Subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas

Subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas

El Ministerio de Cultura ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes, en régimen de concurrencia competitiva, para solicitar las ayudas destinadas a financiar actividades de fomento de la lectura y las letras españolas correspondientes al año 2024.

Los beneficiarios de estas ayudas son fundaciones privadas, asociaciones, ONGs (organizaciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, empresas privadas y ayuntamientos.

El importe de las subvenciones convocadas para empresas privadas será, como máximo, de 1.000.000 euros.

Las ayudas están destinadas, entre otros, a las actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público general, entre la población infantil y juvenil; a aquellas acciones que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades; a actividades literarias y seminarios, o a acciones de promoción de la lectura en zonas rurales y/o despobladas.

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 03 de mayo de 2024 a las 00:01 hasta el 24 de mayo de 2024 a las 23:59 h

Las solicitudes se realizarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica.

Página del Ministerio de Cultura con toda la información de las subvenciones: convocatoria, solicitud, documentos a añadir a la solicitud..

https://www.cultura.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones/libro/promocion-lectura-letras.html#dg1

Resolución convocatoria:

https://www.cultura.gob.es/dam/jcr:f8797767-5541-4bb6-bef1-2973313baa8f/report-convocatoria-promocion-2024.pdf

Extracto resolución convocatoria

https://www.boe.es/boe/dias/2024/04/30/pdfs/BOE-B-2024-15783.pdf

Bases reguladoras

https://www.boe.es/boe/dias/2010/11/13/pdfs/BOE-A-2010-17455.pdf

 

Documentación

https://www.cultura.gob.es/dam/jcr:51c3aa5e-b9be-466d-96ff-3275691bfc11/relacion-documentos-solicitud.pdf

 

Nota de prensa:

https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/cultura/Paginas/2024/060524-ayudas-promocion-lectura-letras.aspx

Convocatoria 2024 de subvenciones destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía. (BOJA Número 91 – 13 de mayo de 2024)

Convocatoria 2024 de subvenciones destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía. (BOJA Número 91 – 13 de mayo de 2024)

En BOJA núm. 91 de 13 mayo 2024 se ha publicado la convocatoria y el extracto de convocatoria por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.

Ello al amparo de la Orden de 7 de julio de 2021, de Bases reguladoras, (BOJA núm. 133, 13 julio de 2021), modificada por la Orden de 16 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 7 de julio de 2021, (BOJA núm.244, 22 dic. 2022)

  1. DESTINATARIOS:

Pueden participar en esta convocatoria las siguientes entidades:

  1. a) Entidades asociativas de comerciantes, ya sea bajo la figura de asociación, federación, confederación o unión de asociaciones, que podrán solicitar subvención para las actuaciones de las líneas 1 y 2.

2.º Las entidades mixtas, que son aquéllas que, entre sus asociados, ya sea de forma directa como el caso de las asociaciones, o bien indirecta como las federaciones o confederaciones, además de empresas dedicadas al sector comercial, cuentan con empresas pertenecientes a otros sectores de actividad como la hostelería o los servicios, siempre que el número de socios dedicados al sector comercial represente al menos el 30% del número total de socios.

Representatividad:

– asociaciones de ámbito local: Mínimo 35 empresas asociadas

– asociaciones de ámbito provincial y regional: Mínimo 50 empresas asociadas.

En el caso de empresas que cuenten con varios establecimientos comerciales, cada establecimiento contará como un asociado.

Las entidades beneficiarias habrán de cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  1. a) Estar legalmente constituidas con una antigüedad mínima de al menos 2 años a la fecha de publicación de la convocatoria.

Resto de requisitos: Art. 4, 3 pág. 7, Orden de 16 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras.

  1. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
  2. a) Línea 1. Actuaciones dirigidas a promover el asociacionismo y a fortalecer las relaciones de cooperación entre las empresas comerciales pertenecientes a la asociación:

1.ª Organización de jornadas, congresos o seminarios

2.ª Organización y desarrollo de jornadas, talleres o acciones formativas dirigidas a la cualificación del personal de las empresas asociadas o de las asociaciones en el caso de federaciones, relacionadas con materias específicas de interés.

