El Gobierno de España ha decretado la declaración de estado de alarma en todo el territorio nacional, que se prolongará hasta las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse.
Claves:
Durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades:
Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
La autoridad competente delegada correspondiente podrá determinar, en su ámbito territorial, que la hora de comienzo de la limitación prevista en este artículo sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entrelas 5:00 y las 7:00 horas.
El resto de medidas deberán ser aplicadas por la Junta de Andalucía como autoridad sanitaria competente en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las nuevas medidas recogen el uso obligatorio de mascarilla en hostelería mientras no haya consumición y en deportes al aire libre con confluencia de personas
La Consejería de Salud y Familias, a través del Comité Regional de Alto Impacto, ha decidido aplicar las medidas restrictivas recogidas en la Orden del 14 de octubre en las capitales de provincia de Córdoba, Jaén y Sevilla, municipios en los que también se llevarán a cabo cribados poblaciones. Por su parte, se estudia aplicar restricción de movilidad nocturna (en la franja de 23.00 a 6.00 horas) en Granada y su área metropolitana, decisión pendiente de autorización por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Estas medidas, que entrarán en vigor una vez publicadas las pertinentes resoluciones en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, han sido tomadas en conocimiento por parte del Consejo de Gobierno ante la incidencia de casos registrada en la comunidad en los últimos días.
Asimismo, se establece que, en el caso de Granada, se renueven las medidas adoptadas en el seno de las universidades y colegios mayores y residencias.
La Orden del 14 de octubre establece medidas que afectan a la actividad cotidiana de las localidades, como los horarios de cierre de establecimientos comerciales y servicios abiertos al público.
Por su parte, se recogen distintas restricciones y medidas en diversos municipios del resto de Andalucía:
En Almería, se realizará cribado poblacional y se aplicarán las medidas de la Orden del 14 de octubre en Los Gallardos.
En Córdoba, además del cribado y la aplicación de las medidas de la Orden del 14 de octubre de la capital, se realizará cribado poblacional en Aguilar de la Frontera.
En Jaén, además de las medidas de Jaén capital de la Orden del 14 de octubre, se aplicarán las restricciones de dicha orden y se realizará cribado poblacional en Baeza y Quesada. Por su parte, se efectuará cribado en Segura de la Sierra y Guarromán.
En Málaga, se aplicarán las medidas de la Orden del 14 de octubre y cribado en Teba, además de cribado poblacional en Almáchar.
En Sevilla, además del cribado y la aplicación de las medidas de la Orden del 14 de octubre de la capital, se impondrán estas medidas y la realización de cribados (donde no se haya efectuado con antelación) en los municipios de El Castillo de las Guardas, Utrera, Badolatosa, Estepa, Gilena, Herrera, La Roda de Andalucía, Lora de Estepa y Marinaleda.
Por su parte, en Pedrera se aplicarán las medidas recogidas en la Orden del 29 de septiembre, en las que se restringe la movilidad del municipio, y en Écija se aumentan a 10 días más las medidas ya acordadas, que son también las de aplicación en la Orden del 29 de septiembre. Por último, en Casariche continuarán con las medidas que se estaban adoptando.
Uso de mascarillas
El Consejo de Gobierno también ha tomado conocimiento de la modificación de la Orden del 14 de julio sobre el uso obligatorio de mascarillas como medida de salud pública. De este modo, su uso será obligatorio para todas las personas en los establecimientos de hostelería y restauración en los que se sirvan a clientes productos para su consumo en el mismo, salvo en el momento de la ingestión.
En el caso del ejercicio del deporte individual o en grupo al aire libre, el uso de mascarilla será obligatorio si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal. Por su parte, en el caso de competiciones oficiales, bajo tutela de federaciones deportivas española y que se desarrollen en la comunidad autónoma andaluza se aplicará el protocolo de actuación elaborado por el Consejo Superior de Deportes. En cuanto al resto de actividades deportivas se estará a lo dispuesto en la Orden de 19 de junio de 2020.
