La Feria de Sevilla recuperará oficialmente su formato tradicional a partir de este mismo año. El Pleno del Ayuntamiento aprobó ayer jueves la modificación del artículo primero de la ordenanza que regula esta fiesta para que vuelva a celebrarse entre el martes y el domingo de la tercera semana posterior a la Semana Santa, de modo que el alumbrado y la cena del pescaíto será en la noche del lunes, tal y como ocurría hasta el año 2016.
Con esta decisión, la fecha para la edición de 2025 queda fijada definitivamente entre el 6 y el 11 de mayo, día en el que se pondrá el punto y final con los fuegos artificiales.
La decisión municipal llega ocho meses después de que el gobierno municipal realizara una consulta ciudadana para conocer la opinión de los sevillanos sobre el modelo de la Feria, a los que se preguntó sobre si preferían regresar al formato tradicional de martes o domingo o, por contra, mantener el actual de sábado a sábado.
Aquel referéndum convocado poco después de la edición de 2024, en el mes de mayo del pasado año, ofreció un resultado muy igualado, aunque una mayoría
del 52% de los participantes optaron porque la Feria volviera a su extensión tradicional.
Un mandato que llevó al alcalde José Luis Sanz a iniciar la tramitación de esta modificación, que se ha retrasado más de lo previsto y que, finalmente, se resolvió ayer en el Pleno por la vía de urgencia.
Aprocom y la Fundación Nortempo han firmado un convenio de colaboración para que los alumnos que cursen la acción formativa Auxiliar de Ventas, que imparte Fundación Nortempo a través del Ayuntamiento en el programa Sevilla Integra, posteriormente puedan realizar prácticas no laborales que les permitan conocer el mundo laboral.
La acción formativa “Auxiliar de ventas” tiene prevista su realización durante 60 horas, desde el 16 al 31 de enero. Tras recibir las nociones teóricas, el alumnado realizará las prácticas profesionales en empresas.
¿En qué consisten las prácticas?
Son experiencias profesionales dentro de las instalaciones del comercio local de Sevilla, durante 95 h. (de lunes a viernes, 5 h./día). Desde Fundación Nortempo se responsabilizan de incluir al alumnado en una póliza de seguros en caso de accidentes y de otorgar a los estudiantes de una beca en concepto de ayuda al acompañamiento.
Cómo empresa, ¿tengo que pagar?
No, las prácticas para la empresa son totalmente gratuitas y no tienen compromiso de contratación. Tan solo se trata de otorgar al participe de una experiencia profesional en la empresa.
¿Cuál sería la gestión?
Es necesaria la firma de un convenio de colaboración entre la empresa y Fundación Nortempo. La gestión documental es rápida y sencilla y el equipo Técnico de Fundación Nortempo estará revisando el procedimiento.
¿Cuál sería el calendario?
• Inicio de prácticas: 03/02/2024
• Fin de prácticas: 27/02/2024
Contacto de Fundación Nortempo para cualquier consulta:
Ayer martes 7 de enero se reanudaron las obras en la calle Zaragoza, concretamente en el tramo entre las calles Madrid y Joaquín Guichot. Estas actuaciones forman parte del proyecto integral de renovación de redes de abastecimiento y saneamiento, la instalación de una nueva red de agua y la completa reurbanización de la calle, con el objetivo de modernizar y mejorar su estética, funcionalidad y accesibilidad.
Durante el desarrollo de esta fase, el tráfico rodado quedará restringido en toda la zona afectada por las obras, lo que imposibilitará el acceso a los garajes del área (pertenecientes a los órganos de Administración y Justicia de la Junta de Andalucía).
Se mantendrá el acceso a la Plaza Nueva a través de la calle Madrid, mientras que el acceso por la calle Badajoz quedará temporalmente interrumpido. Por su parte, durante las obras, las calles Gamazo, Jimios y Harinas modifican su sentido.
Está previsto que esta fase final concluya en los primeros días de abril, garantizando la disponibilidad de este tramo de la calle Zaragoza antes de Semana Santa.
Toda la información referente a las obras ha sido comunicada previamente a los comerciantes y vecinos de la zona. Desde el Ayuntamiento, se agradece su colaboración y comprensión durante este proceso, que está transformando significativamente el entorno y la accesibilidad de una de las vías más emblemáticas del Casco Antiguo de Sevilla.
En acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Municipal, en la sesión de 27 de diciembre de 2024, se aprobó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas al apoyo a la empresa sevillana 2024.
OBJETO
Estas subvenciones están destinadas a incentivar la inversión de empresas sevillanas, que permitan corregir algunos de los factores que dificultan la mejora de su competitividad, como pueden ser los relativos al déficit tecnológico y la falta de inversiones en locales y equipamientos, favoreciendo así su mantenimiento y consolidación; especialmente a aquellas empresas que hayan sido reconocidas por el Ayuntamiento de Sevilla como titulares de establecimientos emblemáticos.
Beneficiarios
Línea 1: ayudas a las empresas sevillanas, que cumplan los requisitos establecidos en la página 3, apartado 5 de la convocatoria:
domicilio fiscal y domicilio de actividad en Sevilla
fecha de inicio de la actividad: entre el 01/01/2019 y el 06/01/2025
Línea 2: ayudas a establecimientos emblemáticos, con distintivo concedido por el Ayuntamiento, que realicen inversiones vinculadas a la actividad del establecimiento.
Conceptos subvencionables
Se considerarán subvencionables, para las dos líneas de ayudas:
Rehabilitación y adecuación del local
Instalaciones técnicas del local
Bienes de equipo y maquinaria
Adquisición de mobiliario
Equipos informáticos
Inversiones en otros activos fijos materiales
Inversiones en activo fijo inmaterial
Cuantía:
Línea 1 Ayudas a las empresas sevillanas
Hasta el 80 % de la inversión. Límite: 6.000 €
Línea 2: Establecimientos emblemáticos:
Hasta el 100 % de la inversión. Límite: 6.000 €
Plazo de ejecución
Se podrán considerar subvencionables aquellas inversiones realizadas por los beneficiarios desde el 1 abril 2024 hasta 31 mayo 2025
SOLICITUD
El trámite de solicitud podrá efectuarse de manera presencial o a través de sede electrónica conforme indica el artículo 14 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común.
PLAZO
El plazo de solicitud será de 30 días naturales a contar desde mañana día 8 enero.
DOCUMENTACIÓN
Junto a la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación:
1)Formulario de solicitud de subvención debidamente cumplimentado y firmado. (Anexo I)
2)Acreditación de la personalidad:
En caso de persona física, DNI o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
b. En caso de personas jurídicas, sociedad civil o comunidad de bienes:
NIF de la persona jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes.
Contrato de constitución debidamente registrado de la sociedad civil o comunidad de bienes.
Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que presenta la solicitud en caso de no ser la misma persona.
DNI o NIE acompañado por el pasaporte de la persona administradora y de la persona que presenta la solicitud en caso de no ser la misma.
3)Certificado actualizado de Situación Censal del solicitante que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local afecto a la actividad, ambos en el municipio de Sevilla.
4)Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente, en el supuesto de persona física. Alta en el régimen de la Seguridad social correspondiente de los miembros que compongan el órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes.
5)Solicitud de transferencia bancaria sellada por la entidad financiera correspondiente donde se ingresará la ayuda en caso de resultar beneficiario, según modelo contenido en Anexo V, acompañada de certificado de titularidad bancaria expedido a nombre del solicitante.
6) Documentación específica para valorar los criterios de valoración:
Certificado expedido por la presidencia, la secretaría o persona competente de la asociación de carácter empresarial a la que pertenezca la persona solicitante que acredite que es socia de la misma, su antigüedad y que se encuentra al corriente en el pago de la cuota correspondiente.
Declaración responsable sobre la participación del solicitante persona física o, en el caso personas jurídicas, del administrador o socio trabajador en las actividades ofertadas por Sevilla Emprendedora según modelo adjunto Anexo XII.
7) En el caso de que alguna documentación de la indicada en los apartados anteriores ya se encontrara en poder del Ayuntamiento de Sevilla, deberá indicar expresamente por el solicitante el Servicio municipal ante el que se presentó, así como, la identificación exacta del expediente administrativo correspondiente, acompañando declaración responsable del representante legal de la entidad de que dichos
documentos no han experimentado variaciones y continúan plenamente en vigor conforme al Anexo III. No podrá realizarse remisión a expedientes que tengan una antigüedad superior a cuatro años.
OTROS ANEXOS
A continuación, se relacionan otros anexos que deberá de ir incorporando según las distintas fases de tramitación de este procedimiento:
Anexo II: Formulario de alegaciones/ reformulación/ desistimiento/ presentación de documentación.Anexo III: Aceptación de subvención.
Del Anexo VI al XI: Anexos para justificación de la subvención concedida
El 1 de enero entran en vigor las Ordenanzas Fiscales de 2025 de la ciudad de Sevilla, que siguen reduciendo la presión fiscal. Congelan todos los impuestos locales, todas las tasas y todos los precios públicos e incorporan más bonificaciones tributarias.
Las Ordenanzas Fiscales congelan para los sevillanos en 2025 todos los impuestos locales, todas las tasas y todos los precios públicos e incorporan más y mejores bonificaciones tributarias dirigidas fundamentalmente a las familias numerosas, sevillanos que viven en VPO, vecinos afectados por obras, taxistas, y comerciantes.
A este respecto se establece una nueva bonificación en el IBI del 50% para los establecimientos emblemáticos de la ciudad. De esta manera, los comercios que cuenten con el distintivo de la Ordenanza de Establecimientos Emblemáticos de la Ciudad de Sevilla van a contar, por primera vez, con un beneficio fiscal en este caso, una bonificación del 50% en el IBI. Esta reducción hay que solicitarla (no se aplicaba de oficio), desde el 01/01 a 01/03.
Entre los diversos convenios colectivos de trabajo que negocia la patronal Aprocom, Confederación Provincial de Comercio, Servicios y Autónomos deSevilla, en la mañana de ayer se firmó el Convenio colectivo de trabajo de tintorerías de uso doméstico de la provincia de Sevilla, iniciándose un nuevo período deregulación de las relaciones laborales del sector hasta diciembre del año 2025.
En la mesa negociadora han intervenido los distintos representantes de la patronal Aprocom y los de los sindicatos CCOO y UGT.
El nuevo texto prevé una subida salarial del 2,8 por ciento anual para los años 2024 y 2025, y, en el mismo, se introducen novedades importantes como laregulación de los contratos eventuales y fijos discontinuos para adaptarlos a lanueva legislación laboral.
También se introducen novedades en materia de horas extraordinarias paralimitar la posibilidad de su realización en los meses de cada año en los que la demanda del consumidor aumenta respecto de los períodos normales.
Se regulan también los requisitos y garantías que deben seguir las empresas enlos llamamientos que conforman los contratos fijos discontinuos y se introducen innovaciones en los preceptos que regulan las licencias retribuidas para adecuar eltrabajo a la conciliación familiar.
Las negociaciones se han extendido a seis meses desde que se iniciaron las mismas y han concluido con este acuerdo que afecta a más de trescientas empresas de Sevilla yprovincia y a más de 2.000 trabajadores.
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