Publicada en BOP la información de la Gerencia de Urbanismo en relación a las condiciones que deben cumplir los elementos instalados en la vía pública durante la celebración de las fiestas de primavera (Semana Santa y Feria).

Medidas:

  • Ordenar a los titulares de toldos, anuncios y rótulos publicitarios perpendiculares a la fachada de los edificios que durante la Semana Santa, al paso de las Hermandades y Cofradías, procedan a abatir dichos elementos ( o a su desmontaje, en caso de que no fuese posible abatirlos). Su incumplimiento podrá conllevar la retirada subsidiaria así como determinar la revocación de las licencias que, en su caso, se hayan otorgado.
  • Ordenar a los titulares de anuncios y rótulos luminosos que durante la Semana Santa, al paso de las Hermandades y Cofradías los mantengan apagados. Su incumplimiento podrá determinar la revocación de las licencias que, en su caso, se hayan otorgado.

Período:

Estas medidas son de aplicación en el Conjunto Histórico Declarado y en las vías por donde transcurre el paso de Hermandades y Cofradías, así como en sus zonas de influencia.

Igualmente resultan de aplicación a las calles afectadas por la celebración de la Feria de Abril y su área de influencia.

Ver documento BOP 6 Marzo 2023

Por otro lado, el BOP núm. 66 de 22 de marzo publica la normativa relativa a normas de funcionamiento de locales destinados a hostelería y esparcimiento, así como de venta de alimentos durante la Semana Santa de 2023.

Durante la Semana Santa no podrán expenderse bebidas susceptibles de ser consumidas en la vía pública, en cualquier tipo de envase (vidrio, latas, plástico y similares), ni hielo, por los establecimientos con acceso directo por las calles que a continuación se indican, cuando por las mismas discurran desfiles procesionales, desde una hora antes de la llegada de la cruz de guía a la altura del establecimiento, hasta la finalización del paso de la cofradía.

Se exceptúa de esta prohibición la venta de agua y refrescos en envases de plástico de 500 c. c. de capacidad máxima, y la de café, lácteos e infusiones en vasos de cartón para consumo unipersonal

También el BOP núm. 66 de 22 marzo 2023 publica la resolución sobre autorización con carácter excepcional de ampliación del horario de cierre de establecimientos públicos de hostelería con motivo del Viernes Santo hasta las 6:00 horas de la noche del 7 de abril de 2023 (Viernes Santo)

Los establecimientos que se acojan a esta ampliación de horario tendrán que cerrar como mínimo dos horas diarias de cada veinticuatro, con el fin de realizar las tareas de limpieza y mantenimiento necesarias

Esta ampliación horaria no afecta a los veladores autorizados, los cuales se regirán por lo que se determine por la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente

Fuente:

NORMAS FUNCIONAMIENTO LOCALES


AMPLIACION HORARIO CIERRE HOSTELERIA


Elementos vía pública fiestas primavera