El Ayuntamiento de Sevilla Pleno, reunido ayer en sesión ordinaria, ha aprobado con carácter definitivo del nuevo texto de Ordenanza municipal reguladora de las terrazas de veladores, que recoge una serie de modificaciones respecto del documento vigente hasta el momento. En este sentido, la ordenanza que se ha mantenido hasta ahora en vigor data de 2013, si bien en el año 2020 se modificaron las condiciones previstas en la misma para dar respuesta especialmente a las demandas y circunstancias emanadas de la epidemia de Covid-19.

Las principales modificaciones son:

  • Con objeto de garantizar la accesibilidad universal, se amplía en 30 centímetros el espacio libre de paso entre las mesas y la fachada del local, que pasa de 1,3 a 1,8 metros mínimo.
  • En cuanto a la ocupación de la terraza de veladores, en aceras o calles peatonales de cuatro metros o menos de ancho, la ocupación de los veladores no podrá ser superior al 50% de esta; en las que esta distancia sea superior a cuatro metros e igual o inferior a 5,5 metros, el espacio ocupado por la terraza no podrá ser mayor al 55% de la acera; y en las superiores a 5,50 metros no podrá exceder el 60%.

Este era uno de los aspectos con los que no estaba de acuerdo la asociación de Hosteleros de Sevilla y Provincia, alegando que afectará a más del 40% de los veladores.

Otro de los aspectos con los que no estaban del todo de acuerdo es con los requisitos que deberán cumplir los establecimientos emblemáticos que no cuentan con espacio para veladores para que se pueda beber en la calle.

  • En concreto, el nuevo texto de la ordenanza especifica que, en estos locales, se permitirá, «previa autorización», el consumo exclusivamente de bebida«permaneciendo de pie en zona delimitada en el exterior» del establecimiento de 13.00 a 15.00 horas y de 20.00 a 23.00 horas.
  • Si bien, detalla que se limita el espacio a ocupar, la senda mínima accesible de 1,80 metros a dejar libre y el «aforo máximo de público» permitido a efectos de cálculos relativos a emisiones acústicas.
  • Además, la norma recoge que el límite de horario «que no debe exceder el cierre de la terraza hasta la 01.00 horas en ningún caso», limitándose en las zonas acústicamente saturadas (ZAS) hasta las 23.00 horas, pudiéndose ampliar una hora más en Navidad, Semana Santa, Ferias, viernes y festivos.
  • También, se han modificado el régimen sancionador por incumplimiento de la norma con una horquilla que va desde los 600 euros hasta los 120.000 con posibles reducciones por reposición voluntaria. Un régimen sancionador «muy elevado», que rechazaron también desde la patronal.

Además, el Ayuntamiento creará una comisión especial para el seguimiento, asesoramiento, coordinación, control de la aplicación y desarrollo de la ordenanza y se mantendrá el «diálogo permanente» con todas las partes implicadas para garantizar el buen funcionamiento del sector hostelero, motor económico importante de la ciudad, con el descanso y el disfrute de los vecinos, ha manifestado el edil.

Fuente: https://www.urbanismosevilla.org/noticias/el-ayuntamiento-pleno-aprueba-definitivamente-el-nuevo-texto-de-la-ordenanza-municipal-de-terrazas-de-veladores

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