La subvención máxima para estas acciones será de 125 € por horade duración, con un límite máximo de 30 horas.

Las acciones formativas han de contar con al menos 12 participantes para ser subvencionables.

3.ª Realización de campañas de información o sensibilización de interés.

4.ª Estudios sectoriales de interés para el sector del comercio.

En el caso de los Centros Comerciales Abiertos se financiará la elaboración de estudios de interés para la mejora del espacio del Centro Comercial Abierto,

5.ª Proyectos de modernización digital de las asociaciones consistentes en la incorporación de software, programas, herramientas, aplicaciones y otras soluciones digitales para la implementación de proyectos de gestión de las relaciones con los asociados. En cuanto al hardware, únicamente se financiará el equipamiento informático imprescindible para la implementación del proyecto de modernización, sin que el importe de la subvención para el mismo pueda superar la cuantía de 2.000 €.

6.ª Edición de revistas o catálogos en formato papel o digital.

b) Línea 2. Actuaciones de dinamización y promoción del comercio minorista, diseñadas en el marco de un proyecto de incentivación al consumo:

1.ª Actuaciones de dinamización del comercio tales como campañas de promoción, actuaciones de animación en la calle, celebración de fechas señaladas, etc

2.ª Desarrollo de acciones de fidelización de la clientela, (tickets de aparcamiento, reparto a domicilio, consigna, ludotecas infantiles, implantación de sistemas de cupones digitales de descuento), campañas en las redes sociales…

3.ª Campaña de incentivación del consumo a través de la adquisición de bonos consumo «Andalucía Comercio y Artesanía» (en adelante «Bonos ACÁ»), para su distribución entre las potenciales personas consumidoras del área de influencia de la entidad asociativa.

La cuantía del bono para la convocatoria 2024 asciende a 20 euros, y podrá ser canjeado en una compra cuyo importe mínimo ascienda a 50 euros.

4.ª Proyectos de mejora del espacio comercial común a través de actividades tales como utilización de escaparates en locales o puestos vacíos, servicios de limpieza complementarios, servicios de vigilancia privada u otros que persigan dicho fin.

5.ª Actuaciones de señalización comercial externa, a través de la colocación de elementos identificativos de los establecimientos adheridos a la entidad o la instalación de sistemas digitales de señalización.

6.ª Diseño o actualización de la imagen y manual de identidad del Centro Comercial Abierto

  1. MEDICIÓN DE RESULTADOS.

El desarrollo de las actuaciones subvencionadas lleva aparejada la obligatoriedad para la entidad beneficiaria de diseñar e implementar un sistema de medición de resultados de las actuaciones, que permita evaluar la eficacia de la medida y cuyos resultados se entregarán junto con la justificación de la subvención.

Según la actuación, los indicadores serán las personas participantes en las actuaciones formativas, clientes del espacio comercial que participan en la actuación, clientes beneficiarios de un bono consumo, núm. de personas o entidades a las que se ha hecho llegar la revista o catálogo…. (ver pág. 4 de la Convocatoria, art. Quinto)

  1. PERIODO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES SUBVENCIONADAS.

Los gastos subvencionables derivados del desarrollo de las actuaciones subvencionadas podrán realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

  1. SOLICITUDES

Las solicitudes se cumplimentarán a través del acceso establecido al efecto en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a través del siguiente enlace, disponible a partir de mañana 14 mayo:

https://ovorion.ceec.junta-andalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/auth/autcertjs

Se presentarán, junto con la documentación acreditativa de los requisitos para ser beneficiaria y del cumplimiento de los criterios de valoración, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/registro-electronico.html

  1. PLAZO

Plazo de 1 mes natural a contar desde mañana. Finaliza el 13 de junio inclusive.

  1. RÉGIMEN DE PAGOS

La subvención se abonará mediante uno o varios pagos anticipados con anterioridad a la justificación de la realización de la actuación o proyecto, conforme a la siguiente secuencia:

  1. a) Un pago anticipado por importe máximo del 50% de la subvención concedida, excepto en los supuestos en que el importe de aquélla sea igual o inferior a 6.000 euros, que se podrá anticipar el 100%.

