMI no afecta a todos los sueldos. Los trabajadores más precarios que no se rijan bajo ningún convenio colectivo serán los beneficiados de esta medida. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el 18,18% de los españoles cobraba un sueldo igual o menor que el salario mínimo. El 14% de las mujeres asalariadas son perceptoras del SMI, al igual que el 30% de los trabajadores entre 16 y 24 años, así como el 40% de los empleados en el sector de la agricultura.
Tras la aprobación de esta medida, la base mínima de cotización a la Seguridad Social pasa de 1.050 euros al mes a 1.167 euros. No obstante, la CEOE calcula que el coste total por empleado sobrepasaría los 1.500 euros en términos generales. Algunos sectores han criticado la medida puesto que podría afectar a autónomos y pequeñas empresas, las cuales verán subir sus costes salariales.
Fuente:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/02/23/pdfs/BOE-A-2022-2851.pdf
https://elpais.com/economia/2022-02-09/los-nuevos-beneficiados-por-la-subida-del-salario-minimo-300000-personas-se-suman-a-las-filas-del-sueldo-regulado.html
https://as.com/diarioas/2022/02/10/actualidad/1644478251_436719.html
23 Feb 2022 | Noticias
El Gobierno ha consensuado con patronal y sindicatos un mes de transición para que las empresas que actualmente siguen cubiertas por un erte covid. La actual y última prórroga vencía el 28 de febrero y ahora el Ejecutivo alarga el plazo hasta el 31 de marzo para que aquellas compañías que precisen de seguir con un expediente transiten hacia los formatos aprobados en la reforma laboral.
Las empresas que sigan en ERTE a 28 de febrero no tendrán, en principio, que volver a solicitar el expediente para mantener la suspensión parcial o total de sus trabajadores, sino que la prórroga será automática y tendrá vigencia durante todo el mes de marzo
El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado la prórroga de los ERTE diseñados para hacer frente a la Covid-19 hasta el próximo 31 de marzo. La extensión está pensada para que las empresas que necesiten seguir acogidos a este mecanismo a partir de abril tengan tiempo para adaptarse al nuevo esquema de ERTE aprobado el mes pasado en la reforma laboral, pese a que la intención inicial del Ministerio de Trabajo era poner en marcha ya este nuevo diseño.
A pesar de que los ERTE por covid se mantienen hasta Semana Santa, hay ligeros cambios en las exoneraciones de las cuotas que deben abonar las empresas a la Seguridad Social por los trabajadores todavía afectados (104.363 a mediados del mes de febrero, según los registros del Ministerio que dirige José Luis Escrivá). En estas cuatro semanas adicionales, estas bonificaciones pasarán de ser del 80% al 60% para aquellas compañías en las que se planteen planes de formación para los empleados suspendidos (clave de bóveda de los ERTE); mientras que en aquellas en las que no los haya serán del 20%, si tienen 10 o más trabajadores; y del 30% donde se computen 10 o menos empleados. Este recorte supone una reducción del 20% con respecto a las condiciones que regían hasta el momento. La exoneración por causa de fuerza mayor será del 90%. Las condiciones de las personas en situación de ERTE, sin embargo, seguirán siendo las mismas: continuarán cobrando el 70% de la base reguladora de su salario durante los primeros seis meses, y el 50% a partir del séptimo mes.
¿Qué ocurrirá a partir del 1 de abril?
Durante el mes que se extenderá el actual esquema de ERTE, las empresas que así lo necesiten tendrán que preparar la documentación para pasar a partir de abril a alguno de los dos tipos de ERTE recogidos en la reforma laboral. Son dos las clases de expediente: el diseñado para hacer frente a dificultades económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP), o el de fuerza mayor, al que podrán acogerse los negocios especialmente afectados por las restricciones o las prohibiciones aún en vigor.
Agencias de Viajes
Junto con esta extensión de los ERTE por covid, en la reunión de este lunes se ha acordado también la activación del Mecanismo RED para el sector de las agencias de viajes. Sin embargo, el procedimiento no se iniciará este martes, sino en el siguiente Consejo de Ministros, programado para el mes de marzo.
Más información en las fuentes:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/02/23/pdfs/BOE-A-2022-2849.pdf
https://www.20minutos.es/noticia/4960372/0/las-7-claves-de-la-prorroga-de-los-erte-hasta-abril-que-aprueba-este-martes-el-consejo-de-ministros/
https://elpais.com/economia/2022-02-21/los-erte-por-covid-se-prorrogan-un-mes-mas-hasta-el-31-de-marzo.html
8 Feb 2022 | Noticias
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que elimina la obligatoriedad de las mascarillas en exteriores, una medida que entrará en vigor dos días después, el 10 de febrero, una vez sea publicada en el BOE
Esta protección también seguirá siendo obligatoria en interiores.
A falta de que se conozca la literalidad de la nueva norma, la medida que ha anunciado el ministerio rebaja la exigencia de mascarillas que había antes de Navidad: por entonces sí eran obligatorias cuando no se podía respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros, algo que ahora se queda en una mera recomendación.
El Consejo también ha aprobado subir los límites de los aforos para las competiciones deportivas, que pasarán del 75% al 85% en recintos abiertos y del 50% al 75% en los cerrados, “respetando las medidas no farmacológicas de protección frente a la covid-19″. Es decir, en estos casos sí habrá que llevar mascarilla.
Fuente:
https://elpais.com/sociedad/2022-02-07/el-uso-de-las-mascarillas-al-aire-libre-pasara-a-ser-solo-recomendable-en-aglomeraciones.html
7 Feb 2022 | Noticias
El próximo martes 7 de febrero y a través de un real decreto, el Gobierno acabará con la obligatoriedad de las mascarillas en el exterior, solo siete días después de conseguir que el Congreso de los Diputados ratificara el decreto por el que el pasado 22 de diciembre se impuso su utilización en las calles.
En la última reunión del Consejo Interterritorial de Salud, cinco comunidades solicitaron la eliminación de la medida pero el Ministerio insistió en que aún no era el momento, aunque se tratara de una medida «temporal» y su fin estuviera más cerca.
Poco después, el jueves 3 de febrero el Ministerioanuncia que la «mascarilla ya había cumplido su misión» y la sexta ola remitía.
Las palabras de la Ministra confirmaron que el próximo martes se llevará al Consejo de Ministros el Real Decreto en virtud del cual se eliminará la obligatoriedad del uso de las mascarillas en el exterior.
El próximo lunes se debatirá la decisión en un Consejo Interterritorial y llevarla un día después al Consejo de Ministros. La ministra ha defendido la medida en estos momentos ya que se aprobó de manera improvisada y sin concierto de las autonomías el pasado diciembre ante el avance de Ómicron y actuó con «efecto barrera» en Navidad.
Fuentes:
https://www.europapress.es/andalucia/noticia-junta-critica-gobierno-anuncie-eliminacion-mascarillas-exterior-debatir-antes-ccaa-20220204115243.html
https://www.abc.es/sociedad/abci-gobierno-eliminara-proximo-martes-obligatoriedad-mascarillas-exteriores-202202040824_noticia.html
7 Feb 2022 | Noticias
La reforma laboral entró en vigor el pasado 31 de diciembre, día que se publicó en el BOE.
Gobierno, patronal y sindicatos alcanzaron un acuerdo calificado como «histórico» por el Ejecutivo para una nueva reforma laboral que se aprobó en el Consejo de Ministros el martes, 28 de diciembre.
Posteriormente se aprobó como real decreto-ley
Estas son las claves de la reforma laboral:
• Nuevo modelo de ERTE
Se introduce el mecanismo estructural de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) llamado ‘Mecanismo RED’ para reducir jornada o suspender empleo y tendrá que ser activado el por Consejo de Ministros.
Se podrá aplicar por una causa cíclica, es decir, por una coyuntura macroeconómica general que aconseje su adopción, con una duración máxima de un año; y por una causa sectorial, cuando en un determinado sector o sectores se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional, con una duración máxima inicial de un año, y la posibilidad de prorrogarlo por otro año.
Los trabajadores afectados recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora mientras están en el ‘Mecanismo RED’, el acceso a formación, y las empresas tendrán derecho a exoneraciones de cotización.
• Menos contratos temporales
Se modifica el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores para presumir que el contrato siempre será indefinido salvo por la sustitución de un trabajador o por circunstancias de la producción, entendidas como incremento ocasional e imprevisible y oscilaciones de la actividad, incluyendo vacaciones anuales.
Cuando se utilicen los contratos temporales para atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida y delimitada, la duración será de un máximo de 90 días en el año y no se podrá encadenar otro contrato. Para el resto de circunstancias de la producción la duración del contrato no podrá ser superior a seis meses, con la posibilidad de ampliarlos hasta un año.
Por su parte, el contrato fijo-discontinuo se concertará para trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. Las empresas de trabajo temporal podrán celebrar este tipo de contratos.
El sector de la construcción dispondrá de un contrato fijo. La finalización de la obra determinará la obligación para la empresa de efectuar al trabajador una propuesta de recolocación.
Para los contratos formativos, tendrán un mínimo de tres meses y un máximo de dos años, y podrá desarrollarse al amparo de un solo contrato de forma no continuada, a lo largo de diversos periodos anuales coincidentes con los estudios.
• Negociación colectiva y convenio sectorial
En cuanto a la subcontratación, el texto establece que el convenio colectivo sectorial será el de la actividad desarrollada, con independencia de su objeto social y forma jurídica, salvo que exista otro convenio sectorial aplicable. No obstante, cuando la empresa contratista o subcontratista cuente con un convenio propio, se aplicará en los términos establecidos en la nueva reforma laboral, de manera que el convenio sectorial prevalecerá sobre el de empresa en materia salarial.
• Prórroga automática
En materia de negociación colectiva, se recupera la ultraactividad indefinida, de manera que, cuando haya cumplido su vigencia el convenio colectivo y no se alcance un acuerdo, seguirá aplicándose, y el convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior, por ejemplo, en el horario y la distribución del tiempo de trabajo, pero no en materia salarial, en la que prevalecerá el convenio sectorial. Este era uno de los puntos imprescindibles para los sindicatos en la negociación de la nueva reforma laboral.
Fuente: https://www.ondacero.es/noticias/economia/claves-reforma-laboral_2022020261fb547f6f203000013c2537.html