El BOE de hoy 20 abril publica el Real Decreto que modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas.

En esencia la obligatoriedad de uso queda como sigue:

  • Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
  1. En los centros, servicios y establecimientos sanitarios por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
  2. En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.
  3. En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros.

En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

Esta obligación tiene excepciones particulares (art. 2 del Real Decreto)

El presente real decreto entrará en vigor hoy día 20 abril, fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Fuente:

Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/04/20/pdfs/BOE-A-2022-6449.pdf

 

Más información en nuestra web:

 

https://aprocom.org/pueden-obligarme-a-llevar-mascarilla-en-comercios-y-hosteleria-la-confederacion-espanola-de-comercio-cec-lo-aclara/