Medidas Orden 14 de octubre
Según la orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se establecen una serie de medidas que afectan a la actividad cotidiana de las localidades, como que los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50% del aforo permitido y su hora de cierre será como máximo a las 22.00 horas, a excepción de centros médicos, farmacéuticos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales. Por su parte, los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50%, tanto en el interior como en el exterior, y la ocupación máxima por mesas o agrupación de mesas será de seis personas.
Asimismo, no están permitidas salidas y visitas en los centros sociosanitarios, como residencias de personas mayores o residencias de personas con discapacidad.
Los mercadillos públicos o privados, así como peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales o clubes permanecerán cerrados. Y la actividad de parques y jardines públicos, así como de parques infantiles de uso público, queda suspendida temporalmente.
En cuanto a la práctica deportiva, se permite en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido en la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.
Finalmente, la asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados.
La norma entra en vigor veinte días después de ser publicada en el BOE
La nueva regulación del teletrabajo, aprobada en Consejo de Ministros el pasado 22 de septiembre y acordada con patronal y sindicatos, entro en vigor ayer martes, veinte días después de su publicación en BOE.
Se trata del real decreto-ley 28/2020 de trabajo a distancia, con las normas que regirán el teletrabajo en España, y cuya implantación se ha acelerado por la crisis del COVD 19, ya que hasta ahora no contaba con una regulación específica.
El objetivo, según se recoge en la exposición de motivos, es proporcionar «una regulación suficiente, transversal e integrada en una norma sustantiva única que dé respuestas a diversas necesidades, equilibrando el uso de estas nuevas formas de prestación de trabajo (…) con un marco de derechos que satisfagan, entre otros, los principios sobre su carácter voluntario y reversible o el principio de igualdad de trato en las condiciones profesionales».
El real decreto-ley fija la necesidad de firmar un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia más del 30% de la jornada semanal durante un periodo de tres meses y obliga al empresario de pagar los gastos en los que pueda incurrir el empleado.
La ley distingue entre trabajo a distancia (actividad laboral desde el domicilio o el lugar elegido por el trabajador, con carácter regular); teletrabajo (trabajo a distancia realizado exclusivamente o de manera prevalente por medios y sistemas informáticos o telemáticos), y trabajo presencial (el que se presta en el centro de trabajo o en el lugar que elija la empresa).
En los contratos de trabajo con menores y en los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, solo se podrá llegar a un acuerdo de trabajo a distancia que garantice al menos un porcentaje del 50% de prestación de servicios presencial, sin perjuicio del desarrollo telemático de la formación teórica vinculada a estos últimos.
Las empresas deberán recoger la ley en un convenio o acuerdo colectivo en un plazo de un año o en un máximo de tres años, en caso de así acordarlo con los representantes de los trabajadores.
La normativa no se aplicará al trabajo a distancia desplegado con motivo de la covid-19 a excepción de la cuestión de los medios necesarios, que sí deberá proporcionar la empresa, mientras que se deja a la negociación colectiva compensar o no los gastos y cómo hacerlo.
Mismos derechos
Los empleados que trabajen a distancia tendrán los mismos derechos que los presenciales y no podrán sufrir perjuicio de sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, formación y promoción profesional.
La negativa de un empleado a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de despido ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Las personas que trabajen a distancia desde el inicio de la relación laboral durante la totalidad de su jornada tendrán prioridad para ocupar puestos de trabajo que se realizan total o parcialmente de manera presencial, por lo que la empresa deberá informar de las vacantes disponibles.
Tendrán derecho a la formación en términos equivalentes a los trabajadores presenciales; a la promoción profesional; a la desconexión digital; al derecho a la intimidad y protección de datos; a la seguridad y salud en el trabajo, y a recibir de la empresa los medios adecuados para desarrollar su actividad.
