Apertura del plazo de adhesión de comercios a la segunda campaña de Bono Sevilla

Apertura del plazo de adhesión de comercios a la segunda campaña de Bono Sevilla

El próximo lunes 4 de noviembre, a las 12 h., se inicia un nuevo plazo para solicitar la adhesión de los establecimientos a la siguiente campaña de BonoSevilla.

Durante este período, los comercios que deseen adherirse al Bono Sevilla y no lo hayan hecho en la edición de octubrepodrán solicitar su incorporación en el trámite que encontrarán para tal fin en https://sede.sevilla.org dentro del apartado Empresas y Patrimonio.

Dicho trámite se realizará, como el anterior, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevilla. Éste es el enlace: https://sede.sevilla.org/opencms/system/modules/sede/index#

Los comercios que deseen inscribirse tendrán de plazo hasta el 30 de noviembre de 2024.

Por su parte, los 480 comercios que ya se sumaron a esta campaña en la anterior edición no tendrán que realizar ningún trámite para mantener su adhesión, gracias a la plataforma que el Ayuntamiento puso para tal fin.

Los bonos estarán disponibles en la web www.bonosevilla.es a partir de la segunda quincena de diciembre para su adquisición y canje por parte de los sevillanos, que tendrán de plazo de un mes para comprar y gastar los bonos adquiridos.

Esta convocatoria navideña de Bono Sevilla cuenta con un presupuesto de 575 000 euros.

Como en otras ediciones, los bonos tendrán un precio de 15 euros y un valor de compra de 25 euros, por lo que la diferencia de 10 euros por bono la pagará el Ayuntamiento a través de la adjudicataria al establecimiento donde haya sido canjeado.

Fuente:

https://www.sevilla.org/actualidad/noticias/2024/el-gobierno-de-sanz-pone-en-marcha-la-campana-de-navidad-del-bono-sevilla-que-contara-con-57-500-bonos-para-impulsar-el-comercio-local

Subvenciones para la inserción laboral y el fomento de la contratación en Andalucía, Programa Emplea-T.

Subvenciones para la inserción laboral y el fomento de la contratación en Andalucía, Programa Emplea-T.

El pasado viernes 25 octubre se publicó la convocatoria de subvenciones para la inserción laboral y el fomento de la contratación en Andalucía, Programa Emplea-T.

Hay siete líneas, en función de la modalidad de contratación y persona contratada

• Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas.

• Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes.

• Línea 3. Incentivo a la conversión de contratos indefinidos ordinarios de jornada parcial a jornada completa por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.

• Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.

• Línea 5. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas que hayan realizado prácticas no laborales en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES) por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.

• Línea 6. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.

• Línea 7. Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de corporaciones locales.

Adjuntamos Circular explicativa y normativa reguladora.

El plazo para la presentación de las solicitudes para las Líneas 1, 2 y 4 será desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA, o sea desde hoy 28 octubre, hasta el 30 de abril de 2025.


SUBVENCIONES CONTRATACION EMPLEA T
BOJA 25 OCT EXTRACTO CONVOCATORIA
BOJA 25 OCT RESOLUCION CONVOCATORIA
BOJA ORDEN 3 OCTUBRE BASES REGULADORAS CONTRAT DISCAPACIDAD
Subvenciones destinadas a mejorar la competitividad y digitalización de comercios.

Subvenciones destinadas a mejorar la competitividad y digitalización de comercios.

El viernes 25 octubre se publicó la convocatoria de subvenciones destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía. Esta convocatoria, de momento, sólo contempla una de las dos líneas de subvenciones de la Orden de 3 de octubre de 2024, en concreto las de la Modalidad A.

Incluye:

  • º Costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración.
  • º Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición, almacenaje y venta del local comercial y del establecimiento
  • º Adquisición de equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición, almacenaje y venta y al establecimiento
  • º Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local comercial o el taller artesano, incluidos los elementos necesarios para ello, como escaparates, carteles, puertas, marquesinas y toldos..

Van destinadas a aquellos comercios cuyo CNAE se incluya en el listado que se adjunta.

Adjuntamos también la normativa reguladora y una presentación de estas ayudas.

El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones será de veinte días hábiles a contar desde hoy 28 octubre hasta el 25 de noviembre inclusive.

SUBVENCIONES DIGITALIZACION MODALIDAD A
Convocatoria modalidad A sector comercial y artesano
Extracto convocatoria
Presentación convocatoria 2024
comercios-subvencionables
Subvenciones para la inserción laboral y el fomento de la contratación en Andalucía, Programa Emplea-T.

Convocatoria de subvenciones a la conciliación

El BOJA 18 de octubre publica el Extracto de convocatoria para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Objeto

Subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a empresas con sede social en Andalucía.

Las actividades y proyectos subvencionables deberán estar encuadrados en los conceptos subvencionables previstos en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la línea convocada.

Beneficiarios

Entidades que pueden solicitar las subvenciones: Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria, empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas.

Solicitudes

Forma de presentación de solicitudes: Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo que figura como Anexo I.

Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (hasta 29 octubre inclusive)

Plazo de ejecución de las acciones.

El plazo de ejecución de las actividades deberá estar comprendido desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión

Más información:

Fuente:

  • Convocatoria:

Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones correspondientes a la línea 9 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía y su extracto.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/204/BOJA24-204-00014-52332-01_00309280.pdf

  • Extracto de convocatoria:

Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones correspondientes a la línea 9 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/204/BOJA24-204-00014-52332-01_00309280.pdf

Festivos Laborales para el año 2025

Festivos Laborales para el año 2025

El BOE de 18 octubre publica la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025.

Las diecisiete Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla han remitido al Ministerio de Trabajo y Economía Social la relación de fiestas laborales para el año 2025, a las que se da publicidad mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se enumeran las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable, distinguiendo entre las señaladas en los apartados a), b) y c), que tienen el carácter de nacionales y no sustituibles por las comunidades autónomas, y las reflejadas en el apartado d), respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden optar entre la celebración en su territorio de dichas fiestas o su sustitución por otras que, por tradición, les sean propias.

Además, las comunidades autónomas tienen la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de San José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio.

También se faculta a aquellas comunidades autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales, por no coincidir con domingo, un suficiente número de fiestas nacionales para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

Además de las doce fiestas resultantes por aplicación de los anteriores apartados, y en desarrollo del artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores citado anteriormente, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983 establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que, por tradición, sean propias en cada municipio, las cuales se publicarán en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, en su caso, en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

Asimismo, el BOJA 10 octubre publica la Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.

Para los municipios de la provincia de Sevilla serán las contenidas en las págs. 19- 21 de la Resolución de 4 de octubre de 2024

AGUADULCE 22 DE AGOSTO 25 DE AGOSTO  
ALANÍS DE LA SIERRA 11 DE AGOSTO 8 DE SEPTIEMBRE  
ALBAIDA DEL ALJARAFE 20 DE ENERO 19 DE JUNIO  
ALCALÁ DE GUADAÍRA 30 DE MAYO 22 DE SEPTIEMBRE  
ALCALÁ DEL RÍO 9 DE SEPTIEMBRE 12 DE SEPTIEMBRE  
ALCOLEA DEL RÍO 12 DE MAYO 8 DE SEPTIEMBRE  
ALGABA, LA 16 DE JUNIO 19 DE SEPTIEMBRE  
ALMENSILLA 30 DE JUNIO 6 DE OCTUBRE  
ARAHAL 22 DE JULIO 8 DE SEPTIEMBRE  
AZNALCÁZAR 19 DE JUNIO 25 DE JULIO  
BADOLATOSA 25 DE ABRIL 8 DE SEPTIEMBRE  
BENACAZÓN 5 DE AGOSTO 6 DE AGOSTO  
BOLLULLOS DE LA MITACIÓN 19 DE SEPTIEMBRE 27 DE OCTUBRE  
BORMUJOS 4 DE JUNIO 29 DE AGOSTO  
BRENES 19 DE JUNIO 10 DE OCTUBRE  
BURGUILLOS 30 DE MAYO 3 DE OCTUBRE  
CABEZAS DE SAN JUAN, LAS 24 DE JUNIO 15 DE SEPTIEMBRE  
CAMAS 11 DE ABRIL 12 DE SEPTIEMBRE  
CAMPANA, LA 19 DE MAYO 10 DE SEPTIEMBRE  
CANTILLANA 11 DE ABRIL 8 DE SEPTIEMBRE  
CAÑADA ROSAL 26 DE JULIO 27 DE AGOSTO  
CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES 19 DE JUNIO 6 DE OCTUBRE  
CASARICHE 25 DE MARZO 28 DE JULIO  
CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS 25 DE AGOSTO 15 DE SEPTIEMBRE  
CASTILLEJA DE GUZMÁN 30 DE JUNIO 20 DE OCTUBRE  
CASTILLEJA DE LA CUESTA 21 DE ABRIL 25 DE JULIO  
CASTILLEJA DEL CAMPO 19 DE JUNIO 11 DE AGOSTO  
CASTILLO DE LAS GUARDAS, EL 23 DE JUNIO 11 DE AGOSTO  
CAZALLA DE LA SIERRA 16 DE JULIO 11 DE AGOSTO  
CORIA DEL RÍO 8 DE SEPTIEMBRE 22 DE SEPTIEMBRE  
CORIPE 12 DE MAYO 21 DE ABRIL  
CORONIL, EL 14 DE AGOSTO 18 DE AGOSTO  
CORRALES, LOS 5 DE MAYO 4 DE AGOSTO  
CUERVO DE SEVILLA, EL 7 DE OCTUBRE 19 DE DICIEMBRE  
DOS HERMANAS 22 DE MAYO 26 DE JULIO  
ÉCIJA 8 DE SEPTIEMBRE 19 DE SEPTIEMBRE  
ESPARTINAS 4 DE JUNIO 5 DE SEPTIEMBRE  
ESTEPA 19 DE MAYO 5 DE SEPTIEMBRE  
FUENTES DE ANDALUCÍA 27 DE FEBRERO 18 DE AGOSTO  
GARROBO, EL 2 DE MAYO 18 DE AGOSTO  
GELVES 9 DE MAYO 1 DE SEPTIEMBRE  
GERENA 30 DE MAYO 2 DE JUNIO  
GILENA 7 DE OCTUBRE 29 DE DICIEMBRE  
GINES 4 DE JUNIO 19 DE JUNIO  
GUADALCANAL 25 DE JULIO 1 DE SEPTIEMBRE  
GUILLENA 21 DE ABRIL 8 DE SEPTIEMBRE  
HERRERA 20 DE JUNIO 8 DE AGOSTO  
ISLA MAYOR 16 DE JULIO 29 DE SEPTIEMBRE  
LANTEJUELA 2 DE JUNIO 7 DE OCTUBRE  
LEBRIJA 11 DE SEPTIEMBRE 12 DE SEPTIEMBRE  
LORA DE ESTEPA 25 DE ABRIL 29 DE SEPTIEMBRE  
LORA DEL RÍO 29 DE MAYO 8 DE SEPTIEMBRE  
LUISIANA, LA 2 DE MAYO 14 DE AGOSTO  
MADROÑO, EL 10 DE FEBRERO 26 DE MAYO  
MAIRENA DEL ALCOR 28 DE ABRIL 8 DE SEPTIEMBRE  
MAIRENA DEL ALJARAFE 23 DE ENERO 27 DE JUNIO  
MARCHENA 20 DE ENERO 19 DE JUNIO  
MARINALEDA 25 DE ABRIL 4 DE DICIEMBRE  
MARTÍN DE LA JARA 28 DE JULIO 7 DE OCTUBRE  
MORÓN DE LA FRONTERA 19 DE SEPTIEMBRE 22 DE SEPTIEMBRE  
NAVAS DE LA CONCEPCIÓN, LAS 30 DE JUNIO 8 DE SEPTIEMBRE  
OLIVARES 19 DE JUNIO 5 DE AGOSTO  
OSUNA 19 DE MAYO 8 DE SEPTIEMBRE  
PALACIOS Y VILLAFRANCA, LOS 5 DE AGOSTO 25 DE SEPTIEMBRE  
PALMAR DE TROYA, EL 16 DE JULIO 2 DE OCTUBRE  
PALOMARES DEL RÍO 9 DE JUNIO 8 DE SEPTIEMBRE  
PARADAS 5 DE MAYO 15 DE JULIO  
PEDRERA 6 DE MARZO 13 DE JUNIO  
PEDROSO, EL 4 DE AGOSTO 8 DE SEPTIEMBRE
PEÑAFLOR 18 DE AGOSTO 8 DE SEPTIEMBRE
PILAS 21 DE ABRIL 30 DE JUNIO
PRUNA 5 DE MAYO 25 DE AGOSTO
PUEBLA DE CAZALLA, LA 19 DE MARZO 15 DE SEPTIEMBRE
PUEBLA DE LOS INFANTES, LA 2 DE JUNIO 19 DE AGOSTO
PUEBLA DEL RÍO, LA 20 DE ENERO 19 DE JUNIO
RINCONADA, LA 19 DE MARZO 15 DE SEPTIEMBRE
RODA DE ANDALUCÍA, LA 27 DE JUNIO 8 DE SEPTIEMBRE
RONQUILLO, EL 8 DE AGOSTO 8 DE SEPTIEMBRE
RUBIO, EL 5 DE MAYO 4 DE AGOSTO
SALTERAS 31 DE ENERO 3 DE FEBRERO
SAN JUAN DE AZNALFARACHE 19 DE JUNIO 24 DE JUNIO
SAN NICOLÁS DEL PUERTO 12 DE MAYO 13 DE NOVIEMBRE
SANLÚCAR LA MAYOR 16 DE MAYO 19 DE JUNIO
SEVILLA 7 DE MAYO 19 DE JUNIO
TOCINA 13 DE MAYO 15 DE SEPTIEMBRE
TOMARES 19 DE JUNIO           5 DE SEPTIEMBRE
UMBRETE 9 DE JUNIO 25 DE AGOSTO
UTRERA 24 DE JUNIO 8 DE SEPTIEMBRE
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN 19 DE JUNIO 10 DE OCTUBRE
VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA 9 DE JUNIO 15 DE SEPTIEMBRE
VILLANUEVA DE SAN JUAN 24 DE JUNIO 7 DE OCTUBRE
VILLANUEVA DEL RÍO Y MINAS 26 DE MAYO 4 DE DICIEMBRE
VILLANUEVA DEL ARISCAL 11 DE ABRIL 25 DE JULIO
VILLAVERDE DEL RÍO 26 DE MAYO 8 DE SEPTIEMBRE
VISO DEL ALCOR, EL 19 DE MAYO 12 DE SEPTIEMBRE

 

Fuente:

  • BOE Resolución de 15 de octubre de 2024:

https://www.boe.es/boe/dias/2024/10/18/pdfs/BOE-A-2024-21316.pdf

  • BOJA Resolución de 4 de octubre

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/198/BOJA24-198-00021-51837-01_003  08787.pdf

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