Con un video grabado por los propios comerciantes, que poco a poco se van reincorporando a la actividad, lanzan un mensaje de agradecimiento, de apoyo y de confianza en un comercio seguro
Comercios de Aprocom de diversos subsectores comerciales (pinturas, calzados, electrónica, papelería, tintorería, peluquerías, joyerías, electrodomésticos, confitería, ferretería, tejidos, mantones… ) se han reunido y han lanzado un mensaje de agradecimiento por la confianza prestada durante el confinamiento. En la etapa en la que hemos estado en casa el comercio de cercanía ha estado ahí, a tu lado, para darte servicio cuando lo necesitabas. Ahora que podemos desplazarnos, el comercio de cercanía pide que sigas consumiendo en él.
Las calles han estado vacías sin el pequeño comercio, éste es el que da vida a las calles y crea ciudad. El comercio tradicional ofrece atención personalizada, experiencia de compra, asesoramiento y ahora, más que nunca, te espera con toda garantía de seguridad. Los comercios tradicionales han implementado todas las medidas higiénico- sanitarias para que tu compra y tu experiencia sea segura.
Además, han colocado carteles personalizados por Aprocom con las medidas a seguir, para que el establecimiento tradicional sea, más que nunca, un punto de encuentro donde vivir una experiencia de compra diferente, individual y sin riesgo.
La campaña, además, tiene de fondo la canción A Tu Lado de Los Secretos, que ha sido versionada y cedidos sus derechos para Cruz Roja.
El presidente de Aprocom, por otro lado, pidió ayer a la Administracion Local, en la Comisión no permanente de reactivación económica y social, un sello de calidad Comercio Segurocertificado para ofrecer la imagen de Sevilla como un destino seguro de compras.
El Presidente de Aprocom ha participado hoy 21 de mayo en el Comité Ejecutivo y la Junta Directiva de CEA, que, reunidos de forma conjunta y telemáticamente, han acordado, entre otras cuestiones un documento de propuestas para impulsar la reactivación económica de Andalucía
Los órganos de gobierno de CEA han tenido la oportunidad de debatir e impulsar un documento de propuestas para impulsar la reactivación económica de Andalucía, que será trasladado al Gobierno de Andalucía y presentado públicamente próximamente, al objeto de identificar las medidas necesarias para contribuir a la reactivación económica de nuestra Comunidad y así promover una mejora de la situación de empresarios y autónomos que en muchos casos va a ser dramática.
Estas medidas, elaboradas con las aportaciones de las organizaciones y empresas miembros de CEA, parten de la necesidad de retomar el Diálogo Social en Andalucía, potenciar la flexibilidad laboral y aplazar las obligaciones fiscales que afectan a miles de pymes y autónomos, mejorar la financiación y la fiscalidad que afecta a las empresas, implementar las medidas de control sanitario y de prevención en el ejercicio de las actividades productivas, impulsar las inversiones en infraestructuras y seguir apostando por la internacionalización de nuestra economía.
El Presidente de Aprocom ha participado hoy 20 de mayo en la Comisión de carácter no permanente para la reactivación social y económica y para el impulso del empleo de la ciudad en el marco de la situación excepcional creada por la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Esta comisión para la reactivación en Sevilla acordada en Junta de Portavoces, bajo la presidencia de su alcalde, Juan Espadas, y con participación de todos los partidos políticos, se creó a finales de abril y ha tenido ya varias sesiones.
Su objeto es tratar de alcanzar grandes acuerdos para fomentar la economía y el empleo en la ciudad tras la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19. Se reunirá semanalmente.
Durante su intervención, el presidente de Aprocom ha puesto de manifiesto la preocupación, dado el peso específico que siempre ha tenido el comercio en nuestra ciudad, y la necesidad de que es imprescindible que se recupere cuanto antes su tejido empresarial como motor de la actividad económica sevillana, representando nuestro sector aproximadamente un 10% del PIB de la ciudad.
Con un documento estructurado en objetivos general y específicos y acciones, desde Aprocom, su presidente, Tomás González, consideró además que en estos momentos hay que apostar por impulsar el «comercio de élite, lo que hará atraer nuevos inversores y se tomará como base para el resto del sector, pero también por el comercio de barrio, que implica la reactivación de la vida en las calles».
Indicó, en este sentido, que «una de las grandes asignaturas pendientes» del sector es su profesionalización y pide que la Oficina del Comercio «dé un paso más».
Entre sus propuestas, subrayó Aprocom un plan de comunicación para recuperar la confianza de consumidor, un sello de calidad de comercio seguro en Sevilla, acciones coordinadas con el sector turístico y potenciar el turismo de lujo, así como contar con un «bono hotelero para que se consuma en pequeño comercio» y la elaboración de rutas turístico comerciales y también desarrollar en el centro «una feria del stock de los comercios de los barrios, que deben dar salida a todo ese material que tienen almacenado y que se celebraría en las plazas emblemáticas del Casco Histórico para que se conozca lo que ofrecen los barrios».
Con motivo de la segunda semana de la fase uno del plan de levantamiento gradual de las restricciones del estado de alarma, que permite el funcionamiento de tiendas de menos de 400 metros, siempre que no estén dentro de centros comerciales, y los mayores de 400 m2 acotando el espacio, la patronal sevillana del comercio ha detallado que «casi el 90» por ciento de los pequeños y medianos comercios están ya funcionando.
Tomás González, presidente de la Confederación Provincial de Comercio, Servicios y Autónomos de Sevilla (Aprocom), había explicado ya a Europa Press que un «sondeo previo» de su entidad había reflejado que aproximadamente «el 75 o el 80» por ciento de los responsables de los negocios abarcados por la reapertura permitida por la fase uno, -pues el estado de alarma ya permitía el funcionamiento de negocios de productos esenciales como los de alimentación-, tenían intención de reanudar su actividad el lunes de la semana pasada, primer día de la citada primera fase.
La fase uno, en ese sentido, permite el funcionamiento de los establecimientos comerciales de una superficie menor de 400 metros cuadrados, aunque con limitación de aforo, y siempre que los mismos no estén ubicados dentro de centros comerciales sin acceso directo desde el exterior. También, después de las modificaciones de este fin de semana, se permite la apertura de los mayores de 400 m2 acotando el espacio.
El resto de los comercios sevillanos susceptibles de reabrir aquel primer día de la fase uno y que no lo habían hecho, según precisaba, correspondían a una minoría que había decidido «esperar» antes de reanudar la actividad y a otros comerciantes que necesitaban incorporar productos y materiales de higiene, seguridad y prevención, cuya implantación en los locales comerciales está obligada.
«POCO A POCO»
Ya este martes, Tomás González ha explicado que en esta segunda semana de la fase uno, «aproximadamente el 85 por ciento, casi el 90 por ciento» de los pequeños y medianos comercios de Sevilla están ya funcionando. «Poco a poco, llegaremos al cien por ciento de los comercios abiertos», ha dicho rememorando que se preveía una «incorporación escalonada» de los negocios a la actividad.
«Hace falta comprar tiempo y ganar confianza, transmitir esa seguridad que hay en los comercios», ha dicho, exponiendo que la afluencia de clientela a los establecimientos es también «gradual» porque la ciudadanía ha estado recluida en los hogares merced al estado de alarma, con salidas sólo para la adquisición de comida y productos de primera necesidad.
«Esa barrera para incentivar el salir a comprar algo que no sea de primera necesidad requiere también su tiempo», ha razonado, explicando que la afluencia de los clientes a los establecimientos será igualmente «escalonada».
Al respecto, ha valorado que el Gobierno central permita al sector comercial aspectos como las rebajas desde este pasado lunes, impidiendo eso sí las aglomeraciones.
El BOE 138 de 16 mayo publica las nuevas normas que afectan a los territorios en fase 0, 1 y 2, que entran en vigor este lunes.
En concreto, se trata de «flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad«.
Según el texto, «ante la evolución epidemiológica positiva y el oportuno cumplimiento de los criterios establecidos, se procede a extender la flexibilización de algunas medidas que corresponderían a la fase 2 para determinadas unidades territoriales».
ACCIONES COMERCIALES PERMITIDAS
El Gobierno ha eliminado toda referencia a la palabra “rebajas” en el documento. Permite que se realicen “acciones comerciales o de promoción”, siempre y cuando se evite que se generen situaciones que puedan facilitar la propagación del Covid-19.
El Ejecutivo ha modificado la disposición adicional segunda de la orden SND/399/2020 del 9 de mayo, que hace referencia a “medidas para las acciones comerciales o de promoción”.
El documento señala que “las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones:
que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad,
no puedan asegurar el cumplimiento de los límites de aforo,
que comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden
Se han de adoptar las medidas adecuadas para evitar esas aglomeraciones, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.
LOCALES COMERCIALES
Una novedad de este BOE es que se pueden abrir locales comerciales de 400 metros o más si se acotan a ese espacio.
Se mantiene como requisito para la apertura en fase 1 que éstos tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, pero se prevé que en el caso de que la superficie sea superior, puedan acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral.
CONDICIONES PARA LA REAPERTURA AL PÚBLICO DE CENTROS Y PARQUES COMERCIALES. (ART. 12)
Podrá procederse a la reapertura al público de centros comerciales, así como de parques comerciales, siempre que se garanticen todas las condiciones siguientes:
a) Que, conforme a los aforos determinados en el Plan de Autoprotección de cada centro o parque comercial, se limite el aforo total de los mismos al treinta por ciento de sus zonas comunes.
b) Que se limite al cuarenta por ciento el aforo en cada uno de los establecimientos comerciales situados en ellos.
c) No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales. Lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación a la actividad de hostelería y restauración que se desarrolle en dichas zonas comunes
d) Queda prohibida la utilización de las zonas recreativas como pueden ser zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso, debiendo permanecer cerradas.
e) Que se cumplan las medidas de higiene establecidas en este capítulo para los establecimientos y locales minoristas, además de las específicas que se establecen en el artículo 17.
Art. 17: Los centros y parques comerciales que reabran al público deberán cumplir las condiciones siguientes:
a) El uso de aseos familiares y salas de lactancia se restringirá a una única familia, no pudiendo simultanear su uso dos unidades familiares.
b) El uso de los aseos y salas de lactancia comunes de los centros y parques comerciales deberá ser controlado por el personal de los mismos, debiendo procederse a su limpieza y desinfección de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.5.
c) El personal de seguridad velará por que se respete la distancia mínima interpersonal de dos metros y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones que se puedan formar, prestando especial atención a las zonas de escaleras mecánicas y a los ascensores.
d) En la zona de aparcamiento, además de la desinfección continuada de los puntos de contacto habituales y puesta a disposición al alcance del cliente de gel hidroalcohólico, se fomentará el pago por medios electrónicos sin contacto de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.6.
e) En caso necesario, se utilizarán vallas o sistemas de señalización equivalentes para un mejor control de los accesos y gestión de las personas a los efectos de evitar cualquier aglomeración. Preferiblemente, siempre que el centro o parque comercial disponga de dos o más accesos, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones. f) Se deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.
REAPERTURA DE LOCALES DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN PARA CONSUMO EN EL LOCAL. (ART.18.)
Podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un cuarenta por ciento de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en los apartados siguientes.
El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Asimismo, estará permitido el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar.
Se podrá ofrecer productos de libre servicio, ya sean frescos o elaborados con anticipación, para libre disposición de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente.
La prestación del servicio en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración se realizará conforme a lo previsto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.
Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.
Medidas de higiene y prevención en la prestación del servicio en el local. (Art. 19.)
En la prestación del servicio en los locales de hostelería y restauración deberán respetarse las siguientes medidas de higiene y prevención:
a) Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro. Asimismo, se deberá proceder a la limpieza y desinfección del local al menos una vez al día de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.
b) Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
c) Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local y a la salida de los baños, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
d) Se evitará el empleo de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
e) Los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
f) Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.
g) Se establecerá en el local un itinerario para evitar aglomeraciones en determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes.
h) El uso de los aseos por los clientes se ajustará a lo previsto en el artículo 6.5.
i) El personal trabajador que realice el servicio en mesa deberá garantizar la distancia de seguridad con el cliente y aplicar los procedimientos de higiene y prevención necesarios para evitar el riesgo de contagio
Otras novedades contenidas en esta Orden se refieren a:
La protección de los trabajadores en su puesto de trabajo.
Visitas a residencias
Hoteles y alojamientos turísticos y cultura
Deporte
Turismo activo
La fase 0,5
La caza y la pesca en la fase 1
Flexibilización de las medias en velatorios y entierros
El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Consejo de la Gerencia de Urbanismo ha aprobado hoy los criterios técnicos, el procedimiento y el modelo de solicitud para aquellos establecimientos de hostelería que quieran solicitar la ampliación de la superficie de terraza de veladores de forma temporal durante el proceso de desescalada tal y como permite el Ministerio de Sanidad. El objetivo es tramitar estas solicitudes de forma ágil, rápida y eficaz siempre que se cumplan los requisitos establecidos para garantizar el uso del espacio público, la accesibilidad, los itinerarios peatonales y la convivencia.
Este procedimiento y modelo autoriza a los ayuntamientos a ampliar la superficie de las terrazas para instalar el 50% de los veladores que tienen en sus licencias cumpliendo con la distancia de seguridad de dos metros, o ampliar ese porcentaje en caso de ser posible siempre con el límite máximo de los veladores que tuviera concedidos con carácter previo a la crisis sanitaria. Las solicitudes se podrán solicitar a partir de la aprobación de este modelo.
“Es fundamental la responsabilidad del sector en el cumplimiento de las exigencias en cuanto a ocupación de espacio y normas de higiene. En caso de que no se cumplan, o no se ajusten a los permisos concedidos con criterios técnicos, se adoptarán todas las medidas oportunas. Si el uso de la terraza no se ajusta a la ampliación concedida, esta se podrá revocar. Además, todos los hosteleros deben ser conscientes de que los criterios técnicos son ineludibles. Si no se cumplen, no se concederá la ampliación y sólo se podrá instalar aquellos veladores que estén dentro del 50% autorizado y que quepan en la superficie de terraza asignada con una distancia de dos metros de separación”, explicó el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.
De conformidad con la orden ministerial publicada el sábado 9 de mayo, como norma general los establecimientos pueden instalar el 50 % de los veladores que tienen autorizados en el espacio que tienen en estos momentos asignados de forma automática. Para ello, no se requiere ninguna autorización ni permiso del Ayuntamiento. Sí se exige que entre cada velador haya una distancia mínima de 2metros, que se respete en todo momento la senda peatonal, que no se invada en ningún caso la salida de portales, locales, salidas de emergencia, etcétera, y que se guarde una distancia de 1,5 metros con los servicios públicos o establecimientos. En cualquier caso, se deben cumplir todas las recomendaciones higiénicas y de prevención establecidas por el Ministerio de Sanidad para esta actividad.
Según lo dispuesto también por el Ministerio, sin pedir ninguna autorización, se autoriza que durante este periodo transitorio se reagrupen dos mesas con hasta 10comensales siempre y cuando no se invada las sendas peatonales, salidas de portales, locales, salidas de emergencia, etcétera, en el caso de que no haya espacio para instalar el 50 % de los veladores en el espacio asignado para la terraza. Para ello, se propone un modelo de velador V-10 consistente en la reagrupación de dos mesas de 0,70 x 0,70. En el caso de veladores tipo V-2 (1 mesa y dos sillas) se podrán añadir sillas hasta un máximo de cuatro por mesa. En ambos casos, esto no conllevará aumento del aforo autorizado ni en cuanto a mesas ni en sillas debiendo garantizarse la distancia de dos metros.
La orden ministerial sí establece la posibilidad de que se solicite un incremento del espacio asignado para terraza con el objetivo de instalar el 50 % de los veladores con una separación mínima de 2 metros o para poder poner un mayor número de veladores siempre con el límite máximo de los que tenía autorizados el establecimiento con carácter previo a la crisis sanitaria. En este caso, deberá ser autorizado por el Ayuntamiento de acuerdo con una serie de criterios y supuestos.
Para agilizar los trámites se ha elaborado este modelo de solicitud que deberá entregarse vía telemática con la documentación preceptiva en la página web de Gerencia de Urbanismo: https://www.urbanismosevilla.org/
La propuesta del hostelero se validará técnicamente y será sometida a inspección posterior.
Estos criterios básicos, que se ajustan a los previstos en la actual ordenanza de terrazas de veladores, son:
Se podrán alcanzar acuerdos con fachadas colindantes para ocupar parte de su espacio con veladores siempre y cuando no se obstaculicen los accesos y salidas de portales, locales, garajes, salidas de emergencia, etcétera, ni se invada la senda peatonal. Tendrá que haber una autorización expresa.
Se tendrán que mantener los itinerarios peatonales accesibles existentes.
Cuando la terraza linde con el carril bici la separación será de 20 centímetros.
Se debe respetar la separación de 1,5 metros a otros establecimientos o servicios públicos (quioscos, paradas de autobús, paradas de taxis, salidas de emergencia…).
En las plazas, bulevares y similares podrá ampliarse la terraza siempre que se garantice el uso público de la plaza frente a la utilización privativa por el hostelero.
En cumplimiento de lo dispuesto por el Ministerio de Sanidad, se aplicará un criterio de proporcionalidad. La superficie de la terraza autorizada deberá aumentar en proporción al número de veladores por encima del 50 % que se autoricen sin afectar a itinerarios peatonales que en todo caso deberán aumentar en proporción al crecimiento de la terraza.
De acuerdo con la orden ministerial y la ordenanza, los veladores que se podrán instalar en la ciudad en este nivel 1 son como máximo aquellos que podían instalarse antes de la crisis sanitaria. Y no se podrán autorizar cambios en los horarios o medidas que modifiquen los criterios establecidos actualmente en la ordenanza de terrazas de veladores,siempre sin perjuicio de las limitaciones en los horarios que pueda establecer en cada momento el Gobierno central respecto al estado de alarma.
Hay que subrayar, además, que ninguna de las medidas excepcionales que se aborden como la ampliación de la superficie autorizada de la terraza tiene vocación de permanencia y sólo estarán operativas durante el periodo de crisis sanitaria.
Asamblea General Ordinaria de la Confederación Provincial de Comercio, Servicios y Autónomos de Sevilla (APROCOM), que se celebrará el próximo día 25 de marzo de...