Esta nueva ley es de aplicación a las relaciones laborales vigentes que estuvieran reguladas, con anterioridad a su publicación, por acuerdos o convenios colectivos desde el momento en el que éstos perdieran su vigencia.
En el caso de que dichos acuerdos y convenios no establezcan un plazo de duración, la norma será aplicable íntegramente una vez transcurrido un año desde su publicación en el BOE (22 de septiembre de 2021), salvo que las partes acuerden un plazo superior, como máximo de tres años.
En ningún caso, la aplicación de la norma podrá tener como consecuencia la compensación, absorción o desaparición de los derechos o condiciones más beneficiosas que vinieran disfrutando las personas que trabajaban a distancia antes de la nueva ley.
El alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y el presidente de la Diputación, Fernando Rodríguez Villalobos, han participado en la presentación de la Alianza para la Reactivación Social y Económica de Sevilla, con vigencia hasta 2023 y que supone la reorientación del Plan Estratégico Sevilla 2030 para afrontar las consecuencias sanitarias, sociales, económicas y laborales derivadas de la pandemia por la Covid-19, un marco en el que se desarrollarán diez estrategias y unas 230 medidas de impulso de la capital hispalense que implican a la totalidad de las Administraciones públicas, pero también al tejido empresarial, sindical y universitario y a la sociedad civil.
Tal como informa el Consistorio, esta alianza nace del encargo del alcalde de reorientar el contenido del citado plan, teniendo en cuenta que las consecuencias de la pandemia se prevé que se extiendan hasta 2022. Así, se parte de la idea de que «el conjunto de los sevillanos, empresas, instituciones y entidades de la sociedad civil deben cooperar y colaborar para superar esta crisis».
En esta reorientación han participado el gobierno de la ciudad, los grupos políticos de la oposición y representantes de otras administraciones e instituciones empresariales, sindicales y universitarias.
Concretamente, junto al Ayuntamiento, se ha contado con la Subdelegación del Gobierno; la Junta de Andalucía; la Diputación de Sevilla; la Autoridad Portuaria; el Parque Científico y Tecnológico (PCT) Cartuja; el Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS); las Universidades de Sevilla (US) y Pablo de Olavide (UPO); los empresarios sevillanos y los sindicatos CCOO y UGT; además de la Asociación de Autónomos de Andalucía (ATA), la Unión de Profesionales Trabajadores Autónomos (UPTA) y Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo (Faecta).
En todo ello, se mantiene la concreción para Sevilla de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas y atiende los acuerdos plenarios sobre las propuestas de la Comisión de Reactivación Social y Económica para el Impulso del Empleo.
«No nos resignamos ante una situación como la que vivimos y nuestra mirada está también puesta en el día después para coser las heridas de esta crisis, como es el desempleo y el retroceso económico», ha dicho Espadas. Incide en que en los próximos años habrá que atender las necesidades más urgentes de los sevillanos y recuperar la actividad de forma progresiva, recordando que «aún no se tiene la certeza de cuando se podrá acabar con esta pandemia».
Como detalla, el trabajo de revisión del Plan Estratégico permite adaptarse a la actual coyuntura y centrarse «en lo más urgente y priorizar para conseguir salir de la crisis económica generando más empleo, de más calidad y en sectores diferenciados, al tiempo que se recuperan nuestros sectores productivos ya maduros, como es el turismo».
«Se abren oportunidades en proyectos de transformación social, ecológica, industrial y digital, puesto que son los que optan a la financiación de los fondos europeos de recuperación. De este trabajo conjunto deben salir proyectos para captar fondos y captar inversión», ha trasladado.
La diez estrategias se centran en el establecimiento de Sevilla como «ciudad cuidadora», priorizando la salud en la vuelta a la normalidad; iniciativas en defensa del Estado de Bienestar; ayudar al mantenimiento de la actividad económica y el empleo; impulsar la inversión pública; apoyar las iniciativas que creen empleo y desarrollar planes especiales para la creación de puestos de trabajo y renovar y transformar el tejido productivo. También, se aboga por una ciudad activa en la lucha contra el cambio climático, en la que se apueste por el impulso digital y por la gobernanza y la cooperación metropolitana.
GARANTIZAR LA SALUD
Entre las 230 medidas que se enmarcan en esas estrategias, se encuentran el refuerzo con carácter estable y duradero de los niveles de prevención y protección de la salud; establecer un protocolo de desinfección de espacios públicos; desarrollar un sistema de seguimiento de las residencias de mayores y de personas con diversidad funcional, centros de acogida de personas sin hogar, centros de menores y otros edificios con personal de riesgo; así como generalizar en lo posible la implantación del teletrabajo respetando los niveles de conciliación adecuado.
También, se pedirá corregir el déficit de servicios públicos esenciales, sanitarios, educativos y sociales con un plan especial de inversiones para esta década; diseñar planes sociales integrales dirigidos a las zonas de menor renta y a los colectivos más vulnerables; reforzar la atención domiciliaria y mantener los programas de garantía alimentaria.
NUEVAS ESTRATEGIAS EN EMPLEO
En materia económica, se ligarán las ayudas al mantenimiento del empleo; se impulsará la actividad del Puerto de Sevilla, la Zona Franca y la tecnópolis de la Cartuja, entre otros; se aprovechará el «impasse actual del turismo» para estrategias de calidad y sostenibilidad del destino y elaborar un plan especial para dinamizar el comercio local, los mercados de abastos, la cultura, la artesanía, la moda, el sector terciario avanzado y los parques industriales y empresariales. Además, se plantea el desarrollo de planes especiales de empleo con todas las Administraciones y el impulso del emprendimiento con nuevos modelos.
En este marco, las organizaciones empresariales se comprometen a incrementar los planes de formación para microempresas, pymes y autónomos; reforzar la capitalización de las empresas; adelantar inversiones en aquellas empresas menos afectadas por la actual crisis; crear un grupo de ‘Embajadores de Sevilla’ del ámbito empresarial para atraer inversiones y solicitar a las grandes empresas que localicen en Sevilla mayor actividad y que subcontraten con las empresas locales.
TURISMO, CULTURA Y PATRIMONIO
Concretamente, en turismo se plantea relanzar otros modelos turísticos, la lucha contra los pisos ilegales, favorecer los establecimientos de empleo estable y de calidad, incidir en la recuperación de rutas aéreas, digitalizar la oferta, la cooperación con otros destinos y reprogramar el calendario cultural y reforzar la captación de eventos y congresos.
En el ámbito cultural, se potenciará su impulso en los barrios, habrá más subvenciones, se promoverán grandes eventos culturales y se impulsarán los circuitos de realidad aumentada; mientras que en cuanto al patrimonio el Ayuntamiento de Sevilla se compromete a favorecer la rehabilitación y su puesta en valor con el programa ‘Sevilla ciudad patrimonial”, promoviendo los usos del río, la ruta de los conventos y de las iglesias, ampliando el recorrido del Real Alcázar, entre otros.
PROGRAMA DE INVERSIÓN DE ESTADO Y JUNTA
Además, se reclama un programa de inversiones del Gobierno y de la Junta de Andalucía, mientras que entiende que las corporaciones locales deben ser beneficiarias directas del Fondo de Recuperación 2020-2026. En este marco, ve prioritario invertir en la Línea 3 del Metro, la conexión de la estación de Santa Justa con el aeropuerto, el cierre del anillo de la SE-40, enlaces intermodales, la ampliación de la capacidad del Puente del V Centenario, la Ciudad de la Justicia en Palmas Altas, la reactivación de los planes de la vivienda, la mejorar de la accesibilidad de los polígonos industriales y el plan municipal para enajenar patrimonio para inversión.
Para el impulso de las inversiones, además de actualizar el planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento plantea simplificar trámites, acortar plazos de respuesta –sobre todo en las licencias y autorizaciones urbanísticas y del registro industrial–, una mayor aplicación del silencio administrativo positivo, la digitalización de los expedientes para conocer en tiempo real la situación y propiciar el uso de las declaraciones responsables con las consiguientes verificaciones posteriores.
Desde el Proyecto Integra, a través de la Fundación Alterna, se ofrece a las empresas la posibilidad de acoger personal en prácticas profesionales no laborales. Estas prácticas no suponen coste adicional para la empresa.
Este proyecto está enmarcado en la Convocatoria Pública de Subvenciones “Sevilla Integra 2019”, gestionada por el Área de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla. La finalidad de dicho Proyecto es facilitar la Inserción Socio laboral de personas desempleadas de la ciudad de Sevilla.
CARACTERÍSTICAS DE LAS PRÁCTICAS:
La jornada diaria de prácticas será de un máximo de 5 horas, de lunes a viernes, y en horario de mañana o tarde a concretar.
La duración total es de 100 horas.
Una vez finalizado el periodo de prácticas los usuarios/as recibirán por parte de la Fundación una beca por día asistido.
A su vez, existirá un tutor/a para el seguimiento por parte de la Fundación y un tutor/a responsable de la formación práctica por parte de la empresa.
Todos los usuarios/as contarán con los correspondientes seguros de responsabilidad civil, accidente y demás exigidos por Ley.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR:
1. La empresa envía una Ficha de solicitud cumplimentada
Adjuntamos el documento “Perfiles disponibles para prácticas».
Este documento es un listado actualizado de los perfiles profesionales con los que cuentan los usuario/as de nuestro proyecto y disponibles para que puedan ser acogidos en empresas.
Entre ellos destacan:
1. Las prácticas deberán comenzar cómo máximo el 15 de Octubre, ya que se ha terminado ya la parte de formación.
Administrativo/a
Administrativo/a contable
Atención al público
Auxiliar administrativo
Auxiliar de cocina
Auxiliar de control de accesos
Auxiliar de mantenimiento
Cajero/a
Camarero/a de pisos
Camarero/a de restaurante-bar
Carpintero/a
Comercial, Dependiente/a
Decorador/a
Desarrollador/a de aplicaciones
Desarrollador/a Web
Diseñador/a gráfico/a
Esteticista
Instalación y mantenimiento de redes
Limpiador/a
Mensajero/a
Mozo/a de almacén
Peluquero/a
turístico
Recepcionista establecimiento turístico
Repartidor/a turistico
Reponedor/a
Las empresas interesadas deberán remitir cumplimentada la “Ficha de solicitud de usuarios/as en prácticas” que se adjunta. En dicho documento las empresas pondrán de manifiesto el perfil o perfiles profesionales solicitados y algunos detalles al respecto.
La empresa debe disponer de los medios humanos y organizativos para intentar conseguir un mejor aprovechamiento de aprendizaje de los usuarios/as acogidos.
2. La empresa confirma el interés por un candidato/a concreto/a
Según el perfil o perfiles profesionales solicitados por la empresa, se le puede hacer llegar los currículums de candidatos/a que posean dicho perfil.
Además, si la empresa lo estima conveniente, podrá mantener una entrevista con estas personas antes de confirmar su interés por un candidato/a concreto/a.
3. Firma de un Convenio de colaboración
A la empresa se le hace llegar dos documentos para formalizar la acogida en prácticas:
Convenio
Anexo a dicho convenio.
Estos documentos serán firmados y sellados por las partes: Empresa, Fundación y usuario/a.
• Éste es un listado de los perfiles profesionales con los que cuentan los usuario/as de nuestro proyecto y disponibles para que puedan ser acogidos en empresas para realizar prácticas profesionales no laborales.
