Solicitan apertura de horarios p ara todos los sectores afectado s y movilidad entre municipios para poder salvar las ventas en este periodo.
Aprocom, la Confederación Provincial de Comercio, Servicios y Autónomos de Sevilla y
Provincia, ante las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno de cara a la Navidad, y su
llamamiento a planificar las compras para evitar aglomeraciones, solicita a la Junta de
Andalucía una ampliación de las horas de apertura de comercios. Ante el comienzo de la
campaña de Navidad , e n estas fechas más que nunca es clave la presencia del comercio en
barrios y ciudades , y , por ello , reclamamos más horario de apertura , al ser u n sector necesario
para la vida de los barrios pueblos y ciudades
A l igual que se ha hecho con las jugueterías , otros sub sectores comerciales son claves para
estas fechas, y más teniendo en cuenta que l a campaña de navidad supone aproximadamente
el 30% de la facturación anual del comercio tradicional.
Solicitan a la Junta una armonización de criterios y una extensión d el horario más allá de las
18 ,00 h horas no so lo a las juguetería s , sino a todas aquellas tiendas de numerosos
sub sectores que viven en esta campaña de Navidad su mayor momento de ventas y se están
viendo seriamente perjudicados por esta medida, como la joyería, relojería, bisutería, textil,
moda, informática, belleza, regalos, decoración, y un largo etc . Estos también son sectores que
necesitan equilibrar sus ventas en estos momentos de temporada alta navideña en el
comercio.
E n este sentido, los comerciantes nos hacen saber que las tardes son nulas desde el punto de
vista comercial por el horario de ci erre tan cercano al medio día.
Por ello solicitamos que se amplíe el horario de cierre en estos momentos tan crítico s, dado
q ue , ello, unido a las restricciones de movilidad, limita mucho el acceso de la clientela , y se
permita así que la tarde también sea una jornada de compras.
Ello por dos motivos fundamental es; por una parte, y, prevaleciendo siempre los criterios de
salud pública, para facilitar esa previsión en las compras y evitar aglomeraciones , es
necesaria la ampliación del horario de apertura , ya que son muchas las personas q ue por su
trabajo , estudios o situación no pueden realizar compras antes de las 18.00 h. L os comercios
son los establecimientos más seguros y cumplen todas las recomendaciones y medidas
establecidas en documentos como el Protocolo y Guía de Buenas Prácticas dirigidas a la
Actividad Comercial publicados por la Subdirección General de Apoyo al Pequeño Comercio
del Ministerio de Comercio .
A demás, desde Aprocom s e les facilitó en la primera ola un protocolo con las medidas, que
tienen expuesto en su establecimiento, para garantizar un ejercicio seguro y responsable a la
actividad de venta y atención al público.
La estancia media en un pequeño comercio es de 15 minutos máximo, por lo que , al tener
implantad as todas l as medidas del protocolo , la posibilidad de contagio es mínima, y , por ello ,
la compra en el comercio tradicional es una compra segura .
P or otra parte, y haciendo un llamamiento a los c nsumidores para que apuesten por el
comercio local y de proximidad en esta campaña de Navidad , Aprocom reivindica el papel
importantísimo que juega l a presencia de la tienda física . A sí, ante la facilidad de la venta
online de las grandes plataformas, que muchas de ellas no fiscalizan en España , con tu compra
en la tienda física puedes contribuir a la recuperación económica de un sector que se ha visto
especialmente afectado por la Covid – 19 .
El pequeño comercio físico de Andalucia aporta más del 11% al PIB de nuestra comunidad y ,
viendo el panorama de nuestras calles , con infinidad de locales disponibles , no nos podemos
permitir que ni un solo comercio más se vea abocado al cierre por las limitaciones a la
movilidad que tenemos en estos momentos.
A demás , l a limitación de movilidad entre municipios cercanos es un freno claro al consumo ,
más teniendo en cuenta que muchos municipios , por sus dimensiones , no pose en oferta
comercial suficiente , y suelen realizar las compras en otros cercanos de más oferta. Esa
restricción actual hará que se concentre aún más la afluencia de público en los últimos días
cercanos a Navidad, con las consecuencias de riesgo sanitario que pueden producir.
La Orden de 29 de octubre de 2020 (BOJA num.73 de 20 octubre) establece los niveles de alerta sanitaria y la adopción de medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19.
La adopción de estos niveles tendrá una duración de 14 días naturales, sujeta a seguimiento continuo.
Nivel 4
Este nivel, el máximo contemplado, incluye a los 450 municipios confinados, es decir, las tres provincias completas de Sevilla, Granada y Jaén y las localidades de los distritos sanitarios Córdoba Sur, La Vega de Málaga y Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.
CAPÍTULO VIII
MEDIDAS PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES (nivel 4)
En el nivel de alerta sanitaria 4, la ocupación del establecimiento no podrá superar el 50% del aforo autorizado.
Se deberá garantizar una distancia mínima de un metro y medio entre clientes y entre éstos y los trabajadores, que deberá señalarse de forma clara con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería..
En la entrada del local deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida.
Deberán seguirse las medidas de limpieza en la zona comercial ya conocidas y extenderse a las zonas privadas de los trabajadores.
Se facilitarán formas de pago y recepción del producto sin contacto.
En los establecimientos del sector comercial textil, de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona y se limpiarán y desinfectarán después de su uso. Siempre habrá de garantizarse la distancia interpersonal obligatoria
La hora de cierre será como máximo las 22:30 ( con las excepciones de desplazamientos del artículo 2 del Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre)
CAPITULO IV
ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA (nivel 4)
Se ha modificado el aforo en los establecimientos de hostelería, donde se permite un 75% en la terraza y un 30% en el interior.
Se debe mantener la debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas para que haya como mínimo 1,5 metros.
La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas
El horario de cierre de los establecimientos será a las 22:30h como máximo.
Se prohíbe el consumo en barra.
Se prohíbe el servicio de buffet.
OTRAS MEDIDAS
En el transporte público deberá haber un asiento de separación entre los viajerosy una ocupación máxima de pie del 50%.
En cuanto al transporte privado, la Junta solo permite dos personas por fila de asientos, sin ocupar el del copiloto.
También cae al 40% la ocupación máxima en los gimnasios y en los cines, teatros y auditorios, con un máximo de 200 personas dentro y 300 en exterior en el último caso.
Además, a los velatorios solo podrán asistir seis personas si son al aire libre y 15 si es en el exterior; mientras que en los banquetes de bodas y otras celebraciones, solo 30 invitados dentro y 50 fuera, siendo el aforo máximo en la ceremonia, civil o religiosa, del 30%.
Por último, los parques permanecerán abiertos, salvo las zonas de juegos infantiles, con actividades permitidas con un máximo de seis personas; y se podrán realizar actividades ambientales con un máximo de seis personas en el interior y diez al aire libre.
El BOJA ha publicado el Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
Se trata de las nuevas medidas que ha aprobado la Junta de Andalucía al amparo del Real Decreto por el que el Gobierno de España declaró el domingo el Estado de Alarma en todo el país delegando el mando en los presidentes de las comunidades autónomas, para combatir la segunda ola del Covid-19. La norma ha entrado en vigor a las 00,00 horas del viernes y estará vigente hasta las 00,00 horas del 9 de noviembre, cuando vence en un principio el estado de alarma. Tal y como ha anunciado el presidente del Gobierno andaluz, Juan Manuel Moreno, en su declaración institucional, las actuaciones se revisarán cada dos semanas salvo incidencias de urgencia.
En resumen, las principales medidas acordadas son las siguientes:
Cierre perimetral de Andalucía desde el viernes 30 de octubre hasta el 9 de noviembre. Nadie podrá entrar o salir de la comunidad autónoma salvo causa justificada.
Excepciones: desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.
k) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
l) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Cierre perimetral de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla y de todos sus municipios desde el viernes 30 de octubre hasta el 9 de noviembre. Nadie podrá entrar o salir de esos municipios salvo causa justificada.
Cierre perimetral de los municipios englobados en los distritos sanitarios Córdoba Sur, La Vega de Málaga y en el área de gestión sanitaria Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.
Se mantiene el toque de queda en el horario de 23 a 6 horas decretado por el Gobierno, con las excepciones del artículo 5, 2 del Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre. Mención aparte es el cierre de la hostelería a las 22.30 horas, para acompasarla a ese toque de queda.
Se reduce a seis el número máximo de grupos personas en público y en privado, salvo casos de grupos de convivientes, tanto en las calles como en las casas.
El BOJA publicará este jueves las nuevas medidas que ha aprobado la Junta de Andalucía al amparo del Real Decreto por el que el Gobierno de España declaró el domingo el Estado de Alarma en todo el país delegando el mando en los presidentes de las comunidades autónomas, para combatir la segunda ola del Covid-19.
La norma entrará en vigor a las 0 horas del viernes y estará vigente hasta las 0 horas del 9 de noviembre, cuando vence en un principio el estado de alarma. Tal y como ha anunciado el presidente del Gobierno andaluz, Juanma Moreno, en su declaración institucional, las actuaciones se revisarán cada dos semanas salvo incidencias de urgencia.
En resumen, las principales medidas acordadas son las siguientes:
1. Cierre perimetral de Andalucía desde el viernes 30 de octubre hasta el 9 de noviembre. Nadie podrá entrar o salir de la comunidad autónoma salvo causa justificada.
2. Cierre perimetral de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla y de todos sus municipios desde el viernes 30 de octubre hasta el 9 de noviembre. Nadie podrá entrar o salir de esos municipios salvo causa justificada.
3. Cierre perimetral de los municipios englobados en los distritos sanitarios Córdoba Sur, La Vega de Málaga y en el área de gestión sanitaria Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.
4. Se mantiene el toque de queda en el horario de 23 a 6 horas decretado por el Gobierno y se ordena el cierre de la hostelería a las 22.30 horas para acompasarla a ese toque de queda.
5. Se reduce a seis el número máximo de grupos personas en público y en privado, salvo casos de grupos de convivientes, tanto en las calles como en las casas.
Esta restricción ya estaba en vigor en algunas capitales y municipios de Sevilla, Jáen, Córdoba y Granada, y Moreno ha extendido esta norma para toda Andalucía. Ahora, tras este anuncio, y a la espera de la publicación del BOJA, los andaluces no podrán tener reuniones de más de seis personas
El Gobierno de España ha decretado la declaración de estado de alarma en todo el territorio nacional, que se prolongará hasta las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse.
Claves:
Durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades:
Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
La autoridad competente delegada correspondiente podrá determinar, en su ámbito territorial, que la hora de comienzo de la limitación prevista en este artículo sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entrelas 5:00 y las 7:00 horas.
El resto de medidas deberán ser aplicadas por la Junta de Andalucía como autoridad sanitaria competente en la Comunidad Autónoma de Andalucía.