Este pago se abonará tras la publicación de la resolución de concesión.

  1. b) Un segundo pago anticipado por un importe máximo del 30% de la subvención concedida, que se abonará, a solicitud de la entidad beneficiaria, tras la justificación total o parcial del primer pago anticipado.
  1. c) Un tercer pago por la cuantía restante que se efectuará, si procede, una vez que la entidad haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada la subvención

CUANTÍA.

Límites:

– No se subvencionarán proyectos por un importe inferior a 2.000 €.

– La cuantía total máxima a subvencionar por entidad no excederá en ningún caso de 50.000 € y se ponderará en base al número de asociados conforme a la siguiente escala:

1.º Entidades con hasta 100 asociados: El máximo subvencionable asciende a 30.000 €.

2.º Entidades con más de 100 asociados y hasta 200 asociados: El máximo subvencionable del apartado anterior se incrementará con 150 € por asociado adicional a los 100 asociados, con un límite de 40.000 €.

3.º Entidades con más de 200 asociados: el máximo subvencionable del apartado anterior se incrementará con 150 € por asociado adicional a los 200 asociados, con un límite de 50.000 €.

ENLACES

Convocatoria:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/91/BOJA24-091-00047-44572-01_00301522.pdf

Extracto:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/91/BOJA24-091-00003-44574-01_00301523.pdf

Orden bases reguladoras:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/133/BOJA21-133-00036-11741-01_00195565.pdf

Orden modificación bases reguladoras:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/244/BOJA22-244-00017-21065-01_00274209.pdf

El Gobierno ha sacado una guía para responder a las dudas de los autónomos sobre el Kit Digital

El Gobierno ha sacado una guía para responder a las dudas de los autónomos sobre el Kit Digital

  • Más de 300.000 autónomos y pymes ya se han beneficiado ya del Programa Kit Digital, por un importe de 1,4 millones de euros procedentes de los fondos Next Generation EU, que han permitido a los trabajadores por cuenta propia españoles obtener soluciones básicas de digitalización con las que impulsar sus negocios, según los últimos datos aportados por el Gobierno. 

Este programa, gestionado por Red.es, es, según el Ejecutivo, el programa de ayudas a la digitalización destinada a negocios más solicitado de la historia de nuestro país. Funciona gracias al catálogo de agentes digitalizadores, que son “aquellos habilitados para suscribir” los acuerdos de prestación de soluciones digitales que incorporan autónomos y pymes, y está compuesto por un total de 11.000 agentes, de los que el 97% son también pequeños negocios del sector de las nuevas tecnologías.l

Recientemente, el Gobierno ha recopilado y publicado algunas de las preguntas más frecuentes sobre este programa de digitalización, que se puso en marcha en 2021 y que presenta hasta cuatro convocatorias de ayudas según el perfil del beneficiario. Todas pueden solicitarse hasta el próximo 31 de diciembre de este año.

1. ¿Qué puedo hacer en mi negocio con el bono del Kit Digital?

El Kit Digital permite optar entre diferentes soluciones que los autónomos quieran implementar en su negocio para aumentar su digitalización. Las opciones son las siguientes:

• Mejorar la página web y su presencia básica o avanzada en Internet.

• Gestionar las redes sociales.

• Reforzar la ciberseguridad.

• Garantizar las comunicaciones seguras.

• Ampliar la gestión de los clientes.

• Utilizar la inteligencia empresarial y analítica en los procesos.

• Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual.

• Implantar la factura electrónica.

• Generar una plataforma de Marketplace -centro comercial en línea- que agrupe varias tiendas en el mismo sitio web, a las que el consumidor pueda acceder para comprar sus productos.

2. ¿A cuánto ascienden las ayudas del Kit Digital para autónomos?

La ayuda del Kit Digital permite que los autónomos y las microempresas -segmento 3- de tres o menos empleados puedan cobrar hasta 2.000 euros para invertir en la solución digital que sea de su interés, si bien Jesús Herrero, director general de Red.Es, anunció el mes pasado que elevaría la cuantía de los bonos del Kit Digital, destinados a soluciones integrales que permitan la digitalización de los negocios.

Según declaró, la entidad pública incrementará un 50% la cuantía que se otorga en los bonos de Kit Digital para microempresas y autónomos, por lo que los trabajadores podrían ver ascender el importe de la ayuda de los 2.000 a 3.000 euros.

Cuando la microempresa tiene entre tres y diez asalariados -segmento 2-, la cobertura del Kit Digital para la solución elegida alcanza los 6.000 euros. Si se trata de una pequeña empresa de entre diez y cincuenta empleados -segmento 1-, la cuantía del bono asciende a 12.000 euros.

Estos tres segmentos se vieron beneficiados de una extensión del plazo de solicitud de las soluciones el año pasado. Así, autónomos y microempresas podrán solicitar las ayudas hasta este diciembre, fecha límite para tramitar el bono de 2.000, 6.000 o 12.000 euros.

Las convocatorias abiertas -que se encuentran también disponibles para comunidades de bienes o sociedades civiles profesionales- pueden encontrarse en el siguiente enlace.

3. ¿Cuándo termina el plazo de presentación de las solicitudes?

Las empresas de todos los segmentos pueden presentar su solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024, a las 11:00 horas.

4. ¿Cuántas convocatorias hay abiertas?

Actualmente, hay abiertas hasta cuatro convocatorias diferentes del Programa Kit Digital. Todas están activas de forma paralela y son las siguientes:

• Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I -entre 10 y menos de 50 empleados-.

• Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento II -entre 3 y menos de 10 empleados-.

• Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento III – autónomos y entre 0 y 2 empleados-.

• Ayudas destinadas a digitalizar comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida de los segmentos I, II y III.

5. Pasos para que el autónomo solicite el Kit Digital

La ayuda de Kit Digital se puede tramitar a través del sistema ‘cero papeles’, diseñado por Red.es, mediante los siguientes pasos:

• Los autónomos tendrán que comprobar que cumplen los requisitos generales establecidos, entre los que se encuentran:

o Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.

o Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresa.

o Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria.

o No estar considerado como una empresa en crisis.

o Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

o No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía.

• Los autónomos deben registrarse en la plataforma Acelera pyme y, después, realizar el test de diagnóstico digital. Este test les permitirá comprobar su nivel de digitalización.

• Consultar las soluciones de digitalización disponibles que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Este paso pueden llevarlo a cabo gracias al catálogo de agentes digitalizadores, disponible en Red.es. Los agentes son los que ofrecen esos servicios o soluciones que los trabajadores por cuenta propia desean implantar en su actividad.

• Presentar la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es.

• Una vez concedido el bono, deben elegir un agente digitalizador autorizado y firmar un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que el autónomo desea. Todo el procedimiento se realiza a través de la web de Red.es, y será el agente digitalizador seleccionado el que gestione el peso del procedimiento, según la guía de formalización de acuerdos de prestación de soluciones de digitalización del Ministerio.

6. ¿Qué gastos no pueden subvencionar los autónomos en el Programa Kit Digital?

Según las bases reguladoras, no se consideran subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, que se devenguen en la adopción de soluciones de digitalización, según el artículo 31 de la ley General de Subvenciones.

Tampoco los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local; los intereses de las deudas; los intereses de mora; los recargos y las sanciones administrativas y penales y los gastos que provengan de procedimientos judiciales.

Además, entre las acciones que no se consideran subvencionables están :

• Los gastos financieros.

• Los gastos de infraestructura y obra civil.

• Terrenos.

• Hardware.

• Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.

• Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas. Por ejemplo, los gastos por los servicios de asesoría o gestoría y similares.

7. ¿Cómo puedo convertirme en agente dinamizador para ayudar a otros autónomos y empresas?

Los negocios pueden convertirse en agentes digitalizadores siempre que cumplan los requisitos descritos a continuación.