• Éste listado se encuentra actualizado a la fecha indicada más arriba, pero puede variar de un día para otro
según la evolución de nuestros usuarios/as.
• Existen algunos usuarios/as que cuentan con más de un perfil de los indicados y existen algunos perfiles
que están presentes en varios usuarios/as.
1. Acupuntor/a
2. Administrativo/a
3. Administrativo/a contable
4. Arquitecto/a
5. Atención al público
6. Auxiliar administrativo
7. Auxiliar de cocina
8. Auxiliar de control de accesos
9. Auxiliar de enfermería
10. Auxiliar de farmacia
11. Auxiliar de mantenimiento
12. Cajero/a
13. Camarero/a de pisos
14. Camarero/a de restaurante-bar
15. Carpintero/a
16. Comercial, Dependiente/a
17. Conductor/a
18. Cristalero/a
19. Cuidador/a de personas dependientes
20. Decorador/a
21. Desarrollador/a de aplicaciones
22. Desarrollador/a Web
23. Diseñador/a gráfico/a
24. Educador/a infantil
25. Esteticista
26. Herrador/a de caballos
27. Idioma Francés
28. Idioma Inglés
29. Idioma Portugués
30. Instalación y mantenimiento de redes 31. Jardinero/a
32. Limpiador/a
33. Mensajero/a
34. Monitor/a de ocio y tiempo libre
35. Monitor/a de personas dependientes
36. Mozo/a de almacén
37. Operador/a de cámara
38. Operario/a de aeronáutica
39. Operario/a de industria alimentaria
40. Orientador/a laboral
41. Panadero/a
42. Pedagogo/a
43. Peluquero/a
44. Quiromasajista
45. Recepcionista de establecimiento turístico 46. Repartidor/a
La cuantía será de 900 euros para los autónomos y de 1.200 euros si son del sector del ocio nocturno e infantil
El Consejo del Gobierno andaluz ha aprobado un Decreto Ley con carácter extraordinario con medidas dirigidas a los trabajadores autónomos, que se han visto afectados por las graves consecuencias económicas originadas por el COVID-19.
Estos colectivos podrán acogerse a ayudas a tanto alzado de 900 euros, con carácter general, que llegarán a 1.200 euros en los sectores del ocio nocturno e infantil, para cubrir los gastos de arrendamiento que tienen que afrontar en sus negocios.
El objetivo de estas ayudas es favorecer el sostenimiento de la actividad de estos autónomos afectados.
Estas ayudas tienen como destino trabajadores por cuenta propiao autónomos que desarrollen su actividad en un local de negocio, establecimiento arrendado en Andalucía, y que especialmente se hayan visto afectados por las graves consecuencias económicas generadas por esta pandemia.
El Decreto Ley 24/2020, de 22 de septiembre establece dos líneas de ayudas:
– una línea 1 destinada a trabajadores por cuenta propia, que alcanza los 900euros
– la línea 2, destinada a autónomos del sector del esparcimiento y establecimientos recreativos infantiles, y que alcanza los 1.200 euros.
Aquellas personas interesadas en solicitar este tipo de ayudas deben de cumplir una serie de requisitos:
Ser trabajadores por cuenta propia o autónomos, con domicilio social en Andalucía, que estén dados de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo a fecha de 14 de marzo cuando se declaró el estado de alarma, y se exige que aún mantengan esta alta 4 meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas.
En el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o 7 veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta.
Se excluye a los autónomos societarios (aquellos que han constituido una empresa o sociedad mercantil).
Los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y se exige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Se excluye igualmente aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante.
En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a 5630(establecimientos de bebidas) o 9329 (otras actividades recreativas y de entretenimiento).
Como último requisito, será imprescindible para la tramitación disponer de Certificado Digital, ya que solo se podrá realizar de forma telemática.
El plazo de solicitud de las ayudas será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA