En el BOJA Número 67 de hoy martes, 11 de abril de 2023, se publica el Decreto 77/2023, de 4 de abril, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
Para el año 2024 se declaran fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter retribuido y no recuperable, además del 28 de febrero, Día de Andalucía, la del 6 de enero, Epifanía del Señor y la del 28 de marzo, Jueves Santo
La propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se comunicará a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Por tanto, la relación de festivos laborales queda como sigue:
CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES PARA ANDALUCÍA 2024
- 1 de enero (lunes).
- 6 de enero (sábado).
- 28 de febrero (miércoles).
- 28 de marzo (jueves).
- 29 de marzo (viernes).
- 1 de mayo (miércoles).
- 15 de agosto (jueves).
- 12 de octubre (sábado).
- 1 de noviembre (viernes).
- 6 de diciembre (viernes.)
- 9 de diciembre (lunes).
- 25 de diciembre (miércoles).
Fuente:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/67/BOJA23-067-00002-6494-01_00281533.pdf