• Si se trata de autónomos, la facturación tendrá que alcanzar los 70.000 euros como mínimo en los dos años previos a la solicitud, o de 35.000 euros en el año anterior a la solicitud como agente digitalizador, y en proyectos similares a los que se ofrecen a través de las soluciones del programa.

• En el caso de las pymes, deberán tener una facturación, acreditada en el mercado español, que sea de al menos 100.000 euros en los dos años anteriores, o de 50.000 euros en el año anterior, a la solicitud como agente adherido, dentro de proyectos similares.

Además, ambos perfiles deberán demostrar el domicilio fiscal y el centro de presentación de las soluciones que se aplican mediante la subvención en la Unión Europea (UE), y tendrán que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

8. ¿Cómo presentar la solicitud para ser agente digitalizador?

Hay que acceder al formulario de adhesión de la sede electrónica de Red.es. El plazo para convertirse en agente dinamizador adherido mantiene la misma fecha límite que la convocatoria, por lo que estará activo durante toda la duración del programa.

9. ¿Cuándo y cómo comenzar a prestar el servicio como agente digitalizador

El plazo para prestar el servicio como agente comienza una vez firmado el acuerdo de prestación de soluciones digitales entre las partes. Desde ese momento, contará con tres meses para implantar en el negocio la solución seleccionada por el beneficiario del bono.

Además, los agentes, que “recibirán directamente las cuantías” para cada solución, deberán haber justificado previamente el acuerdo y el desarrollo de su trabajo, para lo que pueden seguir las pautas disponibles en el siguiente enlace.

10. ¿Cómo pueden los autónomos justificar las ayudas del Kit Digital?

Tanto los autónomos y negocios como los agentes digitalizadores, tienen que justificar la implementación de las soluciones de digitalización del negocio. La justificación del trabajo que se va llevar a cabo debe presentarse por el agente digitalizador, pero parte del acuerdo entre autónomo y agente, y que deben suscribir ambas partes.

Los autónomos, además, deben saber que el plazo para justificar la implantación de las soluciones de Kit Digital empieza a contar desde la emisión de la factura. Según las fuentes consultadas, desde ese momento se contabilizan doce meses de prestación de servicios. A partir de ahí, vuelve a contar un plazo de tres meses para el proceso de justificación.

11. Los autónomos tienen tres meses de plazo para implementar la solución digital

Según Red.es el plazo para la implantación comienza una vez validado el acuerdo. A partir de esta fecha de firma del acuerdo, el autónomo y el agente digitalizador tienen tres meses para implementar la solución. Además, tendrán entre tres y seis meses para emitir la factura correspondiente.

• Para las pymes de entre 10 y 50 trabajadores -segmento 1-. En esos tres meses se debe haber abonado también la factura o IVA del servicio, que es deducible en la declaración trimestral.

• Para las micropymes de entre 3 y 10 empleados -segmento 2-. El plazo para abonar la factura aumenta otros tres meses más, siendo un total de seis meses de plazo.

• Para las los autónomos persona física y las micropymes de hasta 2 trabajadores -segmento 3-. El plazo es el mismo que el del segmento 2, por lo que hay hasta seis meses para el pago de la factura.

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El Gremio de Librerías de Sevilla celebró ayer el Dia del Libro en la cita “Leer para vivir”, con la colaboración del Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía

El Gremio de Librerías de Sevilla celebró ayer el Dia del Libro en la cita “Leer para vivir”, con la colaboración del Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía

Once establecimientos del Gremio de Librerías de Sevilla estuvieron presentes ayer en la Plaza de San Francisco en la cita “Leer para vivir”.

A las 11.00 h. comenzó la cita con una lectura colectiva del Quijote. A partir de ahí la plaza se empezó a llenar de turistas y lectores que querían conocer las últimas novedades y los clásicos del siglo XIX.

En la cita se dieron a conocer las últimas novedades editoriales, y distintos autores firmaron sus obras. Además, destaca la unión de libreros y editores por primera vez en una acción conjunta y la alta implicación del sector editorial.

Para celebrar la efeméride, día del fallecimiento tanto de Miguel de Cervantes como de William Shakespeare, se ha contado con la colaboración de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de Sevilla, y el objetivo ha sido el de fomentar entre los sevillanos y sevillanas el sector del libro como uno de los pilares culturales fundamentales de la sociedad.

En la cita, estuvo presente el Alcalde de Sevilla, José Luis Sanz quien atendió a los miembros de Aprocom allí presentes, y destacó eventos como éste para fomentar el hábito de la lectura y acercarlo al público, sobre todo al infantil, futuros lectores de la ciudad.

Los once establecimientos pertenecientes al Gremio de Librerías de Sevilla y Provincia que estuvieron presentes son:

• Librería Botica de Lectores,

• Librería La traviesa de Changay,

• Librería Casa Tomada,

• librería Entre Líneas,

• Librería Fabulando,

• Baobab Libros,

• Librería El Cuartito,

• Librería Palas,

• Librería el Almazén del Alquimista,

• Librería Padilla libros

• Librería Rayuela infancia.

En este sentido Miguel Escalera, presidente del Gremio de Librerías de Sevilla y Provincia, y titular de la Librería Rayuela Infancia, ha destacado la importancia de sacar el libro a la calle y hacer visibles las librerías en el tejido cultural y empresarial de la ciudad. Asimismo, apunta que es necesario dejarse asesorar por su librero de cercanía.

Por otra parte, Sonia Domínguez, vicepresidenta del Gremio de Librerías de Sevilla y Provincia, y perteneciente a la Librería Palas, subraya el trabajo cotidiano que desarrollan en los barrios las librerías de cercanía.

También ha estado presente la Asociación de Amigos del Libro Antiguo y la Asociación de Editoriales de Andalucía.

Precisamente José Manuel Quesada, director de la Feria del Libro Antiguo y dueño de la librería Alejandría destaca que «Esta idea parte de una reivindicación de todos los libreros” y expresa que este tipo de eventos y la propia Feria que dirige son «vitales para la supervivencia» de las librerías de viejo.

Durante todo el día, las librerías de Sevilla y provincia se sumaron a esta efeméride haciendo un 10% de descuento y recomendaciones de libros.

Aprocom estuvo presente para cubrir el evento con la realización de videos conmemorativos de la cita y entrevistas al Alcalde y responsables del Gremio.

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«No ha habido botellón». Los empresarios califican de «éxito» no haber limitado la venta de alcohol en la Feria de Abril

«No ha habido botellón». Los empresarios califican de «éxito» no haber limitado la venta de alcohol en la Feria de Abril

La Confederación de Empresarios de Sevilla (CES) hizo ayer sábado un balance positivo de la Feria de Abril al considerar que el fin de la limitación a la venta de alcohol en las zonas aledañas al Real por parte del Ayuntamiento de Sevilla ha sido «un éxito». Para la CES, «el hecho de que no haya habido botellón en el perímetro marcado fuera de la Feria confirma la acertada y valiente decisión del alcalde, José Luis Sanz, de eliminar las medidas restrictivas para la actividad comercial y corrobora que las limitaciones de años anteriores eran desproporcionadas en comparación con los resultados obtenidos».

Así lo ha destacado la patronal sevillana en una nota de prensa en la que ha subrayado que la “colaboración» entre la CES y la Administración local «ha sido clave para garantizar la normal convivencia del entorno, sin necesidad de que se viera afectada la actividad comercial ni los usuarios de la zona, como ocurrió en años anteriores con la imposición de restricciones horarias a la venta de alcohol”

En este sentido, los empresarios sevillanos han recordado que el sector comercial ha actuado bajo la normativa vigente «como lo haría en cualquier época del año». «Sin embargo, el fin de la Ley Seca ha demostrado que la venta de alimentos y bebidas alcohólicas de los comercios no era una de los causantes de la práctica del botellón», ya que según fuentes de la Policía Local de Sevilla no ha habido botellón durante la Feria de Abril de 2024 en ese entorno, ha esgrimido la CES.

Por tanto, «al igual que el alcalde, consideramos que la Ley Seca era desmesurada, ya que vulneraba los principios de seguridad jurídica, proporcionalidad, necesidad y eficiencia al afectar negativamente a la actividad empresarial de los negocios de la zona y perjudicar a los miles de consumidores, usuarios residentes y trabajadores de estas zonas, que ya de por sí se ven afectados en este periodo por muchas restricciones y que no siempre pueden alterar sus horarios de compra fuera del perímetro afectado«.

Del mismo modo, desde la CES, se ha hecho balance «muy positivo» de los diez años como miembro activo del Centro de Coordinación Operativa (Cecop) del Ayuntamiento de Sevilla, donde ha «trabajado en la mejora del desarrollo de las Fiestas Mayores de la ciudad, y como representante del mundo empresarial, defendiendo los intereses empresariales ante la administración local y distintas áreas municipales».

Queremos aprovechar también para agradecer no solo al ayuntamiento actual, sino a los responsables de los anteriores ayuntamientos por su compresión permanente y su paciencia para entender nuestras propuestas; han sido unos años duros de aprendizaje y adaptación al operativo, que nos hace, después de tantos años, sentirnos un elemento más, para aportar nuestro granito de arena en la mejora de la seguridad y movilidad de la ciudad y sus empresarios.

Desde la Ces continuaremos defendiendo los intereses empresariales para futuros grandes eventos de la ciudad, donde seguiremos de la mano del ayuntamiento de Sevilla para hacer una Sevilla con una excelente coordinación con el mundo empresarial

Fuente:

https://www.abc.es/sevilla/feria-abril/empresarios-califican-exito-haber-limitado-venta-alcohol-20240420121605-nts.html

Aprocom participa como partner en “Foro Empresa 2024”, el evento para impulsar a la pequeña y mediana empresa

Aprocom participa como partner en “Foro Empresa 2024”, el evento para impulsar a la pequeña y mediana empresa

  • El tour de eventos “Business+ Foro Empresa 2024” recorrerá 14 ciudades en 2024
  • Tiene como objetivo seguir impulsando a empresarios y directivos en la gestión del negocio, y abordar los nuevos desafíos y oportunidades a los que se enfrentan las empresas.

Aprocom participa un año más en el evento organizado por Business+, denominado   Business+ Foro Empresa 2024”, un tour de eventos presenciales para 2024 destinado a impulsar y acompañar a los directivos y gerentes en un espacio único, diseñado para inspirar el crecimiento y la gestión. Entre sus objetivos se encuentra abordar desafíos financieros comunes, incentivar la transformación digital, optimizar la gestión financiera, integrar la IA en el negocio, analizar obligaciones legales y facilitar el networking estratégico. Un espacio diseñado para inspirar el crecimiento y la gestión.

El evento será de acceso libre y durará aproximadamente cuatro horas. Durante ese tiempo, expertos realizarán una serie de ponencias de interés para las empresas. Unas jornadas para la reflexión, el diagnóstico de la situación, la búsqueda de soluciones, el análisis de necesidades y el empoderamiento de nuestras mayores fortalezas en las que, además, podrás hacer crecer tu red de contactos.

Estas sesiones interactivas, paneles de expertos y oportunidades de networking son una excelente forma de obtener las herramientas y perspectivas necesarias para llevar a la empresa al siguiente nivel. Se espera la participación de gran número de directivos y profesionales en el tour, entre ellos destacarán directores generales, gerentes, administradores, directores financieros, directores de RR. HH, directores de Marketing, directores Comerciales y directores de Ventas.

El próximo 9 de mayo en Sevilla, la inscripción es gratuita y ya está abierta en la web de Business+.

Lugar:

Hotel Sevilla Center:

https://www.google.com/maps/dir//Av.+de+la+Buhaira,+24,+41018+Sevilla/@37.3738856,-6.0095031,13.5z/data=!4m8!4m7!1m0!1m5!1m1!1s0xd126ea150783aa3:0xf013982dba0a6ccb!2m2!1d-5.9801457!2d37.3814827?entry=ttu

Horario: 9:30 h a 13:30 h

Enlace para inscripción:

https://businessplus.es/evento/business-foro-empresa-sevilla-2024