29 Abr 2021 | Noticias
- Los comerciantes de Sevilla ven en las nuevas medidas el inicio de la recuperación
El comercio sevillano mira con optimismo a los próximos meses, donde cree que se va a producir el inicio de la recuperación. Aprocom ha considerado «una buena noticia» las medidas anunciadas este martes por el presidente de la Junta de Andalucía, en las que permite la apertura horaria de los establecimientos hasta las 22.30 horas, así como la movilidad interprovincial en la comunidad autónoma.
Según el portavoz Tomás González, «esto debe suponer también un aliciente para el estado de ánimo que incentive el consumo».
Además de la vuelta a los horarios habituales, lo que más destaca Aprocom es la apertura de la movilidad a nivel autonómico, que supone que los sectores que viven del turismo, como es el comercio, inicien la desescalada de estas malas cifras que les han llegado a facturar un 50% menos que en 2019. «Antes de Semana Santa teníamos unas cifras más bajas que ahora y no entendíamos que se mantuviera el cierre de las provincias y que fuéramos la única comunidad de España que seguía con esa medida», ha afirmado González.
Ahora, los comerciantes esperan que lleguen las ayudas de las administraciones «porque el daño es irrecuperable». Así, recuerda que «hay empresas que no van a poder soportar la presión de la actividad en cuanto al personal y a las cifras de ventas porque se va a tardar en volver a la normalidad». No obstante, el portavoz de Aprocom cree que el siguiente paso es el turismo nacional y, sobre todo, el internacional.
En sus previsiones, calcula que en verano -cuando aún se mantengan algunas restricciones- se puede incrementar la facturación un 20% pero, donde sí ve optimismo por la vacunación masiva es en el último trimestre del año: «En otoño e invierno de 2021 y 2022 todo se va a desarrollar con más normalidad, no la total aún, pero sí tenemos la esperanza de que en Sevilla, que turísticamente está muy bien posicionada, pueda haber un incremento importante».
Fuente: https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-nuevas-medidas-covid-comerciantes-sevilla-nuevas-medidas-inicio-recuperacion-202104281239_noticia.html#vca=rrss-inducido&vmc=abcdesevilla-es&vso=wh&vli=noticia.foto
29 Abr 2021 | Noticias
Desde la Mesa de Trabajo de Comercio y Turismo de la Junta Municipal de Distrito Casco Antiguo, con el esfuerzo del Distrito Casco Antiguo y la Delegación de Economía y Comercio del Ayuntamiento de Sevilla, con la Federación de Comercio y Servicios del Centro de Sevilla ALCENTRO, se va a llevar a cabo la Feria de Comercio del Casco Antiguo, para dinamizar el centro de la ciudad y conseguir mejorar la situación actual de sus comercios y empresarios.
Para llevar a cabo esta actividad se ha contado con la colaboración de la Confederación Provincial de Comercio, Servicios y Autónomos de Sevilla APROCOM, la Asociación de Comerciantes Calle Feria y la Asociación de Comerciantes del Barrio de Santa Cruz.
La Feria del Comercio del Casco Antiguo se ubicará en Plaza Nueva en dos etapas: desde el día jueves, 29 de abril, al domingo, 2 de mayo y desde el 6 al 9 de mayo.
El objetivo de esta feria es dar mayor visibilidad a los comercios ubicados en el casco antiguo de la ciudad y facilitarles un segundo escaparate de sus negocios en unas de las principales plazas de Sevilla, además de poner al alcance del vecino y visitantes más de una treintena de marcas y pequeñas empresas sevillanas.
Horario
Debido a la excepcional situación que estamos viviendo y acogiéndonos siempre a las limitaciones horarias, el horario de apertura será desde las 11:00h hasta la hora permitida por las autoridades competentes.
Stand
Serán 35 los puestos disponibles ocupados por comercios del casco antiguo de la ciudad.
Normas
Es obligatorio mantener las actuales normas de higiene y salud, así como controlar la distancia de seguridad entre los visitantes.
Por parte del Ayuntamiento se instalarán vallas y señales informativas para guiar a los peatones.
28 Abr 2021 | Noticias

La Junta de Andalucía anunció ayer martes las nuevas medidas aplicables a partir del jueves 29 de abril, flexibilizando las medidas en vigor para hacer frente a la pandemia.
Las nuevas medidas son las siguientes:
- Se permite la movilidad entre las ocho provincias de Andalucía.
- Continúa el cierre perimetral de la comunidad autónoma, de manera que sólo se podrá entrar y salir de Andalucía con una causa justificada.
- También se mantiene el toque de queda entre las 23 y las 6 horas.
- Se permite la actividad comercial y de la hostelería hasta las 22.30 horas. En el caso de la hostelería y la restauración podrán tener clientes hasta las 23 horas. La condición es que siempre regresen a sus casas con el toque de queda y respeten ese límite de las 23 horas.
- En las reuniones al aire libre se permite un máximo de 6 personas y de 4 en espacios interiores de los establecimientos de hostelería. En aquellos municipios en los que la tasa de contagios supere los 500 casos por cada 100.000 habitantes se establecerá el cierre perimetral. No habrá cambios en los horarios, que serán iguales que en el resto de los municipios.
- Los municipios con una tasa de más de 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes quedarán cerrados perimetralmente y, además, se cerrará toda actividad no esencial, como hasta ahora.
- En los municipios de menos de 5.000 habitantes se realizará una evaluación de riesgo específica, por lo que se podrán exceptuar estas dos últimas medidas. Todas estas medidas entrarán en vigor en la medianoche del miércoles al jueves.
Estas medidas estarán vigentes hasta el próximo 9 de mayo cuando termina el Estado de Alarma.
http://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/gobiernoaldia/160258/JuanmaMoreno/Andalucia/Gobiernoandaluz/medidas/pandemia/Covid/movilidad/provincias/hosteleria/incidencia/cuartaola/JuntadeAndalucia/GobiernodeAndalcia
16 Abr 2021 | Noticias
El Gobierno ampliará por tres meses más las medidas impulsadas en los últimos reales decretos-leyes sobre contratos de alquiler de vivienda y desahucios, tal y como ha anunciado el presidente del Gobierno en su comparecencia ante el Congreso de los Diputados.
Las medidas, que tienen un carácter urgente y son necesarias para responder a la situación de los hogares vulnerables en el contexto de la evolución de la pandemia, contemplan:
- La ampliación por tres meses más de la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en el referido Real Decreto-Ley 11/2020. El objetivo es atender determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 9 de mayo, actual fecha de finalización del estado de alarma, como consecuencia de la situación derivada de la evolución de la pandemia, y que se trata de una medida que no afecta a pequeños propietarios de vivienda.
- La extensión, también por tres meses más, de los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
- Finalmente, la ampliación por tres meses más de las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.
En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el Juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación. En estos casos, siempre se tendrán en cuenta los casos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse y son:
- a) Cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario.
- b) Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
- c) Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
- d) Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.
- e) Cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante.
- f) Que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley.
Igualmente, en caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los tres meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios del inmueble tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.
Medidas de carácter urgente
Se trata de medidas de carácter urgente, necesarias para responder a la situación de los hogares en situación de vulnerabilidad en el contexto de la evolución de la pandemia, que se suman a las medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo en materia de vivienda por este Departamento, encaminadas a hacer posible el derecho constitucional a una vivienda digna adecuada y entre las que se puede citar:
- El desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda, por primera vez en la etapa democrática.
- Las diferentes medidas llevadas a cabo para favorecer una mayor oferta de vivienda en alquiler a precios asequibles.
- Así como las actuaciones encaminadas a la rehabilitación y mejora del parque de vivienda, sustentado todo ello en un incremento sin precedentes de la inversión presupuestaria en este ejercicio 2021.
Fuente:
https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/transportes/Paginas/2021/140421-mitma_vivienda.aspx
9 Abr 2021 | Noticias
1. Por un lado, se prorrogan las medidas existentes en la actualidad desde las 00:00 horas del día 9 de abril de 2021 hasta las 00:00 horas del día 23 de abril de 2021
2. Por otra parte, se revisan los municipios que se encuentran en Nivel 2,3 y 4 de alerta sanitaria. Nivel 4, grado 2, (El Garrobo) indica fundamentalmente que ha de cerrar el comercio no esencial: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00006-6028-01_00189919.pdf
3. Por otra parte, podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos profesionales:
• sin superar en ningún caso el aforo establecido y manteniendo la distancia interpersonal y el uso de mascarilla
• en el nivel de alerta sanitaria 2 el limite será el 75% del aforo del lugar de celebración y con un límite máximo de 400 personas en espacios cerrados o de 800 en espacios al aire libre
• el nivel de alerta sanitaria 3 las siguientes medidas, el aforo máximo será el 60%. Máximo de 300 personas en espacios cerrados o de 500 en espacios al aire libre.
• nivel de alerta sanitaria 4 las siguientes medidas: No se podrá superar en ningún caso el 40% del aforo del lugar de celebración, con un máximo de 200 personas en espacios cerrados o de 300 en espacios al aire libre.
4. Se modificará el horario de cierre de comercios y actividades a las 20.00 horas en las localidades con nivel 4 grado 1 (en vez de a las 18.00 horas).
Estas medidas surtirán efecto durante 7 días contados desde las 00:00 horas del 9 de abril de 2021.
Fuente:
https://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/salud/159618/Comitedeexpertos/pandemia/medidas/restricciones/estadodealarma/toquedequeda/Covid/coronavirus/Andalucia/ConsejeriadeSaludyFamilias/JuntadeAndalucia/GobiernodeAndalucia
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00004-6024-01_00189915.pdf
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00006-6036-01_00189927.pdf
Más Info en nuestra web: https://aprocom.org/informacion-importante-sobre-el-covid-19/
30 Mar 2021 | Noticias
En el día de hoy, 29 de marzo, se ha publicado en un BOJA extraordinario la convocatoria para solicitar las ayudas para el mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo tras la declaración del estado de alarma, aprobadas en el Capítulo II del 25 MARZO BOJA DECRETO MEDIDAS EXTRAORDINARIAS.
El plazo de presentación de solicitudes de estas subvenciones para el mantenimiento del empleo asalariado, será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA del extracto de la convocatoria, es decir, entre el 30 de marzo y el 21 abril de 2021, (adjuntamos Extracto publicado en BOJA extraordinario de 29 marzo 2021.
Pueden encontrar más información en la web de Aprocom: https://aprocom.org/tercera-ola/, en los archivos:
- Extracto de la convocatoria de las subvenciones reguladas en el Capítulo II del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas
BOJA 29 03 EXT CONVOC MANTEN EMPLEO—
– Circular explicativa:
Asimismo, el SAE ha elaborado una Guía explicativa de estas ayudas: