La Consejería de Empleo publica los 16 domingos y festivos de apertura para los comercios en 2025

La Consejería de Empleo publica los 16 domingos y festivos de apertura para los comercios en 2025

Los ayuntamientos podrán permutar hasta dos días de apertura por otras dos fechas en atención a sus necesidades locales

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha publicado en el BOJA la orden que establece el calendario de los 16 domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en 2025, tras la consulta realizada al Consejo Andaluz de Comercio.

La ley de Comercio Interior de Andalucía establece que la Consejería competente en materia de comercio interior deberá publicar esta orden (https://lajunta.es/4wtmk) con anterioridad al 1 de septiembre del año inmediatamente anterior al que haya de aplicarse.

Asimismo, la normativa autonómica fija que, además de atenderse de forma prioritaria al atractivo comercial de los días para las personas consumidoras, se cumplirán otros criterios, como la apertura obligatoria de al menos un día festivo cuando se produzca la coincidencia de dos o más festivos continuados; o la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales.

Otros criterios establecidos por la normativa son la apertura en domingos y festivos de mayor afluencia turística, previo informe de la Consejería competente en materia de turismo, y en las campañas de Navidad (desde el domingo posterior al cuarto jueves de noviembre al 24 de diciembre) y de Reyes (del 26 de diciembre al 5 de enero).

Permuta local

Las Corporaciones Locales podrán permutar hasta dos de los domingos y festivos del calendario anual regional por otros en atención a las necesidades comerciales de su término municipal. Las permutas se deberán solicitar a la Dirección General de Comercio antes del 1 de noviembre del año inmediatamente anterior si corresponden a días a lo largo de todo el año siguiente; antes del 1 de febrero para días incluidos en el segundo, tercer y cuarto trimestre del año en curso; antes del 1 de mayo si se trata de fechas del tercer del tercer y cuarto trimestre; y antes del 1 de agosto para días incluidos en el cuarto trimestre del año en curso.

La relación de los 16 días aprobados es la siguiente:

– 5 de enero, domingo.

– 12 de enero, domingo.

– 17 de abril, jueves.

– 29 de junio, domingo.

– 6 de julio, domingo.

– 3 de agosto, domingo.

– 15 de agosto, viernes.

– 31 de agosto, domingo.

– 13 de octubre, lunes.

– 1 de noviembre, sábado.

– 30 de noviembre, domingo.

– 6 de diciembre, sábado.

– 8 de diciembre, lunes.

– 14 de diciembre, domingo.

– 21 de diciembre, domingo.

– 28 de diciembre, domingo.

Respecto a las permutas para 2024, una vez celebrada la reunión del Consejo Andaluz de Comercio de la Junta de Andalucía el 27 mayo 2024, éstas son las propuestas acordadas en el mismo, respecto a permutas y calendario de festivos para el ejercicio 2024, pendiente de su publicación oficial en BOJA

Para Sevilla se aprobaron, entre otras:

• Sevilla, se abre el 8/12 a cambio del 28/7

• Alcalá de Guadaira, se abre el 8/12 a cambio del 28/7

• Dos Hermanas, se abre el 22/9 a cambio del 4/8 y el 24/11 a cambio del 15/8

Fuente:

https://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/economiayempleo/194922/JuntadeAndalucia/ConsejeriadeEmpleoEmpresasyTrabajoAutonomo/BOJA/domingos/festivos/2025/apertura/comercios

La Consejería de Empleo publica los 16 domingos y festivos de apertura para los comercios en 2025

Calendario de festivos de apertura de los comercios para la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

El BOJA 102 de 31 de mayo publica la Orden de 26 de mayo de 2022, por la que se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2023 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de hasta dos días para el citado año.

CALENDARIO

Se aprueba el calendario de domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos durante el año 2023, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19, en sus apartados 1, 2 y 4, del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía (Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo).

Son los siguientes:

    • 2 de enero, lunes.
    • 8 de enero, domingo.
    • 6 de abril, jueves.
    • 30 de abril, domingo.
    • 2 de julio, domingo.
    • 30 de julio, domingo.
    • 15 de agosto, martes.
    • 12 de octubre, jueves.
    • 1 de noviembre, miércoles.
    • 26 de noviembre, domingo.
    • 3 de diciembre, domingo.
    • 8 de diciembre, viernes.
    • 10 de diciembre, domingo.
    • 17 de diciembre, domingo.
    • 24 de diciembre, domingo.
    • 31 de diciembre, domingo.

CRITERIOS

Para la determinación de estos domingos y festivos de apertura autorizada, se deberá atender de forma prioritaria al atractivo comercial de los días para las personas consumidoras, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • La apertura de, al menos, un día festivo cuando se produzca la coincidencia de dos o más días festivos continuados.
  • La apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales. Se entenderá que los períodos tradicionales de rebajas son dos, el de rebajas de invierno, que comprende desde el 7 de enero al 7 de marzo, y el de rebajas de verano, que comprende desde el 1 de julio al 31 de agosto; todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
  • La apertura en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la Comunidad Autónoma, previo informe de la Consejería competente en materia de turismo.
  • La apertura en los domingos y festivos de las campañas de Navidad, que comprenderá desde el domingo posterior al cuarto jueves de noviembre al 24 de diciembre, y de Reyes, que comprenderá del 26 de diciembre al 5 de enero.

PERMUTAS

El artículo 19.3 del citado texto refundido dispone que las Corporaciones Locales, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán permutar hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario anual regional por otros en atención a las necesidades comerciales de su término municipal, conforme a los criterios establecidos en el apartado 4 de dicho artículo.

Con carácter general, dichas permutas se solicitarán a la Dirección General competente en materia de comercio interior, en las siguientes fechas:

  • antes del 1 de noviembre del año inmediatamente anterior, las que vayan a materializarse a lo largo de todo el año siguiente
  • antes del 1 de febrero, las que vayan a materializarse en los trimestres segundo, tercero y cuarto del año en curso
  • antes del 1 de mayo, las que vayan a materializarse en los trimestres tercero y cuarto del año en curso
  • antes del 1 de agosto, las que vayan a materializarse en el cuarto trimestre del año en curso.

     

Fuente:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/102/BOJA22-102-00003-8824- 01_00262088.pdf

Permuta de domingos y festivos de apertura de los comercios en 2022

Permuta de domingos y festivos de apertura de los comercios en 2022

El Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo (en adelante TRLCIA), modificado por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, establece en el apartado 1 del artículo 19 que el número de domingos y festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público en la Comunidad Autónoma de Andalucía sería de dieciséis días a partir del año 2022.

Por otro lado, el apartado 3 del artículo 19 establece que «Las Corporaciones Locales, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán permutar hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario anual regional por otros en atención a las necesidades comerciales de su término municipal, conforme a los criterios establecidos en el apartado 4 de este artículo. Dicha permuta se solicitará a la Dirección General competente en materia de comercio interior, antes del 1 de noviembre del año inmediatamente anterior, que resolverá previa consulta del Consejo Andaluz de Comercio. Las permutas estimadas serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía antes del 1 de enero del año en el que hayan de aplicarse».

En la Orden de 1 de junio de 2021 se establecen los domingos y festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el año 2022.

https://aprocom.org/publicado-en-boja-de-9-de-junio-2021-la-orden-de-1-de-junio-de-2021-por-la-que-se-establece-el-calendario-de-domingos-y-festivos-en-los-que-los-establecimientos-comerciales-podran-permanecer-abiertos/

Tras la solicitud de los Ayuntamientos presentada en tiempo y forma, se ha publicado la Resolución que autoriza las permutas y que quedan así:

MUNICIPIO SOLICITANTE FESTIVO SUSTITUIDO FESTIVO SOLICITADO Y AUTORIZADO
ALCALA DE GUADAIRA 31 DE JULIO 26 DE JUNIO
SEVILLA 31 DE JULIO

28 DE AGOSTO

12 DE OCTUBRE

26 DE JUNIO

 Fuente: Resolución de 3 de diciembre de 2021, BOJA num.239 de 15 diciembre:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/239/BOJA21-239-00002-19660-01_00251930.pdf

La relación definitiva de domingos y festivos de libertad de apertura para comercios de más de 300 m2 en 2022 es la siguiente

  • 2 de enero, domingo.
  • 9 de enero, domingo.
  • 27 de febrero, domingo.
  • 14 de abril, Jueves Santo.
  • 2 de mayo, lunes.
  • 26 de junio, domingo.
  • 3 de julio, domingo.
  • 15 de agosto, lunes.
  • 12 de octubre, miércoles
  • 1 de noviembre, martes.
  • 27 de noviembre, domingo.
  • 4 de diciembre, domingo.
  • 8 de diciembre, jueves.
  • 11 de diciembre, domingo.
  • 18 de diciembre, domingo.
  • 26 de diciembre, lunes
RESOLUCION SEVILLA 3 12

Aprocom considera positiva la apertura de comercios el Jueves y Viernes Santo porque evita aglomeraciones los días anteriores y posteriores

Todos los supermercados y establecimientos que ofrezcan productos de primera necesidad podrán abrir este año, debido a la pandemia, durante este Jueves y Viernes Santo. Lo ha aprobado la Consejería de Economía de la Junta como una medida excepcional a causa de la pandemia.

En cualquier caso, será algo voluntario y, de hecho, supermercados como Mercadona, Lidl o Supersol han decidido echar esos días el cierre. Y hay otras marcas como el Corte Inglés que estarán disponibles los dos días pero con horario reducido.

El objetivo de la Junta es evitar aglomeraciones el día anterior y posterior a los festivos, un argumento que comparte la Confederación Andaluza de Empresarios de Alimentación y Perfumería y también los comerciantes de Sevilla. Tomás Gonzalez, presidente de Aprocom, considera por este motivo «positiva» la medida. «El poder abrir es algo necesario debido a la problemática actual y el intentar que no haya ni un solo día de cierre es importante porque evitamos aglomeraciones posteriores«, explica.

La medida ha sido rechazada, en cambio, por la asociación Comercio Andalucía, los sindicatos CCOO y UGT y por Facua porque consideran que no hay desabastecimiento y que se va a incrementar la movilidad. Rubén Sanchez, portavoz de Facua, considera además que debe «repetarse un derecho al descanso» que ahora es más necesario que nunca para los trabajadores de supermercados y establecimientos de primera necesidad.

https://cadenaser.com/emisora/2020/04/08/radio_sevilla/1586353983_411820.html